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PÆg. 239281 NORMAS LEGALES Lima, lunes 17 de febrero de 2003 d. Cambio del nombre del estableci- 2002-MINCETUR correspondiente a todas las máquinas miento donde se explota el giro tragamonedas o memorias de sólo lectura que quedarían principal en la Sala de Juegos. 1.3 Fotocopia simple de los comprobantes de pago con los e. Cambio de nombre de la sala de que se acredite el costo y fecha de adquisición de cada juego. una de las máquinas tragamonedas o memorias de sólo lectura a incrementarse , así como los documentos que f. Cambio del giro principal por otro acrediten el derecho de explotación correspondiente; autorizado según lo dispuesto en 1.4 Plano en escala 1/50, en el que conste la propuesta de el Art. 6° de la Ley. distribución de las máquinas tragamonedas a incremen-g. Cambio de razón social del titular tarse, suscrito por un Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado. Base Legal: 1.5 En el caso de incremento de máquinas tragamonedas, Ley N° 27153 modificada por Ley Nº se adjuntará la fotocopia simple del documento con el27796 que se acredite la recepción de la solicitud de emisión D.S. N° 009-2002-MINCETUR del Informe de Inspección Técnica de Seguridad en De- fensa Civil presentanda ante el Instituto Nacional de Defensa Civil o sus órganos desconcentrados, indicando la fecha en que se realizará el incremento proyectado.1.6 Variación del sistema de video en cuanto a equipos y números de cámaras a utilizar en virtud del incremento de máquinas tragamonedas, debiendo adjuntarse un plano de ubicación de las mismas según corresponda.1.7 Constancia de pago por derecho de trámite. 2. Retiro de Máquinas Tragamonedas o Memorias de 40,00%UIT 20 días Oficina de Director Reconsideración sólo lectura que conforman un programa de juego Trámite Nacional Director - Solicitud dirigida a la Dirección Nacional de Turismo, indi- Documentario de Turismo Nacional cando la información requerida en el Art. 113° de la Ley y Archivo de Turismo N° 27444, adjuntando: Apelación 2.1 Relación de las máquinas o memorias de sólo lectura a Viceministro retirarse, presentada de acuerdo al Anexo «G» del Decreto de Turismo Supremo N° 009-2002-MINCETUR.2.2 Diskette de 3.5 de densidad, conteniendo la información indicada en el Anexo «G» del Decreto Supremo N° 009- 2002-MINCETUR correspondiente a todas las máquinas tragamonedas o memorias de sólo lectura que conforman los programas de juego que quedarían en la Sala de Juego.2.3 Plano a escala 1/50, en el que conste la nueva propuesta de distribución de las máquinas tragamonedas, suscrito por Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado.2.4 En el caso de retiro de máquinas tragamonedas, se adjuntará la fotocopia simple del documento con el que se acredite la recepción de la solicitud de emisión del Informe de Inspección Técnica de Seguridad en De- fensa Civil presentanda ante el Instituto Nacional de Defensa Civil o sus órganos desconcentrados, indicando la fecha en que se realizará el retiro proyectado.2.5 Variación del sistema de video en cuanto a equipos y números de cámaras a utilizar en virtud del retiro de máquinas tragamonedas, debiendo adjuntarse un plano de ubicación de las mismas según corresponda.2.6 Constancia de pago por derecho de trámite. 3. Reemplazo de Máquinas Tragamonedas o Memo- 40,00%UIT 15 días Oficina de Director Reconsideración rias de sólo lectura que conforman los programas Trámite Nacional Director de juego: Documentario de Turismo Nacional - Solicitud dirigida a la Dirección Nacional de Turismo, indi- y Archivo de turismoEVALUACIÓN PREVIA Nº DENOMINACIÓN DEL DERECHO Con Con Dependencia Autoridad Autoridad que PROCEDIMIENTO R E Q U I S I T O S DE Aprobación Aplicación Aplicación Donde se que Resuelve PAGO Automática Silen. Adm. Silen. Adm. Inicia el Aprueba el Recurso Positivo Negativo Trámite el Trámite Administrativo