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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (18/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

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PÆg. 246188 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de junio de 20031. Haber suscrito un Convenio de Suministro de Información con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Para ello se debe cursar una solicitud dirigida a la Jefatura Nacional con carácter de declaración jurada, en la que se consigne la siguiente información:a. Nombre completo de la persona jurídica.b. Número de Registro Único de Contribuyentesc. Domicilio.d. Nombre y número de Documento Nacional de Identidad del representante legal. e. Justificación detallada de la necesidad de contar con el servicio en función del giro de la empresa.f. En caso de empresas, se deberá presentar copia legalizada del testimonio de la escriturapública de constitución de la persona jurídica, del nombramiento del representante legaly de las facultades de las que se encuentra premunido, con las correspondientes constancias de inscripción en los Registros Públicos, así como copia simple del compro- bante de información registrada ante la Superintendencia Nacional de AdministraciónTributaria y copia simple del Documento Nacional de Identidad del representante legal dela empresa. Los Notarios Públicos deberán presentar copia autenticada de la resoluciónde designación o nombramiento.2. Pago de Derechos Administrativos.Según escala Anexo Nº 9. Evaluación previa opera División de Desarrollo División de Desarrollo Dentro de los 15 días División de Des arrollo Dentro de los 15 días Gerencia de Tecnolo- gía el silencio administrativo hábiles posteriores a la hábiles posteriores a la de Información negativo, si transcurridos fecha en que la denegatoria fecha en que la denega- 30 días, la entidad no es puesta en conocimiento toria es puesta en cono- emite pronunciamiento del solicitante de acuerdo cimiento del solicitante ualguno. al formulario, debiendo opera el silencio adminis- sustentarse necesariamente trativo negativo. Es deen nueva prueba. Es de trámite gratuito. trámite gratuito. 1. Solicitud dirigida a la Sub-Jefatura Nacional precisando la información a la que desea acceder y el medio de reproducción. 2. Copia simple de documento de identidad del solicitante para persona natural u original del Poder en caso de persona jurídica.3. Declaración Jurada del solicitante comprometiéndose a cancelar el costo incurrido porla reproducción o copia de la información al momento de ponerse éste a su conocimiento.4. Pago de Derechos Administrativos.0.4 % de la UIT. Evaluación previa opera el Agencias RENIEC Sub-Jefatura Nacional Dentro de los 15 días Subjefatura Nacional Dentro d e los 15 días Jefatura Nacional Reproducción: silencio administrativo hábiles posteriores a la hábiles posteriores a la Copia fotostática por folio: negativo, si transcurridos fecha en que la denegatoria fecha en que la denega- 0.015 % U.I.T. 30 días, la entidad no emite es puesta en conocimiento toria es puesta en cono- Copia en unidad disquete: pronunciamiento alguno. del solicitante de acuerdo cimiento del solicitante u0.15 % U.I.T. al formulario, debiendo opera el silencio admi- sustentarse necesariamente nistrativo negativo. Esen nueva prueba. Es de de trámite gratuito. trámite gratuito. 1. Solicitud dirigida a la División de Actividades Electorales, la misma que tiene el carácter de declaración jurada. 2. Originales de las Listas de Adherentes a verificar, debidamente numerados (folio e item).3. La información requerida deberá presentarse en dos juegos de disquetes o CDs en formade base de datos tipo DBF y deberá usar lenguajes como FoxBase, FoxPro, DBase, etc.,cumpliendo estrictamente con las siguientes caracteristicas:NOMBRE DEL ARCHIVO : LIS_ADE.DBF Nombre Descripción Tipo Longitud NUM_PAG Número de página o folio Numérico 6 NUM_ITE Número de línea o ítem Numérico 2 NUM_ELE Documento de identidad Caracter 8 APE_PAT Apellido Paterno Caracter 40 APE_MAT Apellido Materno Caracter 40 NOM_ADE Nombres Caracter 35 La información contenida en los medios magnéticos deberá coincidir obligatoriamentecon la información proporcionada y digitada en mayúsculas.4. Pago de Derechos AdministrativosTasa por firma Evaluación previa opera División de Actividades División de Actividades Dentro de los 15 días División de Actividades Dentro de los 15 días Jefatura Nacional 0.0162% UIT. el silencio administrativo Electorales Electorales hábiles posteriores a la Electorales hábiles posteriores a la negativo, si transcurridos fecha en que la denegatoria fecha en que la denega- 30 días, la entidad no es puesta en conocimiento toria es puesta en cono- emite pronunciamiento del solicitante de acuerdo cimiento del solicitante ualguno. al formulario, debiendo opera el silencio adminis- sustentarse necesariamente trativo negativo. Es deen nueva prueba. Es de trámite gratuito. trámite gratuito.REQUISITOS DERECHOS CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DONDE SE DEPENDENCIA RECURSO DE RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE RESOLUCIÓN DEL ADMINISTRATIVOS INICIA EL PROCEDIMIENTO QUE APRUEBA EL RECONSIDERACIÓN RECURSO DE APELACIÓN RECURSO DE TRÁMITE RECONSIDERACIÓN APELACIÓN 37. CONSULTAS EN LÍNEA VÍA LÍNEA DEDICADA: Trámite mediante el que se suministra información sobre datos identificatorios de las personas naturales que aparecen inscrita s en el Registro Único de las Personas Naturales. ENTIDAD: REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL UNIDAD ORGÁNICA: SUB JEFATURA NACIONAL 38. ACCESO A INFORMACIÓN QUE POSEE O PRODUCE EL RENIEC: Acceso a información que posee o produce el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con excepción de aquella infor mación que afecte la intimidad personal y las excepciones previstas de la Ley Nº 27806 o por razones de seguridad nacional, así como por encontrarse el expediente administrativo en trámite o por carecer de la información solicitada. ENTIDAD: REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL UNIDAD ORGÁNICA: DIVISIÓN DE ACTIVIDADES ELECTORALES - JEFATURA NACIO NAL 39. VERIFICACIÓN DE FIRMAS DE ADHERENTES PARA SOLICITUD DE ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD: Trámite por el que se valida la identidad de la persona por su firma o, por excepción, su impresión dactilar contra la informa ción registrada en los archivos, en aquellos casos en los que la Ley dispone tal requisito.