TEXTO PAGINA: 16
PÆg. 239902 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de febrero de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la inscripción y registro de catorce (14) memorias de sólo lectura solicitadas por la empresa Bally Gaming Inc., según el siguiente detalle: Nº Registro Código de Memoria Fabricante País 1 A0004631 V7M1E00C5204-23 (M0) Bally Gaming Inc. EE.UU. 2 A0004632 V7M4E00C5204-23 (M1) Bally Gaming Inc. EE.UU. 3 A0004633 E813511X-05 (U18) Bally Gaming Inc. EE.UU. 4 A0004634 E813511X-05 (U20) Bally Gaming Inc. EE.UU. 5 A0004635 E813611X-05 (U18) Bally Gaming Inc. EE.UU. 6 A0004636 E813611X-05 (U20) Bally Gaming Inc. EE.UU. 7 A0004637 E813711X-05 (U18) Bally Gaming Inc. EE.UU. 8 A0004638 E813711X-05 (U20) Bally Gaming Inc. EE.UU. 9 A0004639 E813811X-05 (U18) Bally Gaming Inc. EE.UU. 10 A0004640 E813811X-05 (U20) Bally Gaming Inc. EE.UU. 11 A0004641 E808911X-05 (U18) Bally Gaming Inc. EE.UU. 12 A0004642 E808911X-05 (U20) Bally Gaming Inc. EE.UU. 13 A0004643 V7PY45318703-02 (P7) Bally Gaming Inc. EE.UU. 14 A0004644 V7PY43158702-01 (P7) Bally Gaming Inc. EE.UU. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 03768 INTERIOR Aclaran la R.M. N” 0045-2003-IN-0501 respecto de la entidad encargada del cumplimiento del Contrato de Compra-Venta N” 001-ADSM 010-2000-IN/OGA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0208-2003-IN-0501 Lima, 26 de febrero del 2003 CONSIDERANDO: Que la Adquisición Directa con carácter de Secreto Militar Nº 010-2000-IN/OGA: Adquisición de la Centralde Emergencia 105 para la Policía Nacional del Perú, fueaprobada por Resolución Ministerial Nº 0910-2000-IN-0506 del 20 de julio del 2000; Que de conformidad con el artículo segundo de la Resolución Ministerial Nº 0910-2000-IN-0506, se autori-zó al Director General de Administración del Ministeriodel Interior a suscribir el Contrato de Compra - Venta Nº001-ADSM 010-2000-IN/OGA; Que la Resolución Ministerial Nº 0045-2003-IN-0501 del 10 de enero del 2003, precisa que la Unidad Ejecutora 009: VII Región Policial Lima es la Unidad ejecutora compe-tente para ejecutar el gasto y compromisos inherentes asus funciones, en especial ejecutar los gastos, compromi-sos y el desarrollo de otras actividades relacionadas con laAdquisición de la Central de Emergencia 105 para la Policía Nacional del Perú, procediendo en su momento, a rendir cuenta documentada de dicha ejecución; Que el sentido de la Resolución Ministerial Nº 0045- 2003-IN-0501, no comprende la sustitución de la Direc-ción General de Administración del Ministerio de Interior,en cuanto a las obligaciones del precitado Contrato; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 370, el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Legislativo Nº834 y Ley Nº 27209; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aclárese la Resolución Ministerial Nº 0045-2003-IN-0501 de fecha 10 de enero del 2003,en el sentido que la Dirección General de Administracióndel Ministerio del Interior, es la entidad encargada del cumplimiento del Contrato de Compra - Venta Nº 001- ADSM-010-2000-IN/OGA. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO M. SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 03848JUSTICIA Acceden a solicitud de extradición ac- tiva de ciudadano peruano y disponen su presentación por vía diplomÆtica a la Repœblica Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2003-JUS Lima, 27 de febrero de 2003 Visto el Informe Nº 010-2003-CEA de 24 de febrero de 2003, de la Comisión encargada del estudio de solicitu- des de extradiciones activas, sobre el pedido de extradi- ción del procesado JORGE FRANCISCO BACA CAM- PODONICO , formulado por el Quinto Juzgado Penal Especial de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de 21 de febrero de 2003, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justiciade la República, declaró procedente la solicitud de extra-dición del procesado JORGE FRANCISCO BACA CAMPODONICO , por los delitos contra la fe pública en la modalidad de ocultamiento de documento, contra la administración pública - delitos cometidos por funciona-rios públicos en la modalidad de cohecho propio, contrala tranquilidad pública - asociación ilícita, y contra la fepública en la modalidad de falsedad ideológica, todos enagravio del Estado Peruano; Que, mediante el Informe Nº 010-2003-CEA de 24 de febrero de 2003, la Comisión encargada del estudio delas solicitudes de extradiciones activas propone acce-der al pedido de extradición del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º del De- creto Supremo Nº 044-93-JUS, los artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica delPoder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº017-93-JUS, el Tratado de Derecho Penal Internacio-nal de Montevideo de 1889; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del ciudadano peruano JORGE FRANCISCO BACA CAMPODONICO, formulado por el Quinto Juzgado Penal Especial de Lima, y declarado proce-dente por la Corte Suprema de Justicia de la Repúbli-ca, por los delitos contra la fe pública en la modalidadde ocultamiento de documento, contra la administra- ción pública - delitos cometidos por funcionarios pú- blicos en la modalidad de cohecho propio, contra latranquilidad pública - asociación ilícita, y contra la fepública en la modalidad de falsedad ideológica, todosen agravio del Estado Peruano; y disponer su pre-sentación por vía diplomática, a la República Argen- tina, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente, y lo estipulado por las normas legales pe-ruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros yEncargado de la Cartera de Relaciones Exteriores EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción Encargado de la Cartera de Justicia 03829