Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2003 (14/07/2003)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, lunes 14 de MORDAZA de 2003

PODER EJECUTIVO PCM
Autorizan viaje de ministro a los Estados Unidos Mexicanos y encargan la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al Ministro de Defensa
RESOLUCION SUPREMA Nº 213-2003-PCM
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, el senor Lic. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Comercio Exterior y Turismo, realizara una visita oficial a la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos, entre los dias 16 y 17 del mes de MORDAZA en curso, con la finalidad de asistir a diversas reuniones de trabajo con altos funcionarios de dicho MORDAZA, y entrevistarse con el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos senor Lic. MORDAZA Fox Quesada; en las que se trataran temas vinculados a la promocion de las exportaciones de los productos peruanos, el turismo receptivo, relaciones comerciales y cooperacion e inversion en el sector turismo y artesanal, entre otros asuntos de interes para el pais; Que, en consecuencia, es necesario otorgar la autorizacion de viaje que corresponde y encargar el Despacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, durante la ausencia del Titular; De conformidad con el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor Lic. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos, durante los dias 15 al 18 de MORDAZA de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, estaran a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje Viaticos Tarifa CORPAC US$ 2,669.00 US$ 660.00 US$ 28.00

Que, con fecha 6 de MORDAZA de 2003, se adjudico a Empresa de Generacion Termoelectrica Ventanilla S.A. (ETEVENSA) la Buena Pro del Concurso Publico Internacional que conduce la Agencia de Promocion de la Inversion Privada (PROINVERSION) para la transferencia del Contrato de Suministro de Gas Natural de Electricidad del Peru S.A. (ELECTROPERU S.A.); Que, el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por la Ley Nº 26438, permite que el Estado otorgue mediante contrato a las personas juridicas que realicen inversiones en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 674, las seguridades y garantias que se consideren necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones; Que, a solicitud de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada (PROINVERSION) y de conformidad con el Literal L del Articulo 22º de la Ley Nº 27785, la Contraloria General de la Republica ha emitido el informe correspondiente; Que, en virtud de lo MORDAZA expresado, procede otorgar mediante contrato, las seguridades y garantias del Estado a favor de Empresa de Generacion Termoelectrica Ventanilla S.A. (ETEVENSA), autorizandose al Ministro de Energia y Minas a suscribir dicho contrato; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por la Ley Nº 26438, y el Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA: Articulo 1º.- Otorguese mediante contrato a Empresa de Generacion Termoelectrica Ventanilla S.A. (ETEVENSA) la garantia del Estado Peruano en respaldo de las declaraciones, seguridades, garantias y obligaciones a cargo de Electricidad del Peru S.A. (ELECTROPERU S.A.) y de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada (PROINVERSION), que estipulen los contratos resultantes del Concurso Publico Internacional para la Transferencia del Contrato de Suministro de Gas Natural de Electricidad del Peru S.A. (ELECTROPERU S.A.). Articulo 2º.- Autoricese al Ministro de Energia y Minas a suscribir en representacion del Estado, el contrato a que se refiere el Articulo 1º del presente decreto supremo. Articulo 3º.- Dejese sin efecto el Decreto Supremo Nº 070-2003-EF. Articulo 4º.- El presente decreto supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 13261

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Articulo 4º.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo, al senor MORDAZA E. Loret de Mola Bohme, Ministro de Defensa, a partir del 15 de MORDAZA del presente mes y en tanto dure la ausencia del Titular. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 13251

ENERGIA Y MINAS
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de extraccion ilicita de mineral no metalico en agravio del Estado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 295-2003-EM/DM
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2003 VISTO: el Expediente Nº 1318773 sobre denuncia de extraccion de mineral no metalico sin derecho alguno en agravio del Estado, efectuado en el area del denuncio minero extinguido PANDERETA, actualmente area libre perteneciente al Estado, ubicado en el paraje "Yuracoto", distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Mineria, mediante Resolucion de fecha 3 de MORDAZA de 2002, recaida en el Informe Nº 4042002-EM-DGM/OTN, declaro comprobada la extraccion ilicita de mineral no metalico sin derecho alguno en agravio del Estado, en el area libre perteneciente al Estado, ubicada en el paraje "Yuracoto", distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de MORDAZA, efectuada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Blanco;

ECONOMIA Y FINANZAS
Otorgan mediante contrato seguridades y garantias del Estado a favor de ETEVENSA y autorizan a ministro a suscribir dicho acto juridico
DECRETO SUPREMO Nº 099-2003-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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