Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2003 (06/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, viernes 6 de junio de 2003
Nombre Sitio PV 54-33: Cinco Cruces, Asentamiento con estructuras de piedras. Sitio PV 54-37: Tambo Melchorita Sitio PV 54-38: Area de Fragmentos y Cimientos de MORDAZA Distrito San MORDAZA de Canete San MORDAZA de Canete San MORDAZA de Canete

NORMAS LEGALES
Provincia Departamento Canete MORDAZA

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minaciones establecidas en el Cuadro de Asignacion de Personal del Instituto Nacional de Cultura y la Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes Sitios Arqueologicos: - Chahuillo, ubicado en el Centro Poblado Menor de La Punta, distrito de Sapallanga, provincia de Huancayo, departamento de Junin. - Condormarca, ubicado en el Centro Poblado Menor de Yapacmarca, distrito de Ulcumayo, provincia de MORDAZA, departamento de Junin. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Departamental de Cultura - MORDAZA del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elaboracion de los Planos de Delimitacion de los precitados Sitios Arqueologicos con sus respectivas Fichas Tecnicas y Memorias Descriptivas. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de los Sitios Arqueologicos mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

Canete Canete

MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico del Instituto Nacional de Cultura la elaboracion de los Planos de Delimitacion de los Sitios Arqueologicos con sus respectivas Fichas Tecnicas y Memorias Descriptivas. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de los Sitios Arqueologicos mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 10506 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 304/INC MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2003

MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 10507

VISTO, el Acuerdo Nº 180 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 11 de fecha 24 de marzo de 2003; y, CONSIDERANDO:

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 305/INC MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2003

Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante Acuerdo Nº 180, de fecha 24 de marzo de 2003, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes Sitios Arqueologicos: - Chahuillo, ubicado en el Centro Poblado Menor de La Punta, distrito de Sapallanga, provincia de Huancayo, departamento de Junin. - Condormarca, ubicado en el Centro Poblado Menor de Yapacmarca, distrito de Ulcumayo, provincia de MORDAZA, departamento de Junin. Con las visaciones de la Direccion Ejecutiva, Direccion General de Patrimonio Arqueologico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 014-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, la Resolucion Directoral Nacional Nº 210-2003/INC que dispone la utilizacion de las deno-

VISTO, el Acuerdo Nº 188 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 12 de fecha 2 de MORDAZA de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante Acuerdo Nº 188, de fecha 2 de MORDAZA de 2003, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a las siguientes Zonas Arqueologicas:
Nombre Cocayalta 1 Cocayalta 2 Cocayalta 3 Distrito MORDAZA MORDAZA de Quives MORDAZA MORDAZA de Quives MORDAZA MORDAZA de Quives Provincia Canta Canta Canta Departamento MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Con las visaciones de la Direccion Ejecutiva, Direccion General de Patrimonio Arqueologico y la Gerencia Legal;

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