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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (06/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 46

PÆg. 245556 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de junio de 2003 nistración está facultada para incorporar el saldo pendiente de pago en el recibo de arbitrios del messiguiente. Artículo Segundo.- La Administración consigna- rá el saldo a que se refiere el artículo precedente bajoel rubro "Saldo de pago a cuenta de la Resolución de Determinación Nº........." en el monto que corresponda conforme a las normas tributarias, el que será calcu-lado a la fecha de vencimiento del pago mensual de arbitrios. Artículo Tercero.- En el caso que el contribuyente reclamase haber efectuado el pago de las deudas que figuren en la Resolución de Determinación, la Oficina deRentas registrará dicho pago previa acreditación del mismo con los documentos correspondientes. La Admi- nistración Tributaria efectuará la verificación posteriorrespectiva. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento del pre- sente dispositivo a la Oficina de Rentas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 10637 Prorrogan plazo para pago de arbitrios de limpieza pœblica, parques y jardi- nes y seguridad ciudadana corres- pondiente al mes de mayo de 2003 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2003-MDPP Puente Piedra, 26 de mayo del 2003 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política establece que las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local ycomo tales tienen autonomía económica y administrati-va en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ordenanza Nº 004-MDPP, de fe- cha 22-2-2003 se modificó los Artículos Sexto y Sép-timo de la Ordenanza Nº 000002-2000-MDPP en loque respecta a la periodicidad, determinación y venci-miento de la obligación de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Seguridad Ciu- dadana en el distrito; Que, a efectos de una mejor organización de las la- bores de la Administración Tributaria, teniendo en cuenta que está en proceso de implementación el sistema de cobro mensual de los arbitrios, por lo que es conve-niente prorrogar la fecha de pago correspondiente almes de mayo del año 2003; En concordancia a las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 47º de la Ley Nº 23853, Ley Orgáni-ca de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo para el pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública,Parques y Jardines Públicos y Seguridad Ciudadanacorrespondiente al mes de mayo del presente año hasta el 8-6-2003. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente dispositivo a la Oficina de Rentas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 10638MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Declaran procedente la regularización de Habilitación Urbana Ejecutada y acumulación de Æreas solicitada por la Constructora e Inmobiliaria FiladelfiaS.A. de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 422–2003-AL/MDSMP San Martín de Porres , 15 de mayo del 2003 VISTO el Expediente C-1443-2001 y acumulados or- ganizado por la Constructora e Inmobiliaria FHILADEL- FIA S.A. por el que solicita Regularización de Habilita- ción Urbana Ejecutada del Programa de Vivienda Urba-nización Filadelfia I Etapa, desarrollada en una área acu- mulada de 74,000.00 m2 de su propiedad, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, de la provincia y depar-tamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el expediente del exordio la Construc- tora e Inmobiliaria Filadelfia S.A. inscrita en la ficha 110049y continuada en la Partida Nº 00072672 del Registro Mercantil de la Oficina Registral de Lima, solicita la Re- gularización de Habilitación Urbana Ejecutada del Pro-grama de Vivienda Fhiladelfia I Etapa, con autorización expresa de los otros dos copropietarios, desarrollado sobre el terreno de 74,000.00 m2 y conformado por dosparcelas signadas con las Unidades Catastrales Nºs. 10223 y 10224 de 48,400.00 y 25,600.00 m2 respectiva- mente e inscritas ambas parcelas en las partidas Nºs.462244892 y 43740431 del Registro de la Propiedad In- mueble de Lima; Que la recurrente Constructora e Inmobiliaria Fila- delfia S.A., es propietaria del 94.711% de la Unidad Ca- tastral Nº 10223, y del 100% de la Unidad Catastral Nº 10224 haciendo un total de 71,440.00 m2. El resto de propietarios son: don César Augusto Fuku- jara Oshiro, de 3.305% de la Unidad Catastral Nº 10223 equivalente 1,600.00 m2 y doña Yolanda Virginia LeyvaRamírez del 1.984% de la Unidad Catastral Nº 10223 equivalente 960.00 m2; Que, la recurrente acompaña a su solicitud la autori- zación de los otros dos copropietarios que le facultan realizar los trámites de la habilitación urbana, lo cual obra a fojas 34 y 225 del expediente materia del presen-te procedimiento, de conformidad con el Art. 115º Inc. 1) de la Ley Nº 27444 y de conformidad con la Ley Nº 26878 de Habilitaciones Urbanas y su Texto ÚnicoOrdenado aprobado mediante D.S. Nº 011-98-MTC y la Ordenanza Nº 005-2000 - Texto Único de Procedimien- tos Administrativos, ha cumplido con presentar la docu-mentación correspondiente; Que, para viabilizar la petición de la recurrente es necesario acumular las parcelas con las unidades ca-tastrales Nºs. 10223 y 10224, de acuerdo al Plano de Acumulación que obra en autos; Que, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 005-2002, el recurrente ha cumplido en cancelar los derechos de trámite, de revisión de proyecto, de inspección ocular y de emisión de resolución por un total de S/.6,880.00 Nue-vos Soles, según consta en recibos de pago Nºs. 010066705; 10066706; 010066707 y 020176986; Que, la Comisión Técnica Dictaminadora y Califica- dora de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Dis- trital de San Martín de Porres, en su Sesión Nº 03-2002, Acuerdo Nº 09-2002 del 28 de agosto del 2002, otorgódictamen FAVORABLE a la solicitud de la Constructora e Inmobiliaria Filadelfia S.A.; Que, el artículo 31º de la Ley General del Deporte Nº 27159, publicada el 27-7-99, señala que en todo proyecto de habilitación y urbanización de tierras que se desarrollan en el país, se reserva obligatoriamente parainfraestructura deportiva no menos del 50% (cincuenta por ciento) del área destinada para parques. El regla-