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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (06/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 42

PÆg. 245552 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de junio de 2003 de mayo del 2003 el asunto relacionado a la Convocato- ria a Elección de Representantes de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinación Regional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho públicocon autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 40º concordante con el artículo 37º de la norma acotada en el párrafo precedente, señala que los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las OrdenanzasRegionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano, sonaprobados y suscritos por la Presidencia Regional con acuerdo del Directorio de Gerencias Regionales; Que, el artículo 11º de la Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria - Ley Nº 27902, determina que el Consejo de Coordinación Regional es un órgano consultivo y de coordinación del GobiernoRegional con las Municipalidades y está integrado por los Alcaldes Provinciales y por los Representantes de la Sociedad Civil, quienes son elegidos democráticamentepor un período de dos años, por los delegados legal- mente acreditados de las organizaciones de nivel regio- nal y provincial que se hayan inscrito en el Padrón que elGobierno Regional aperturó para tal efecto; Que, el Reglamento para el Registro de Organizacio- nes Sociales y la Elección de representantes de la So-ciedad Civil al Consejo de Coordinación Regional de la Región Huánuco aprobado mediante Ordenanza Regio- nal Nº 004-2003 de fecha 14 de mayo de 2003, en suartículo 16º señala que la procedencia de la Inscripción se realizará mediante Resolución expedida por la Presi- dencia Regional, asimismo en su artículo 18º determinaque la convocatoria para el mencionado proceso se efec- tuará mediante Decreto Regional, estableciéndose el lu- gar, la fecha y hora en que se procederá al desarrollo delacto electoral; Que, el Gobierno Regional de Huánuco dentro del marco legal expuesto y la transparencia que requiereeste proceso electoral, y habiéndose mediante Resolu- ción Ejecutiva Regional aprobado la inscripción de 57 participantes, considera que es necesario convocar aelecciones para elegir a los representantes de las Orga- nizaciones de la Sociedad Civil, debidamente registra- das y que cumplen con los requisitos de Ley, para serincorporados al Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional de Huánuco; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 37º y 40º de la Ley Nº 26867 Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria artículo 11º y 11-A aprobada mediante Ley Nº 27902,artículo 18º de la Ordenanza Regional Nº 004-2003 que aprueba el Reglamento para el Registro de Organizacio- nes Sociales y la Elección de representantes de la So-ciedad Civil al Consejo de Coordinación Regional de la Región Huánuco y a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesión del Directorio Gerencial Regional del GobiernoRegional de Huánuco de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta; SE DECRETA: Artículo 1º.- CONVOCAR, para el día 10 de junio del 2003 a elecciones para elegir a los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional deHuánuco, quienes serán elegidos en un proceso electo- ral democrático por un período de DOS (2) años, en mérito a los considerandos expuestos. Artículo 2º.- SEÑALAR, que el desarrollo del proce- so electoral se efectuará en las instalaciones del Centro Cultural "Leoncio Prado Gutiérrez" ex Paraninfo de laUniversidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco ubi- cado en el Jr. 2 de Mayo Nº 680 a horas 10.00 a.m. Artículo 3º.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Acondicionamiento Territo- rial del Gobierno Regional de Huánuco, la publicación del Padrón Electoral en el Diario autorizado para las Publi-caciones Oficiales del Poder Judicial de la Región, den- tro de los cinco días calendario posteriores a la emisión del presente Decreto. Artículo 4º.- OFICIAR al Jurado Nacional de Eleccio- nes, a la Oficina Nacional de Procesos Electorales y la Defensoría del Pueblo para que procedan a la supervi- sión del proceso electoral. Artículo 5º.- TRANSCRIBIR, el presente decreto a quienes corresponda para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 10614 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Designan Comisión de Transferencia de Recepción de proyectos de infraestruc-tura de transporte rural y de electrifica-ción a favor del Gobierno Regional RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 276-2003-GR.LAMB/PR Chiclayo, 30 de mayo del 2003 VISTO:El Oficio Nº 231-2003-GR.LAMB/GRIN; y, CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27783 y la Tercera Disposición Transitoria Com-plementaria y Final de la Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902, dispone que a partir del año 2003 el Go- bierno Nacional inicia el proceso de transferencia a losGobiernos Regionales y Locales, según corresponda de los fondos y proyectos sociales, programas sociales de lucha contra la pobreza y proyectos de inversión deinfraestructura productiva de alcance regional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM del 30 de marzo del 2003, se aprobó el "Cronograma deTransferencia para el año 2003, a los Gobiernos Regio- nales y Locales de los Fondos y Proyectos Sociales, Pro- gramas Sociales de Lucha Contra la Pobreza y Proyectosde Inversión en Infraestructura Productiva de alcance re- gional, estableciéndose que el Consejo Nacional de Descen- tralización, en coordinación con los Sectores del GobiernoNacional, tiene a su cargo dicha transferencia; Que, en dicho cronograma se ha previsto la transfe- rencia del Proyecto Especial de Infraestructura de Trans-porte Rural - Provías Rural Mantenimiento de Caminos Departamentales y los Proyectos de Electrificación a nivel Regional - Electrificación Rural, a favor del Gobier-no Regional de Lambayeque y a efectos de poder dejar expedita dicha comisión de transferencia de recepción, es necesario designar la comisión del Gobierno Regio-nal de Lambayeque, que se encargue de la recepción de los Proyectos Especiales referidos; Con las visaciones de las Gerencias Regionales de Desarrollo Económico, Infraestructura, de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y las Ofici- nas Regionales de Asesoría Jurídica y Administración; Estando a lo expuesto y con las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley de los Gobiernos Regionales modificada por la Ley Nº 27902 y la Ley Nº 27783 - Ley deBases de la Descentralización. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la Comisión de Trans- ferencia de Recepción del Gobierno Regional de Lam-bayeque encargada de la transferencia del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - Pro- vías Rural Mantenimiento de Caminos Departamentalesy Electrificación Rural - Proyectos de Electrificación a