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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2003 (25/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 11

PÆg. 237901 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de enero de 2003 Que, en el Informe Técnico-Legal del Jefe de la Ofici- na de Asesoría Legal de la Dirección General del Mate-rial de la Marina de fecha 2 agosto 2002, se concluyeque por razones técnico-jurídicos es conveniente paralos intereses de la Marina de Guerra del Perú, contratarlos servicios del Estudio de Abogados Coudert Brothersde Nueva York en los Estados Unidos de América, parapatrocinar a dicha Institución en los fines expresados enel considerando precedente, por tratarse de serviciospersonalísimos; Que, el citado informe considera que la exoneración para contratar los servicios profesionales requeridos se enmar-ca en la normatividad legal vigente; por lo que, resulta le-galmente viable la tramitación del proyecto de ResoluciónMinisterial que aprueba la exoneración del proceso de se-lección para la referida contratación por servicios perso-nalísimos; Que, el respectivo honorario profesional estará sujeto a la recuperación real y efectiva del monto económico quecorresponde pagar a la empresa EDO Corporation Gover-ment Systems de los Estados Unidos de América por Sen-tencia Judicial, ya sea en sumas líquidas o bienes, el cualse otorgará hasta por un 35% de las sumas que real y efec-tivamente se recuperen hasta por un máximo de DOSCIEN-TOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVEN-TIOCHO CON 30/100 DÓLARES AMERICANOS (US$257,298.30), por el Estudio de Abogados Coudert Brothersde Nueva York en los Estados Unidos de América, y seráfinanciado con las sumas recuperadas; asimismo, para losgastos de gestión a cargo del referido Estudio de Aboga-dos, la Marina de Guerra del Perú efectuará un pago porúnica vez de VEINTICINCO MIL Y 00/100 DÓLARESAMERICANOS (US$ 25,000.00), el mismo que tiene ca-rácter de no reembolsable; Estando a lo recomendado por el Director General del Material de la Marina y a lo propuesto por el ComandanteGeneral de la Marina; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública a la Marina deGuerra del Perú, para contratar los Servicios Personalí-simos profesionales del Estudio de Abogados Coudert Bro-thers de Nueva York en los Estados Unidos de América,para asesorar y patrocinar judicialmente a la Marina deGuerra del Perú a fin de recuperar el monto económicoque estableció la Sentencia Judicial de fecha 12 agosto1993, emitida por la Corte Suprema de Justicia de la Repú-blica del Perú. Artículo 2º.- El gasto que irrogue la referida contratación estará sujeto a la recuperación real y efectiva del montoeconómico que corresponde pagar a la empresa EDO Cor-poration Goverment Systems de los Estados Unidos deAmérica por Sentencia Judicial, ya sea en sumas líquidaso bienes, el cual se otorgará hasta por un 35% de las su-mas que real y efectivamente se recuperen hasta por unmáximo de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILDOSCIENTOS NOVENTIOCHO CON 30/100 DÓLARESAMERICANOS (US$ 257,298.30), por el Estudio de Abo-gados Coudert Brothers de Nueva York en los EstadosUnidos de América, y será financiado con las sumas recu-peradas; asimismo, para los gastos de gestión a cargo delreferido Estudio de Abogados, la Marina de Guerra del Perúefectuará un pago por única vez de VEINTICINCO MIL Y100/00 DÓLARES AMERICANOS (US$ 25,000.00), el mis-mo que tiene carácter de no reembolsable, con cargo a losfondos asignados en el presupuesto del Ejercicio Presu-puestal 2003, fuente de financiamiento Recursos Ordina-rios. Artículo 3º.- Autorizar a la Marina de Guerra del Perú - Dirección General del Material para efectuar lostrámites administrativos correspondientes para la con-tratación de los servicios personalísimos profesiona-les del Estudio de Abogados Coudert Brothers de Nue-va York, mediante un proceso de Adjudicación de Me-nor Cuantía. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente re- solución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10días hábiles siguientes a la fecha de su emisión, y se remi-ta a la Contraloría General de la República copia de la mis-ma y del informe que la sustenta, dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 01447 Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra empresa de seguros para que cancele deuda al Hospital Cen- tral de la FAP por atención mØdica brin-dada a asegurados RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 070-DE/FAP Lima, 17 de enero de 2003 Visto el Oficio V-5-SGFA-Nº 2900 del 4 de noviembre del 2002, del Secretario General de la Fuerza Aérea delPerú, mediante el cual solicita se autorice al ProcuradorPúblico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio deDefensa relativos a la Fuerza Aérea del Perú, para iniciarlas acciones judiciales pertinentes contra la persona jurídi-ca LA VITALICIA CIA. DE SEGUROS, a fin de que cum-plan con cancelar la suma de CIENTO VEINTISIETE MILSEISCIENTOS ONCE Y 61/100 NUEVOS SOLES (S/.127,611.61), más intereses legales devengados, gastosadministrativos, adeudados al Estado - Ministerio de De-fensa - Fuerza Aérea del Perú - Hospital Central FAP, porlas razones que se exponen; CONSIDERANDO: Que, LA VITALICIA CIA. DE SEGUROS, en virtud de las cartas de garantía suscritas por sus Ejecutivos, solici-taron al HOSPITAL CENTRAL DE LA FUERZA AÉREADEL PERÚ, atención médica para los beneficiarios de laspólizas extendidas por la compañía aseguradora, pacien-tes a quienes se les brindó una atención oportuna y con-forme a lo solicitado, procediendo el Hospital Central de laFAP a expedir entre los meses de octubre y noviembre de1998, agosto, octubre y diciembre de 1999, febrero, marzo,abril, mayo, junio, agosto y setiembre del 2000, cincuenti-trés (53) facturas por la cantidad total de CIENTO VEINTI-SIETE MIL SEISCIENTOS ONCE Y 61/100 NUEVOS SO-LES (S/. 127,611.61); Que, la indicada compañía de seguros no ha cumplido hasta la fecha con pagar el monto de lo adeudado, el cualasciende a la fecha a un total de CIENTO VEINTISIETEMIL SEISCIENTOS ONCE Y 61/100 NUEVOS SOLES (S/. 127,611.61), más los intereses legales devengados y gas-tos administrativos, y a pesar de los reiterados requerimien-tos a fin de que cumpla con la obligación contraída, losrepresentantes de la compañía de seguros, han hecho casoomiso a las peticiones para el cumplimiento de su obliga-ción de cancelar las prestaciones de salud de sus benefi-ciarios; Que, al haberse agotado todo medio escrito y verbal a fin de que se haga efectivo el pago de la suma adeudada,es necesario efectuar las acciones judiciales correspon-dientes para obtener la cancelación total de la deuda; Que, de conformidad con el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; y estando a lo informado por la Aseso-ría Jurídica del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Procurador Público a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa re-lativos a la Fuerza Aérea del Perú, para que en representa-ción del Estado, inicie, prosiga y culmine las acciones le-gales a que hubiere lugar contra la persona jurídica LA VI-TALICIA CIA. DE SEGUROS, a fin de que cumplan concancelar al Estado - Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea