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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2003 (14/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 15

PÆg. 237285 NORMAS LEGALES Lima, martes 14 de enero de 2003 - Sr. Alexander Yaya Arias, como Miembro Titular. Sr. Cruz Zapata Carrión, como Miembro Suplente. - Sr. Orlando Luna Zevallos, como Miembro Titular. Sr. José Llacsahuache García, como Miembro Su-plente. Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Logísti-ca, remita una copia de la presente Resolución y de losInformes que sustentan esta exoneración a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los (10) diez días calen-dario siguientes a la fecha de su emisión, y asimismo, efec-túe la publicación de la misma en el Diario Oficial El Pe-ruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes desu emisión, conforme lo establece el artículo 20º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el artículo 115º de su Reglamento, aproba-do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, respectiva-mente. Artículo 5º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Logísti-ca, publique la presente Resolución en la Página Web de laEntidad, de acuerdo a lo establecido en el Art. 5º del De-creto de Urgencia Nº 030-2002. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO NARVÁEZ LICERAS Director Ejecutivo 00627 Aprueban exoneración de procesos de selección para prórrogas de plazos de contratos de arrendamiento de inmue- bles ocupados por oficinas zonales deFONCODES FONDO NACIONAL DE COMPENSACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 269-2002-FONCODES/DE Lima, 30 de diciembre de 2002 VISTOS:El Memorándum Nº 532-2002-FONCODES-GAF, Me- morándum Nº 495-2002-FONCODES-CGP, Informe Técni-co Nº 039-2002-FONCODES/GAF-SGL e Informe Legal Nº475-2002-FONCODES/GAL; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 536-2002-FONCODES/ GPyS de fecha 11 de diciembre de 2002, la Gerencia dePlaneamiento y Sistemas en respuesta al Memorando Nº1384-2002-FONCODES/GAF-SGL dirigido por la Subge-rencia de Logística, refiere que en las proyecciones para elejercicio presupuestal 2003, se consideró en la fuente definanciamiento Recursos Ordinarios un monto de S/.651,000 para gastos por arrendamiento de bienes inmue-bles, lo cual se confirmaría una vez se apruebe el presu-puesto correspondiente al ejercicio fiscal 2003; Que, mediante Memorando Nº 1441-2002-FONCODES/ GAF-SGL recepcionado con fecha 18 de diciembre de 2002,la Subgerencia de Logística presenta el Informe TécnicoNº 038-2002-FONCODES/GAF-SGL en el cual se susten-ta que es necesaria y se justifica la prórroga de los Contra-tos de Arrendamientos de los Inmuebles ocupados por las24 Oficinas Zonales de FONCODES a Nivel Nacional quevencen al 31 de diciembre de 2002, estando a que ello fa-vorece a la Entidad por cuanto no se efectuarían gastos detraslado, se mantendría la renta pactada originalmente, yde acuerdo a lo manifestado por los Jefes Zonales los lo-cales reúnen las condiciones necesarias para el funciona-miento de las Oficinas Zonales, refiriéndose que en el casode once (11) Oficinas Zonales es pertinente que la prórro-ga sea por el plazo de un (1) año, en el caso de una (1)Oficina Zonal por el plazo de seis (6) meses y en el caso detrece (13) Oficinas Zonales por el plazo de tres (3) meses;Que, mediante Informe Técnico Nº 039-2002-FON- CODES/GAF-SGL adjunto al Memorándum Nº 495-2002-FONCODES-CGP, la Subgerencia de Logística en atenciónal Memorándum Nº 532-2002-FONCODES-GAF, señalaque en virtud a la actual situación de conformación e insta-lación de los Gobiernos Regionales, se ha determinado quetodos los Contratos de Arrendamiento de los Inmueblesocupados por las 24 Oficinas Zonales de FONCODES anivel nacional que vencen al 31 de diciembre de 2002, sedeben prorrogar en sus mismos términos y condiciones,únicamente por tres meses, plazo en que se determinarási los nuevos Contratos de Arrendamiento serán suscritospor FONCODES o por un Gobierno Regional, detallándo-se en un Anexo adjunto a dicho Informe los números de losContratos que se prorrogarían, los plazos de las prórrogas,las rentas mensuales y totales de las prórrogas, la direc-ción de los inmuebles y la fuente de financiamiento; Que, el artículo 119º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que cuando setrata del arrendamiento de bienes inmuebles y de serviciosde asesoría especializada, el plazo podrá ser prorrogadohasta por el máximo de tres (3) años renovables, reserván-dose la Entidad el derecho de resolver unilateralmente elContrato antes del vencimiento previsto, sin reconocimientode lucro cesante ni daño emergente, sujetándose los reajus-tes que pudieran acordarse al Índice de Precios al Por Ma-yor a Nivel Nacional que establece el Instituto Nacional deEstadística e Informática - INEI, y que las prórrogas sucesi-vas de los contratos de arrendamiento deberán efectuarseobservando las condiciones previstas en los contratos res-pectivos, conteniendo necesariamente una cláusula de re-solución unilateral a favor de la Entidad sin pago de indemni-zación por ningún concepto y sin incluir opción de compra; Que, el artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Su-premo Nº 012-2001-PCM, establece que están exonera-das de los procesos de Licitación Pública, Concurso Públi-co o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisi-ciones y contrataciones que se realicen para prorrogar elplazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupa-dos por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incre-mente en una tasa mayor al crecimiento del índice generalde precios al por mayor; Que, el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM concordado con los Artículos 113º y 116º del DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM, establece que las exonera-ciones de los procesos de selección correspondientes seaprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de laEntidad, requiriendo dicha Resolución obligatoriamente deun informe técnico - legal previo, emitidos por las áreastécnica y de asesoría jurídica de la Entidad, los cuales contendrán la justificación técnica y legal de la contratación yde la necesidad de la exoneración, contemplándose crite-rios de economía, tales como los costos y la oportunidad,precisándose asimismo que las Resoluciones que aprue-ben las exoneraciones de los procesos de selección, debe-rán ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro delos diez (10) días hábiles de su emisión, y que deberánremitirse a la Contraloría General de la República, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez(10) días calendario siguientes a la fecha de su aproba-ción, adjuntando el Informe Técnico Legal respectivo; Que, el Artículo 116º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, establece que la autoridad competente para aprobarla exoneración determinará en cada caso la dependencia uórgano que se encargará de realizar la adquisición o con-tratación exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura y sofisticación; Que, el numeral 6 de la Resolución Nº 118-2001-CON- SUCODE-PRE, que aprueba Directiva Nº 01-2001-CON-SUCODE/PRE, establece disposiciones en relación a laExoneración del Proceso de Selección, como que la parteresolutiva del instrumento que aprueba la exoneración delproceso de selección, deberá precisarse el tipo y la des-cripción básica de los bienes, servicios u obras materia deexoneración, el valor referencial, la fuente de financiamien-to, la cantidad o el tiempo que se requiere adquirir o con-tratar por exoneración, así como determinar la dependen-cia u órgano encargado de realizar la adquisición o contra-tación exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a sucomplejidad, envergadura o sofisticación; Que, de acuerdo a lo antes señalado, procede aprobar la exoneración del proceso correspondiente, para la pró-rroga de los plazos de los Contratos de Arrendamientosde los Inmuebles ocupados por las 24 Oficinas Zonal deFONCODES a Nivel Nacional;