Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2003 (15/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de enero de 2003

Crean Comision Tecnica para revisar y actualizar el Proyecto de Reglamento Consular del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0024-2003-RE MORDAZA, 13 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Consular del Peru fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, del 17 de enero de 1979, y modificado por el Decreto Supremo Nº 000485-RE, del 12 de marzo de 1985; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 076594-RE y 460-98-RE, del 30 de diciembre de 1994 y 17 de MORDAZA de 1998, respectivamente, se constituyeron comisiones encargadas de estructurar, revisar y aprobar la actualizacion del Reglamento Consular del Peru, sin haberse conseguido a la fecha la aprobacion de su texto definitivo; Que, el actual Reglamento Consular, dada la fecha de su aprobacion, ha quedado desactualizado en relacion con la normatividad vigente en el pais; Que, el Reglamento Consular constituye la base normativa para la regulacion de los tramites que efectuan los peruanos en el exterior ante las oficinas y secciones consulares correspondientes, por lo que el mismo debe adecuarse convenientemente, teniendo en consideracion la especial situacion de los connacionales en el exterior; Que, las normas del Reglamento Consular deben responder al desarrollo de la funcion consular, atendiendo el requerimiento de los servicios en el exterior sobre la base de principios de legalidad, eficiencia, celeridad, simplicidad y no discriminacion; Que, mediante Memorandum (SCP) Nº 216/02, del 26 de MORDAZA de 2002, la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior elevo a consideracion de la Alta Direccion la version revisada del Proyecto de Reglamento Consular, asi como recomendo la conformacion de una Comision Revisora de la misma; Que para ello es necesario conformar una Comision Tecnica que revise y apruebe el Proyecto de Reglamento Consular, el cual debe responder a los requerimientos de los peruanos en el exterior y estar actualizado en base al MORDAZA legal vigente en el pais; De conformidad con la Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 560; la Ley que regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos, Ley Nº 27594; y la Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, Decreto Ley Nº 26112; y, Estando a lo acordado, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear una Comision Tecnica para que, en un plazo de 15 dias habiles, revise y actualice el Proyecto de Reglamento Consular del Peru. Articulo Segundo.- La mencionada Comision Tecnica estara integrada por los siguientes funcionarios: 1. Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, senor MORDAZA Velasco Mendiola, quien la presidira; 2. Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, senor MORDAZA MORDAZA Castro; 3. Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, senor MORDAZA MORDAZA Ruiz-Caro; 4. Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, senor MORDAZA MORDAZA Torres-Llosa; 5. Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pessagno; 6. Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, senor MORDAZA MORDAZA Barahona; 7. Ministra en el Servicio Diplomatico de la Republica, senora MORDAZA Gamio de Collado; 8. Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Garcia; 9. Tercer Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de secretario de la Comision.

Articulo Tercero.- Designar a los siguientes asesores de la Comision: 1. Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor Juridico de la Alta Direccion; 2. Doctor MORDAZA Sayan Figari, Asesor Legal de la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior, y; 3. Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Alarco, Asesor de la Oficina de Asuntos Legales. Articulo Cuarto.- El Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, orientara las labores de la citada Comision. Articulo Quinto.- Finalizado su trabajo, la Comision Tecnica elevara al senor Ministro el texto del Proyecto de Reglamento Consular del Peru, para su aprobacion y dacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 00740

SALUD
Aprueban Directiva Nº 005-2002-SA-SG - Procedimiento para Aprobacion de Convenios de Colaboracion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1954-2002-SA/DM MORDAZA, 24 de diciembre del 2002 Visto el Oficio Nº 3776-2002-OGAJ; CONSIDERANDO Que, en aplicacion del literal e) del articulo 3º de la Ley Nº 27657 ­ Ley del Ministerio de Salud, una de las competencias de rectoria sectorial se refiere a la articulacion de recursos y actores publicos y privados, intra e inter sectoriales, que puedan contribuir al logro de los objetivos de las politicas publicas de salud; Que, el articulo 40º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132002-SA, establece que el Ministerio de Salud esta facultado para suscribir convenios para el desarrollo de proyectos o programas, con gobiernos y entidades, organizaciones y/o personas juridicas, internacionales o nacionales, con financiamiento publico y/o privado, en el MORDAZA de los objetivos estrategicos y politica nacional de salud, la legislacion nacional sobre la materia y los convenios internacionales; Que, los literales m) y o) del articulo 6º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0014-2002-SA, senalan que el Ministro de Salud suscribe los convenios en los cuales el Ministerio de Salud sea parte interesada, pudiendo delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion de Ministro de Estado. Que, el articulo 68º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0014-2002-SA, senala que el Ministerio de Salud como organo rector mantiene relaciones de coordinacion e informacion con todas las entidades y organizaciones publicas y privadas del Sector Salud, asi como con todos los Poderes e Instituciones del Estado y establece relaciones con asociaciones cuyos fines correspondan a los objetivos institucionales, asi como los de bienestar y desarrollo del personal; Que, el articulo 69º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0014-2002-SA, senala que el Ministerio de Salud mantiene relaciones de coordinacion para el desarrollo, cooperacion, financiamiento e informacion de salud con los gobiernos extranjeros y organismos e instituciones internacionales, en el MORDAZA de las politicas de Estado, tratados y convenios internacionales y mantiene

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