TEXTO PAGINA: 15
PÆg. 238589 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de febrero de 2003 del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES, Organismo Público Descentra-lizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; CONSIDERANDO:Que, con fecha 19 de enero de 1995 se celebró el Contrato de Arrendamiento Nº 001-95-FONCODES -OFICINA ZONAL HUANCAYO del inmueble ubicadoen Jr. Santa Isabel Nº 1208, El Tambo, Huancayo, entreel señor Oswaldo García Vilchez, arrendador, y elFondo Nacional de Compensación y Desarrollo So-cial - FONCODES, arrendatario, por un plazo de diezmeses y diez días, contado a partir del 20 de febrerode 1995 al 31 de diciembre de 1995, a fin de ser des-tinado como Sede de la Oficina Zonal FONCODESHuancayo; en cuya Cláusula Quinta (Garantía Efecti-va) del referido contrato se estipulaba que a la suscrip-ción del mismo el arrendatario debía entregar en cali-dad de garantía la suma de U$ 1,780.00 (UN MILSETECIENTOS OCHENTA Y 00/100 DÓLARES AME-RICANOS), la misma que debió ser devuelta al mo-mento de desocupar y entregar el referido inmueble; Que, mediante Carta Notarial diligenciada con fecha 25 de julio de 2002, el Jefe Zonal de la Oficina Huancayorequiere al Sr. Oswaldo García Vilchez la devolución delmonto otorgado en garantía al momento de suscripcióndel precitado contrato de arrendamiento; Que, mediante Memorando Nº 534-2002-FONCODES/ GAF/SGC de fecha 13 de diciembre de 2002, el Subge-rente de Contabilidad del Fondo Nacional de Compen-sación y Desarrollo Social, señala que a la fecha, el mon-to de la citada garantía se encuentra pendiente de pagoen los Estados Financieros (Cuenta 1740101 - Cuentaspor Cobrar - Depósitos en Garantía por alquiler de local),debiendo darse, en consecuencia, inicio a las accionesjudiciales correspondientes; Que, en virtud a lo antes expuesto y de conformidad con lo establecido por los Artículos 1º y 12º del DecretoLey Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667,resulta necesario autorizar al Procurador Público Ad Hoca cargo de los Asuntos Judiciales del Fondo Nacional deCompensación y Desarrollo Social - FONCODES, paraimpulsar y/o interponer las acciones judiciales que co-rrespondan; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27793 -Leyde Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, Decreto Ley Nº 17537- Ley de Repre-sentación y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales,modificado por el Decreto Ley Nº 17667; y el DecretoSupremo Nº 008-2002-MIMDES - Reglamento de Orga-nización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desa-rrollo Social, modificado por Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público Ad Hoc a cargo de los Asuntos Judiciales del Fondo Nacional deCompensación y Desarrollo Social - FONCODES, Orga-nismo Público Descentralizado del Ministerio de la Mujery Desarrollo Social, para que en representación y defen-sa de los intereses del Estado proceda a iniciar y/o im-pulsar las acciones legales que corresponda contra elseñor Oswaldo García Vilchez, por los fundamentos ex-puestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción y de los antecedentes del caso al citado Procu-rador Público Ad Hoc para los fines que considerepertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 02257PRODUCE Aprueban modelo de Convenio de Admi- nistración de las Infraestructuras Pes- queras Artesanales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 039-2003-PRODUCE Lima, 31 de enero del 2003 CONSIDERANDO:Que con el propósito de incentivar las actividades pesqueras artesanales, así como mejorar los niveles deutilización de los productos hidrobiológicos para el con-sumo humano directo, el Ministerio de Pesquería ( hoyMinisterio de la Producción ) y el Fondo Nacional de De-sarrollo Pesquero - FONDEPES han construido y adqui-rido la red de infraestructuras pesqueras artesanales queexiste a nivel nacional, conformada por desembarcaderosartesanales, terminales pesqueros y módulos de comer-cialización entre otros, los mismos que constituyen patri-monio del Estado; Que en armonía a la política del Sector, el Ministerio de Pesquería ( hoy Ministerio de la Producción) haencargado la administración de dichas infraestructuraspesqueras a organizaciones sociales representativas depescadores artesanales y otras entidades, con quienesse suscribió los respectivos Convenios de Cesión enAdministración, los cuales tenían como fecha de venci-miento el 31 de diciembre de 1999, conforme a lo dis-puesto por la Resolución Ministerial Nº 164-97-PE del 03de abril de 1997 y actualmente se han suscrito los men-cionados Convenios con algunas organizaciones socia-les siendo igualmente su fecha de vencimiento de losmismos el 31 de diciembre del 2004, de acuerdo a laResolución Ministerial Nº 261-2000-PE del 10 de octubredel 2000; Que dentro del actual contexto macroeconómico del país, resulta necesario redefinir los alcances ytérminos de los Convenios, a fin de propiciar una au-togestión rentable y sostenida en la administración dela citada red de infraestructuras pesqueras artesana-les, que coadyuve a su adecuada utilización y eficienteotorgamiento de servicios, como eje de desarrollo delas poblaciones circunscritas dentro de sus áreas deinfluencia; Estando a lo propuesto por el Fondo Nacional de Desa- rrollo Pesquero - FONDEPES y la Dirección Nacional dePesca Artesanal; y con la visación de la Oficina Generalde Asesoría Jurídica y la Oficina General de Desarrollo yPlaneamiento Estratégico; De conformidad con lo establecido en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo,modificado por la Ley Nº 27779, Ley Orgánica que modi-fica la Organización y Funciones de los Ministerios, y elartículo 62º del Reglamento de la Ley General de Pescaaprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesque- ría; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el modelo de Convenio de Admi- nistración de las Infraestructuras Pesqueras Artesana-les, que consta de diez (10) cláusulas y un anexo queincluye la relación de las mencionadas infraestructuras,las mismas que forman parte integrante de la presenteResolución Ministerial. Artículo 2º.- El modelo de Convenio aprobado en el artículo precedente será utilizado para la suscripción delos acuerdos que se celebren con las organizacionessociales representativas del lugar que demuestren unaeficiente administración de las infraestructuras pesque-ras. Artículo 3º.- Los Convenios que se suscriban al am- paro de lo dispuesto en el artículo 1º tendrán vigencia deun (01) año prorrogable por un año adicional. Los conve-