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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (17/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 239276 NORMAS LEGALES Lima, lunes 17 de febrero de 2003- Fotocopia simple del Acuerdo de Alcaldía que autorice solicitar la concesión. - Fotocopia simple de la ficha registral, conteniendo la designación del representante legal autorizado para solicitar la concesión, en caso de ser persona jurídica, o de la Directiva Comunal, con facul- tades para solicitar la concesión en caso de las Comunidades Campesinas. - Constancia de pago por derecho de trámite. 14 Ampliación de obras o instalaciones a las - Solicitud dirigida al Director Nacional de Desarrollo Turístico, indi- 20,00% UIT 30 días Oficina de Director Autoridad que concesiones otorgadas. cando la información requerida en el Art. 113° de la Ley N° 27444, Trámite Nacional de expidió la adjuntando: Documentario Desarrollo Resolución Base Legal : - Plano de distribución de las instalaciones a modificar en escala y Archivo Turístico D.S.N° 05-94-ITINCI del 28/04/1994 1/100 ó 1/50. (Informe Téc- D.S.N° 14-95-ITINCI del 31/05/1995 - Plano de redes de agua y desague y de la disposición de las aguas nico previo hervidas, en escala de 1/100 ó 1/50. a la R.S ) - Constancia de pago por derecho de trámite. 15 Calificadores de Establecimientos de - Solicitud de acuerdo al formato que se indica en los Anexos Nº 1 y 25,00% UIT 30 días Ofic ina de Director ReconsideracIón Hospedaje (2) N° 2 del Reglamento, indicando la información requerida en el Art. Trámite Nacional de Director 113° de la Ley N° 27444, adjuntando: Documentario Desarrollo Nacional de Base Legal: - Currículum Vitae documentado con carácter de declaración Jurada, y Archivo Turístico Desarrollo D.S. N° 023-2001-ITINCI acreditando el número de años de experiencia mínima exigida para Turístico R.M. N° 151-2001-ITINCI/DM, Art. 5° ser designado Calificador de Establecimientos de Hospedaje. Apelación 30/07/2001 - Declaración Jurada de acuerdo al formato que se indica en el Viceministro de Anexo Nº 3 del Reglamento. Turismo - Declaración Jurada que dé cuenta, de ser el caso si el solicitante fue facultado con anterioridad, para clasificar y categorizar estable- cimientos de hospedaje por la autoridad competente del MINCETUR, con indicación de los motivos que originaron su cese temporal o definitivo.- Constancia de pago por derecho de trámite. 16 Modificación de la Calificación otorgada - Solicitud dirigida al Director Nacional de Desarrollo Turístico, indi- 20,00% UIT 30 días Oficina de Director ReconsideracIón a los Calificadores de Establecimientos de cando la información requerida en el Art. 113° de la Ley N° 27444, Trámite Nacional de Director Hospedaje. adjuntando: Documentario Desarrollo Nacional de - Acreditar estudios y experiencia para la nueva calificación solicita- y Archivo Turístico Desarrollo Base Legal: da. Turístico D.S. N° 023-2001-ITINCI - Constancia de pago por derecho de trámite. Apelación R.M. N° 151-2001-ITINCI/DM del 24/03/95 Viceministro de Turismo 17 Renovación de la Designación como - Solicitud dirigida al Director Nacional de Desarrollo Turístico, indi- 15,00% UIT 30 días Ofi cina de Director ReconsideracIón Calificador de Establecimientos de cando la información requerida en el Art. 113° de la Ley N° 27444, Trámite Nacional de Director Hospedaje. adjuntando: Documentario Desarrollo Nacional de - Constancia de pago por derecho de trámite. y Archivo Turístico Desarrollo Base Legal: Turístico D.S. N° 023-2001-ITINCI Apelación R.M. N° 151-2001-ITINCI/DM, Art. 7° Viceministro de 30/07/2001 Turismo 18 Constancias o consultas de competencia - Solicitud al Director Nacional de Desarrollo Turístico, indicando Constancia Automático Oficina Director ReconsideracIón del Sector Turismo. la información requerida en el Art. 113° de la Ley N° 27444, adjun- 0,55% UIT (5 días) de Trámite Nacional de D irector tando: Consulta Documentario Desarrollo Nacional de Base Legal : -Constancia de pago por derecho de trámite 1,50% UIT y Archivo Turístico Desarrollo Ley N° 27444 Art. 111° del 11/10/01 Turístico Apelación Viceministro de Turismo (1) La solicitud deberá ser presentada dentro de los 30 días calendario siguientes de efectuada la transferencia. (2) En el caso de persona jurídica, adicionalmente la solicitud deberá incorporar el Currículum-Vitae y la Declaración Jurada de cada uno de los integrantes de la empresa responsable de la emisión y suscripción de los informes técnicos.EVALUACIÓN PREVIA Nº DENOMINACIÓN DEL DERECHO Con Con Dependencia Autoridad Autoridad que PROCEDIMIENTO R E Q U I S I T O S DE Aprobación Aplicación Aplicación Donde se que Resuelve PAGO Automática Silen. Adm. Silen. Adm. Inicia el Aprueba el Recurso Positivo Negativo Trámite el Trámite Administrativo