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PÆg. 246181 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de junio de 2003 1. Formulario (Ficha Registral), el mismo que tiene el carácter de declaración jurada. 2. Para modificar de soltero a casado se debe presentar Declaración Jurada indicando lacondición de la misma.Para modificar de casado a divorciado se debe presentar copia certificada del Acta de Matrimonio Civil con la anotación marginal o textual de la sentencia de divorcio o disolución de vínculo matrimonial expedida por el Registro de Estado Civil.Para modificar de casado a viudo se debe presentar copia certificada del Acta deDefunción del cónyuge y del Acta de Matrimonio expedida por el Registro de Estado Civil.Para modificar de casado a soltero se debe presentar copia certificada del Acta de Matrimonio expedida por el Registro de Estado Civil con la anotación marginal de la sentencia consentida de nulidad o anulación del vínculo matrimonial.Rectificación: Gratuita Evaluación previa opera el Agencias RENIEC División de Dentro de los 15 días División de Dentro de los 15 día s Gerencia de Procesos Emisión del DNI: 0.807% UIT silencio administrativo Procesamiento hábiles posteriores a la Procesamiento hábiles posteriores aen territorio nacional y negativo, si transcurridos fecha en que la denegatoria la fecha en que la denega- extranjero 30 días, la entidad no emite es puesta en conocimiento toria es puesta en cono- pronunciamiento alguno. del solicitante de acuerdo cimiento del solicitante u al formulario, debiendo opera el silencio admi-sustentarse necesariamente nistrativo negativo. Es deen nueva prueba. Es de trámite gratuito. trámite gratuito.REQUISITOS DERECHOS CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DONDE SE DEPENDENCIA RECURSO DE RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE RESOLUCIÓN DEL ADMINISTRATIVOS INICIA EL PROCEDIMIENTO QUE APRUEBA EL RECONSIDERACIÓN RECURSO DE APELACIÓN RECURSO DE TRÁMITE RECONSIDERACIÓN APELACIÓN Civil con la anotación marginal de pronunciamiento judicial firme de la rectificación. UIT en territorio nacional y negativo, si fecha en que la denegatoria la fecha en que la 3. Pago de derechos administrativos extranjero. transcurridos 30 días, la es puesta en conocimiento denegatoria es puesta 4. Solamente para los ciudadanos que no tienen Documento Nacional de Identidad, una En caso de menores de entidad no emite del solicitante de acuerdo en conocimiento del fotografía que cumpla con los requisitos del anexo Nº1. Edad 0.6452% UIT al formulario, debiendo solicitante u opera el sustentarse necesariamente silencio administrativo Adicionalmente, en el caso de adopción de persona capaz se deberá cumplir con los re- en nueva prueba. Es de negativo. Es de quisitos del anexo Nº5. trámite gratuito trámite gratuito En caso de Menores de Edad: Original y copia simple del Documento de Identidad de laPersona que figura como declarante en el Documento Nacional de Identidad del Menor.Los reclamos sobre la emisión del DNI se aceptarán dentro de los 30 días calendario posteriores a su recepción Las personas bautizadas antes del 14 de noviembre de 1936, podrán sustentar la recti- ficación que se solicita con la correspondientePartida de Bautismo original certificada por el notario eclesiástico. c. RECTIFICACIÓN NOTARIAL: Procede cuando el solicitante ha obtenido la rectificación propuesta ante notario público dentro de su competencia. 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración jurada Rectificación: Gratuita Evaluación previa opera Agencias RENIE C División de Dentro de los 15 días División de Dentro de los 15 días Gerencia de 2. Copia certificada del Acta de Nacimiento original expedida por el Registro del Estado Emisión de DNI: 0.807% el silencio administrativo Procesamiento hábiles posteriores a la Procesamiento hábiles posteriores a Procesos Civil con la anotación marginal de la escritura pública correspondiente a la rectificación. UIT en territorio nacional y negativo , si fecha en que la denegatoria la fecha en que la 3. Pago de derechos administrativos extranjero. transcurridos 30 días, la es puesta en conocimiento denegatoria es puesta 4. Solamente para los ciudadanos que no tienen Documento Nacional de Identidad, una En caso de menores de entidad no emite del solicitante de acuerdo en conocimiento del fotografía que cumpla con los requisitos del anexo Nº 1 Edad 0.6452% UIT al formulario, debiendo solicitante u opera el En caso de Menores de Edad: Original y copia simple del Documento de Identidad de la sustentarse necesariamente silencio administrativo Persona que figura como declarante en el Documento Nacional de Identidad del Menor. en nueva prueba. Es de negativo. Es de Los reclamos sobre la emisión del DNI se aceptarán dentro de los 30 días calendario trámite gratuito trámite gratuito posteriores a su recepción Adicionalmente, en el caso de adopción de persona capaz se deberá cumplir conn los requisitos del anexo Nº5. Las personas bautizadas antes del 14 de noviembre de 1936, podrán sustentar la recti- ficación que se solicita con la correspondiente Partida de Bautismo original certificada por el notario eclesiástico. 11. RECTIFICACIÓN DEL NÚMERO DE INSCRIPCIÓN MILITAR: Este trámite procede por modificación del número o cambio de clase 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración jurada Gratuito Evaluación previa opera Agencias RENIEC División de Dentro de los 15 días División de Dentro de los 15 días Gerencia de 2. Original y copia simple de la Libreta Militar, en la que conste el nuevo número. el silencio administrativo Procesamiento hábil es posteriores a la Procesamiento hábiles posteriores a Procesos 3. Constancia de cambio de clase o de anulación de inscripción militar, de ser el caso. negativo, si fecha en que la denegatoria la fecha en que la 4. Solamente para los ciudadanos que no tienen Documento Nacional de Identidad, una transcurridos 30 días, la es puesta en conoci miento denegatoria es puesta fotografía que cumpla con los requisitos del anexo Nº1. entidad no emite del solicitante de acuerdo en conocimiento del al formulario, debiendo solicitante u opera el En el caso de cambio de clase, deberá presentar copia certificada del Acta de sustentarse necesariamente silencio administrativo Acta de Nacimiento expedida por el Registro del Estado Civil. en nueva prueba. Es de negativo. Es de trámite gratuito trámite gratuito 12. RECTIFICACIÓN DEL DATO DEL ESTADO CIVIL: Procede el trámite cuando el estado civil del titular de la inscripción se modifique por matrimonio, divorcio, fallecimiento d el cónyuge o anulación de matrimonio.