TEXTO PAGINA: 7
PÆg. 238581 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de febrero de 2003 DEFENSA Modifican resolución mediante la cual se nombró a oficial FAP como Conseje- ro para Asuntos de Desarme de la Representación del Perœ ante la ONU RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 028-DE/SG Lima, 31 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Teniente General FAP DEL CARPIO RIVERA Jorge, ha desempeñado el cargo de Delegado de la FuerzaAérea del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa yAgregado Militar a la Representación Permanente del Perúante la OEA, desde el 27 de noviembre de 2002 al 1 de ene-ro de 2003, a mérito de lo dispuesto en la Resolución Supre-ma Nº 182-DE/SG del 27 de noviembre de 2002; Que, por Resolución Suprema Nº 003-DE/SG del 2 de enero de 2003, se dejó sin efecto la Resolución Supre-ma Nº 182-DE/SG del 27 de noviembre de 2002 y senombró al citado Oficial General para que desempeñe elcargo de Consejero para Asuntos de Desarme de laRepresentación del Perú ante la ONU, a partir del 2 deenero al 31 de diciembre de 2003; Que, es necesario regularizar la situación adminis- trativa relacionada al cargo desempeñado por el referidoOficial General ante la Junta Interamericana de Defensay la Agregaduría Militar a la Representación Permanentedel Perú ante la OEA; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 dejunio de 2002; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de laFuerza Aérea y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo 1º de la Resolu- ción Suprema Nº 003-DE/SG del 2 de enero de 2003, enlos siguientes términos: "Artículo 1º.- Dejar sin efecto, a partir del 2 de enero de 2003 la Resolución Suprema Nº 182-DE/SG del 27 denoviembre de 2002". Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 02239ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban donaciones a favor de diver- sas instituciones con fines asistenciales y sociales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 033-2003-EF Lima, 4 de febrero de 2003 CONSIDERANDO:Que, Förderkreis Hospital Andino Perú e.V. de Ale- mania ha efectuado una donación a favor de la Funda-ción Oswaldo Kaufmann, consistente en diversos bienesque serán destinados para uso exclusivo del HospitalAndino del Alto Chicama en Coina, en la ejecución deProgramas de Salud con fines sociales y asistenciales; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Im-puesto Selectivo al Consumo, aprobado por el DecretoSupremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava-das con el Impuesto General a las Ventas, la importacióno transferencia de bienes que se efectúe a título gratuitoa favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im-puesto General a la Ventas e Impuesto Selectivo al Con-sumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modi-ficatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Go- bierno Peruano, la donación efectuada por FörderkreisHospital Andino Perú e.V. de Alemania, a favor de la Fun-dación Oswaldo Kaufmann consistente en medicinas ymaterial médico con un valor aproximado de 510,00(Quinientos Diez y 00/100 Euros) según la Carta de Do-nación de fecha 25 de marzo de 2002, las Cartas de fe-cha 23 de mayo de 2002 y la Resolución Directoral Nº096-2002-SA/OFICE de fecha 25 de junio de 2002 delMinisterio de Salud y un peso aproximado de 18 Kgs.,según Comprobante de Retención de Equipaje Nº 278.Dicha donación será destinada a la Fundación OswaldoKaufmann para uso exclusivo del Hospital Andino del AltoChicama en Coina, en la ejecución de Programas de Saludcon fines sociales y asistenciales. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) delArtículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im-puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con-sumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Administra-ción Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de laRepública, dentro de los plazos establecidos. •