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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (18/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 21

PÆg. 246175 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de junio de 2003 RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a don Alcides Uriel Gon- zales Flores, candidato no proclamado del Partido Apris- ta Peruano, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Huaylas, departamento de An- cash, para complementar el período de gobierno munici- pal 2003 - 2006, debiendo otorgársele la respectiva cre- dencial. Artículo Segundo.- Disponer que el representante de la Municipalidad Provincial de Huaylas cumpla con pre- sentar la tasa por derecho de trámite, previsto en el ítem 17 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías que se requiera para el cumplimiento de la presente resolución, bajo respon- sabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZÁVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA Secretario General 11390 RESOLUCIÓN Nº 134-2003-JNE Lima, 16 de junio de 2003 VISTO el Oficio Nº 246-2003-MDC-A recibido el 12 de junio del 2003, de don Alfredo García Frías, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Castilla, provincia y departamento de Piura, por el que comunica el fallecimiento de la Regi- dora María Luisa León Adrianzén; CONSIDERANDO: Que el Acta de Defunción Nº 00735998, certificada el 3 de junio del 2003, por la Jefa del Departamento de Registros Civiles y Estadística de la Municipalidad Dis- trital de Castilla, que obra a fojas 5, acredita que doña María Luisa León Adrianzén falleció el 1 de junio del 2003; Que en sesión extraordinaria de fecha 5 de junio del año 2003, el Concejo Distrital de Castilla acordó declarar la vacancia del cargo de Regidora de doña María Luisa León Adrianzén, expediéndose el Acuerdo Municipal Nº 003- 2003-CDC según consta a fojas 2 y 3, conforme lo prescri- be el artículo 23º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que el numeral 1) del artículo 22º de la acotada ley, dispone que el cargo de regidor se declara vacante por el concejo municipal por caso de muerte; siendo reemplaza- do por el suplente respectivo, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, correspondiendo la suplencia a doña Ana Adelaida de los Milagros Rodríguez Dieguez, según documentación remitida por el Jurado Elec- toral Especial de Piura; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a doña Ana Adelaida de los Milagros Rodríguez Dieguez, candidata no proclamada del Partido Aprista Peruano, para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Castilla, provincia y de- partamento de Piura, para complementar el período de gobierno municipal 2003 - 2006, debiendo otorgársele la respectiva credencial. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y po- liciales prestarán las garantías que se requiera para el cumplimiento de la presente resolución, bajo respon- sabilidad.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZÁVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA Secretario General 11391 Declaran nulidad de adjudicación direc- ta selectiva convocada para la "Adquisi- ción de materiales de procesamientoautomÆtico de datos y fotogrÆficos y fo-notØcnicas" RESOLUCIÓN Nº 135-2003-P/JNE Lima, 10 de junio de 2003 Visto el Informe Nº 073-2003-CEPADMC/JNE del Co- mité Especial Permanente de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantía de fecha 9 de junio de 2003, proponiendo nulidad de oficio en el Proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº ADS-002-2003-JNE - "Adquisición de Mate- riales de Procesamiento Automático de Datos y Fotográfi- cos y Fonotécnicos"; CONSIDERANDO: Que, con fecha 3 de junio del 2003, el Comité Especial Permanente de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuan- tía otorgó la buena pro en la Adjudicación Directa Selecti- va Nº ADS-002-2003-JNE, "Adquisición de Materiales de Procesamiento Automático de Datos y Fotográficos y Fo- notécnicos"; Que, como consta en el Oficio Nº 072-2003-CE- PADM/JNE de fecha 3 de junio del 2004, Jaguar Syste- ms Internacional S.A. fue descalificada por no haber presentado el documento relativo al plazo de entrega de los bienes ofertados, siendo que tal documento se encuentra en el folio 120 de su propuesta, por lo que el Comité Especial Permanente, aplicando los principios que rigen las adquisiciones y contrataciones del Esta- do, mencionados en el artículo 3º del Reglamento de la Ley, debe proceder a calificar la propuesta técnica del mencionado postor; Que, el artículo 26º del D.S. Nº 013-2001-PCM - Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, faculta al Titular del Pliego o máxima autoridad administrativa de la Entidad, a declarar de oficio la nulidad del proceso antes de la celebración del contrato, tal como sucede en el presente caso; De conformidad con los DD.SS. Nºs. 012 y 013-2001- PCM - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, en uso de las facultades conferidas a la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones por el Re- glamento de Organización y Funciones aprobado por Re- solución Nº 658-2002-JNE y con el visto de la Gerencia Legal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar de oficio la nulidad de la Adjudicación Directa Selectiva Nº ADS-002-2003-JNE por lo expuesto en los considerandos de la presente resolu- ción y retrotraer el proceso a la etapa de evaluación de propuestas. Artículo Tercero.- Disponer que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano, de conformi- dad a las normas legales vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Presidente (e) 11424