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PÆg. 246177 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de junio de 2003TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL REQUISITOS DERECHOS CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DONDE SE DEPENDENCIA RECURSO DE RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE RESOLUCIÓN DEL ADMINISTRATIVOS INICIA EL PROCEDIMIENTO QUE APRUEBA EL RECONSIDERACIÓN RECURSO DE APELACIÓN RECURSO DE TRÁMITE RECONSIDERACIÓN APELACIÓN a) Inscripción Ordinaria 1. Formulario (Ficha Registral), el mismo que tiene el carácter de Declaración Jurada.2. Original y copia simple de la Libreta Militar.3. Copia certificada del Acta de Nacimiento expedida por el Registro del Estado Civil. 4. Una fotografía actual que cumpla los requisitos del anexo Nº1. Para efectos del trámite, de inscripción regular, se presumirá la soltería de los solicitan-tes, salvo prueba en contrario. En tal caso, se deberá presentar la documentacióndetallada en el anexo Nº2.En lo relativo al domicilio, el solicitante debe acreditar la existencia de la direccióndeclarada en el formulario respectivo, con los documentos del anexo Nº3. Los grados de instrucción se acreditan de acuerdo a los requisitos del anexo Nº4. En el caso de adopción de personas capaces, se deberá cumplir con los requisitos delanexo Nº 5.Las personas bautizadas antes del 14 de noviembre de 1936, podrán sustentar la inscripción que sesolicita con original de la Partida de Bautismo certificada por el notario eclesiástico.Para los casos de personas mayores de edad, sólo se requerirá la libreta militar a las que se hallen en edad militar de acuerdo a ley. Cuando se presenta un Acta de Nacimiento originada en una inscripción extemporánea (Ley26497 Art. 49º - mayores de edad) se deberá presentar además los requisitos del anexo Nº 7.Los que se inscriben fuera de las fechas establecidas para la inscripción regular, deberánasumir el costo de los derechos administrativos ascendentes a 0.807% UITLos reclamos sobre la emisión del DNI se aceptarán dentro de los 30 días calendario posteriores a su recepción b) Inscripción del Menor de Edad: Para personas naturales Menores de Edad, entre 8 y 17 años, el trámite de inscripción en el Registro Único de Personas Naturales, asi como losprocedimientos subsecuentes sólo puede ser efectuado por un declarante, siendo éste el representante legal del menor. 1. Formulario (Ficha Registral), el mismo que tiene carácter de Declaración Jurada.2. Copia certificada del Acta de Nacimiento expedida por el Registro del Estado Civil.3. Original y copia simple del Documento de Identidad del declarante, quien acrediteválidamente su tenencia.4. Ficha Decadactilar 5. Pagos de Derechos Administrativos 6. Una fotografía actual que cumpla los requisitos del anexo Nº1.En lo relativo al domicilio, el declarante debe acreditar la existencia de la direccióndeclarada en el formulario respectivo, con los documentos del anexo Nº3.Los grados de instrucción se acreditan de acuerdo a los requisitos del anexo Nº4.Los reclamos sobre la emisión del DNI se aceptarán dentro de los 30 días calendario posteriores a su recepciónGratuito Evaluación previa opera Agencias RENIEC División de Dentro de los 15 días División de Dentro de los 15 días Gerencia de Procesos el silencio administrativo Procesamiento hábiles posteriores a la Procesamiento hábiles posteriores a lanegativo, si transcurridos fecha en que la denegatoria fecha en que la denegatoria30 días, la entidad no es puesta en conocimiento es puesta en conocimien- emite pronunciamiento del solicitante de acuerdo to del solicitante u operaalguno. al formulario, debiendo el silencio administrativo sustentarse necesariamente negativo. Es de trámite en nueva prueba. Es de gratuito. trámite gratuito. En el territorio nacional y en Evaluación previa Opera Agencias RENIEC División de Dentro de los 15 días División de Procesamiento De ntro de los 15 días Gerencia de Procesos el extranjero 0,6452 % UIT el silencio administrativo Procesamiento hábiles posteriores a la hábiles posteriores a la negativo, si transcurridos fecha en que la denegatoria fecha en que la denega-30 días, la entidad no emite es puesta en conocimiento toria es puesta en conoci-pronunciamiento alguno. del solicitante de acuerdo miento del solicitante u al formulario, debiendo opera el silencio adminis- sustentarse necesariamente trativo negativo. Es deen nueva prueba. Es de trámite gratuito. trámite gratuito. 1. Formulario (Ficha Registral), el mismo que tiene carácter de Declaración Jurada. 2. Original y copia simple de la Libreta Militar, sólo para aquellos que de acuerdo a ley seencuentran obligados a inscribirse en el registro militar. 3. Copia certificada del Título de Naturalización. 4. Una fotografía actual que cumpla los requisitos del anexo Nº1.En lo relativo al domicilio, el solicitante debe acreditar la existencia de la direccióndeclarada en el formulario respectivo, con los documentos del anexo Nº3.Los grados de instrucción se acreditan de acuerdo a los requisitos del anexo Nº4.Los reclamos sobre la emisión del DNI se aceptarán dentro de los 30 días calendario posteriores a su recepciónGratuito Evaluación previa opera el Agencias RENIEC División de Dentro de los 15 días División de Dentro de los 15 días Gerencia de Procesos silencio administrativo Procesamiento hábiles posteriores a la Procesamiento hábiles posteriores a lanegativo, si transcurridos fecha en que la denegatoria fecha en que la denega- 30 días, la entidad no emite es puesta en conocimiento toria es puesta en conoci- pronunciamiento alguno. del solicitante de acuerdo miento del solicitante u al formulario, debiendo opera el silencio admi-sustentarse necesariamente nistrativo negativo. Es deen nueva prueba. Es de trámite gratuito. trámite gratuito.ENTIDAD: REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL UNIDAD ORGÁNICA: DIVISIÓN DE PROCESAMIENTO - GERENCIA DE PROCESOS 1. INSCRIPCIÓN REGULAR: Para personas naturales mayores que cumplen 18 años de edad: a) Inscripción Ordinaria, dentro de los 90 días calendario poster iores a la fecha en que se adquiere la mayoría de edad o la última fecha que conste en la Libreta Militar. Para los que realice n trámites en una oficina registral en el extranjero, desde los 18 años hasta cumplir los 20 años de edad, b) Inscripción del Menor de Eda d. 2. INSCRIPCIÓN DE PERSONAS NATURALIZADAS PERUANAS O PERSONAS QUE HAN RECUPERADO LA NACIONALIDAD PERUANA: Por naturalizaciones y por recuperación de la nacionalidad. El trámite deberá realizarse dentro de los 90 días calendario post eriores a la última fecha que conste en la Libreta Militar, o en caso no estar obligado a inscribirse en el registro militar, a la del Título de Naturalizaci ón