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PÆg. 237318 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de enero de 2003 Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y notificada al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Promoción dela Pequeña y Microempresa - PROMPYME, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, siguiendo para tal efecto los mecanismos indicados en la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUILLERMO TAMI ARRIETA Gerente Central de Administración (e)Despacho Presidencial 00791 P C M Declaran el 11 de febrero de 2003 como día no laborable en el departamento deCajamarca por aniversario de su crea-ción política DECRETO SUPREMO Nº 007-2003-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el día 11 de febrero se conmemorará en el de- partamento de Cajamarca el 147 Aniversario de su crea- ción política por Decreto del Mariscal Ramón Castilla el 11 de febrero de 1855; Que, desde 1855, con ocasión del referido aniversa- rio, se realizan en Cajamarca diversas actividades conmemorativas que congregan tradicionalmente demanera generalizada a los pobladores de todas las loca- lidades del departamento, igualmente se incrementan las actividades turísticas de peruanos y extranjeros que esnecesario promover; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Es-tado; DECRETA:Artículo 1º.- Declarar día no laborable en el departa- mento de Cajamarca el día 11 de febrero de 2003, fechaen la que se conmemorará el Aniversario de Creación Política Departamental. Los titulares de las entidades del sector público toma- rán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad. Artículo 2º.- En el sector público las horas dejadas de laborar por el día no laborable serán compensadas en la semana posterior al día no laborable o en la oportuni-dad que establezca el titular de la entidad, en función de las necesidades de cada institución. Artículo 3º.- Para los empleadores del sector privado es potestativo acogerse al día no laborable. En este su- puesto y con respecto a la forma de recuperar las horas dejadas de laborar, será de aplicación lo dispuesto en elartículo anterior. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo es refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Mi-nistro de Trabajo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de enero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 00793Encargan Despacho de la Presidencia de la Repœblica al Primer Vicepresiden-te de la Repœblica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2003-PCM Lima, 14 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente Constitucional de la Repúbli- ca, doctor Alejandro Toledo, viajará a la ciudad de Quito, República del Ecuador, los días 15 y 16 de enero de 2003, con la finalidad de asistir a la ceremonia de transmisiónde mando presidencial en dicho país; Que, en consecuencia, es necesario encargar las fun- ciones del Despacho Presidencial al Primer Vicepresi-dente de la República en tanto dure la ausencia del se- ñor Presidente Constitucional de la República; De conformidad con el Artículo 115º de la Constitu- ción Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar el Despacho de la Presi- dencia de la República al señor RAÚL DIEZ CANSECO TERRY, Primer Vicepresidente de la República, en tanto dure la ausencia del señor Presidente de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 00794 Encargan el Despacho de Comercio Exterior y Turismo al Ministro de Trans-portes y Comunicaciones RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2003-PCM Lima, 14 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, el señor Raúl Diez Canseco, en su condición de Primer Vicepresidente de la República, se encargará del Despacho Presidencial los días 15 y 16 de enero de 2003, en razón del viaje que a la República del Ecuador reali-zará el señor Presidente Constitucional de la República, para asistir a la ceremonia de transmisión de mando pre- sidencial de dicho país; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Des- pacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo mien- tras dure el impedimento del titular; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar el Despacho del Ministe- rio de Comercio Exterior y Turismo al señor JAVIER REÁ- TEGUI ROSSELLÓ, Ministro de Transportes y Comuni-caciones, a partir del 15 de enero de 2003 y en tanto dure el impedimento de su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 00795