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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2003 (14/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 248143 NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de julio de 2003 Que conforme a lo establecido en el Artículo 109º del citado Reglamento General de la Ley de Telecomuni-caciones, los contratos de interconexión deben sujetarse alo establecido por la Ley, el Reglamento, los Reglamentosespecíficos, los planes técnicos fundamentales contenidosen el Plan Nacional de Telecomunicaciones, así como a lasdisposiciones que dicte OSIPTEL; Que mediante Resolución de Gerencia General Nº 339- 2002-GG/OSIPTEL se aprobó el contrato de interconexiónsuscrito entre Americatel y Telefónica con fecha 24 de mayode 2002, mediante el cual se establece la interconexión dela red del servicio de telefonía fija local de Americatel conlas redes de los servicios de telefonía fija local y portadorde larga distancia nacional e internacional de Telefónica; Que mediante carta c.245-2003-GAR, recibida el 12 de junio de 2003, Americatel presentó a OSIPTEL el Adden-dum al Contrato de Interconexión vigente entre dicha em-presa con Telefónica, al cual se refiere la sección de VISTO; Que conforme a lo establecido por el Artículo 19º de la Ley Nº 27336 - Ley de Desarrollo de las Funciones y Fa-cultades de OSIPTEL-, toda información que las empresasoperadoras proporcionen a OSIPTEL, tiene carácter deDeclaración Jurada; siendo aplicable el Principio de Presun-ción de Veracidad, de acuerdo a lo establecido en el Artícu-lo 42.1º y en el inciso 4 del Artículo 56º de la Ley del Proce-dimiento Administrativo General; Que se requiere un pronunciamiento favorable por parte de este organismo, respecto del referido "Addendum al Con-trato de Interconexión" suscrito entre Americatel y Telefóni-ca, a fin que pueda surtir sus efectos jurídicos, de conformi-dad con los artículos 44º, 46º y 50º del Texto Único Ordena-do (TUO) de las Normas de Interconexión, aprobado porResolución de Consejo Directivo Nº 043-2003-CD/OSIPTEL; Que sobre la base de la evaluación correspondiente, esta Gerencia General considera que el "Addendum al Contratode Interconexión", que es materia de la presente Resolución,se adecua a la normativa vigente en materia de interconexiónen sus aspectos legales, técnicos y económicos; Que teniendo en cuenta que las partes no han presen- tado una solicitud de confidencialidad respecto del "Adden-dum al Contrato de Interconexión" remitido, y consideran-do que la información contenida en el mismo no constituyeinformación que revele secretos comerciales o la estrate- gia comercial de las empresas o cuya difusión genere per-juicio alguno para las mismas o para el mercado, se dispo-ne la inclusión automática del Acuerdo de Interconexión,en su integridad, en el Registro de Contratos de Interco-nexión, conforme al Artículo 55º del TUO de las Normas deInterconexión; En aplicación de las atribuciones que corresponden a esta Gerencia General en virtud de lo establecido en elArtículo 82º del TUO de las Normas de Interconexión; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Addendum al Contrato de In- terconexión vigente entre las empresas concesionariasAmericatel Perú S.A. y Telefónica del Perú S.A.A., suscritoentre ambas partes con fecha 24 de marzo de 2003, me-diante el cual se aclara el sentido del segundo párrafo de lacláusula sexta del referido contrato- Plazo y Aprobación dela interconexión por OSIPTEL-. Artículo 2º.- Los términos del Addendum que se aprue- ba conforme a lo dispuesto en el artículo precedente, seejecutarán sujetándose a los principios de neutralidad, nodiscriminación e igualdad de acceso, así como a las dispo-siciones en materia de interconexión que son aprobadaspor OSIPTEL. Artículo 3º.- Disponer que el Addendum a que hace referencia el Artículo 1º de la presente Resolución, se in-cluya, en su integridad, en el Registro de Contratos de In-terconexión de OSIPTEL, el mismo que será de accesopúblico. Artículo 4º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su notificación a las empresas conce-sionarias Americatel Perú S.A. y Telefónica del Perú S.A.A.,y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIANA RUIZ V. DE ALONSO Gerente General 13219