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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2003 (04/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G37/G34/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 4 de julio de 2003 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G61/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G2D /G74/G6F/G20/G22/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G45/G6D/G65/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G32/G30/G30/G32/G22/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G2D/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F/G2C/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61/G2C /G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G76/G65/G6C/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0770-2003-ED Lima, 27 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 198-2001-EF, de fecha 22 de setiembre de 2001, se aprobó el "Convenio para Canje de Deuda por Desarrollo", celebrado entre el Go- bierno del Perú con el Gobierno de la República de Italia; Que el Comité Administrador del Fondo Ítalo Peruano, constituido en mérito a lo establecido en el Convenio de Canje de Deuda por Desarrollo suscrito entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de Italia, convocó a todas las institu- ciones Públicas y Privadas sin fines de lucro, a presentar proyectos que requieran financiamiento, bajo determinadas características, para ser evaluados y seleccionados como beneficiarios de la donación que dicho Fondo administra; Que con Oficio Nº 1757-2002-OINFE, el Jefe de la Oficina de Infraestructura Educativa, alcanza para eva- luación del Comité Administrador del Fondo Contravalor el Proyecto Centros Educativos en Emergencia 2002 que desarrollará en los departamentos de Ayacucho, Caja- marca, Huancavelica y Lambayeque; a través del cual se propone sustituir aulas en alto grado de deterioro en de- terminados centros educativos que permitirá proporcionar seguridad y protección a los alumnos y alumnas de los centros educativos priorizados; Que mediante aviso publicado en el Diario Oficial El Peruano, de fecha 22 de diciembre del 2002, el Comité de Administración del Fondo Ítalo Peruano, comunica que entre los proyectos a ser financiados por el referido Fon- do - Convocatoria 2002, se encuentra el presentado por la Oficina de Infraestructura Educativa; Que el costo para la ejecución del referido Proyecto presentado a evaluación asciende a S/. 5 798 562,11 (CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON 11/100 NUE- VOS SOLES); De conformidad con la Ley de Presupuesto del Sec- tor Público para el Año Fiscal 2003, Decreto Supremo Nº 198-2001-EF. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar el Aporte Financiero No Reembol- sable - donación, efectuado por el Fondo Contravalor Ítalo Peruano, al Ministerio de Educación, por un monto de S/. 5 218,705.90 ( CINCO MILLONES DOSCIENTOS DIECIO- CHO MIL SETECIENTOS CINCO CON 90/100 NUEVOS SOLES), que corresponden al monto de inversión a ejecu- tarse dentro del Proyecto "Centros Educativos en Emergen- cia 2002", que se desarrollará en los departamentos de Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica y Lambayeque. Artículo 2º.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolución, remitiéndose copia a la Comi- sión de Presupuesto y Cuenta General de la República dentro de los treinta (30) días calendario de aprobada. Regístrese y comuníquese.GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 12552 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G61/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G64/G69/G74/G6F/G72/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G44/G6F/G6D/G69/G6E/G69/G63/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0780-2003-ED Lima, 27 de junio de 2003Visto el Oficio Nº 321-2003-CG/GCC, de la Gerencia del Sector Social de la Contraloría General de la Repú- blica; y, CONSIDERANDO:Que por Resolución Ministerial Nº 0657-2003-ED, de fecha 3 de junio de 2003, se autorizó el viaje del señor Juan Benvenutto Navarro, Auditor General del Ministerio de Edu- cación, a la ciudad de Santo Domingo, República Domini- cana, del 17 al 20 de julio de 2003, para participar en el "VIII Seminario Latinoamericano de Contadores y Auditores"; Que el artículo 2º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcio- narios públicos, establece que las resoluciones de autori- zación de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional; Que si bien la autorización de viaje del Auditor Gene- ral del Ministerio de Educación obedece al interés institucional de posibilitar el desarrollo profesional de sus servidores para el mejor desempeño de sus funciones, particularmente, en temas relacionados con la lucha con- tra la corrupción dentro del Sector Público; la situación coyuntural por la que actualmente atraviesa el Ministerio de Educación, exige la adopción de rigurosas medidas de austeridad y reducción del gasto público para atender obligaciones sociales prioritarias e impostergables; Que, de acuerdo al Tercer Considerando del Decreto Su- premo Nº 065-2003-EF, norma que dispone otorgar "Asigna- ción Especial por labor pedagógica efectiva" al personal do- cente activo en los meses de mayo y junio, se dispuso que para el efecto de viabilizar la "Asignación Especial por labor pedagógica efectiva", el Ministerio de Educación, realizará los ajustes presupuestarios necesarios, a fin de efectuar las mo- dificaciones orientadas a cubrir el costo de esta asignación durante los meses de mayo y junio, sin exceder el monto es- tablecido para dicho pliego en la Ley Nº 27879, Ley de Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003; Que, por las razones expuestas en los considerandos precedentes, y en observancia a lo señalado en el artículo 18º de la Ley Nº 27879, referente a las medidas de aus- teridad y racionalidad en el gasto público, resulta nece- sario declarar la nulidad de la Resolución Ministerial Nº 0657-2003-ED; De conformidad con las Leyes Nºs. 27879, 27619, los numerales 202.1 y 202.2 del artículo 202º de la Ley Nº 27444, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 047-2002- PCM, 051-95-ED, y 002-96-ED; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar la nulidad de la Resolución Ministerial Nº 0657-2003-ED, de fecha 3 de junio de 2003, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 12553 INTERIOR /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G2D /G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G73/G61/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G67/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G4E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1080-2003-IN-0901 Lima, 27 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2347-2002-IN/ 0901 del 23 de diciembre del 2002 se designó en vía de regularización a partir del 1 de enero del 2002 a la señorita IM Elizabeth MENDOZA GUEVARA, en el cargo público de confianza de Director de Programa Sectorial II Categoría F-