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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (18/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 7

PÆg. 246161 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - IN- RENA en el Perú, es un Punto Focal de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación Mitigación de los efectos de la Sequía (UNDC), motivo porel cual participa en reuniones nacionales, regionales e in-ternacionales que convoca regularmente la Secretaría dela Convención en el Perú; Que, mediante Facsímil (SME-DDS) Nº 93, de fe- cha 13 de mayo de 2003, remitido al Dr. César Álvarez Falcón, Jefe del Instituto Nacional de Recursos Natura-les - INRENA, la Directora de Desarrollo Sostenible delMinisterio de Relaciones Exteriores, solicitó la designa-ción de un representante del Punto Focal Nacional paraparticipar en la "IX Reunión Regional en Desertificación y Sequía de los Países Partes de América Latina y El Caribe (ALC)", a llevarse a cabo en la ciudad de Bogo-tá, Colombia, del 18 al 21 de junio del presente año; Que, la Secretaría de la Convención de Lucha contra la Desertificación, subvencionará los pasajes y viáticos co-rrespondientes por el período de la reunión, de acuerdo a lo expresado en el documento de invitación del 12 de mayo de 2003; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del Dr. César Álvarez Falcón, Jefe de INRENA para que encalidad de representante del Instituto Nacional de Recur-sos Naturales - INRENA participe en la reunión antes men- cionada; y, De conformidad a la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, aprobada por Decreto Ley Nº 25902, Ley Nº27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y ResoluciónDirectoral Nº 005-2003-EF/76.01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 17 al 21 de junio de 2003, del Dr. César Álvarez Falcón, Jefe de INRENA paraparticipar en la "IX Reunión Regional en Desertificación ySequía de los países Partes de América Latina y El Caribe (ALC)", a llevarse a cabo en la ciudad de Bogotá, Colom- bia. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial, no ocasionarán des-embolso alguno al Tesoro Público, ya que serán sufraga-dos por la Secretaría de la Convención de Lucha contra la Desertificación - CCD. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Encargar las funciones de la Jefatura de INRENA al Econ. Félix Rivera Lecaros, Gerente General de INRENA del 17 al 21 de junio de 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 11432 Autorizan viaje de funcionario del INIA a EE.UU. para participar en la "Confe- rencia Ministerial y Exposición sobreCiencia y Tecnología Agrícola" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0532-2003-AG Lima, 17 de junio de 2003 VISTO: El Oficio Nº 449-2003-INIA-DE/ORII del Director Eje- cutivo del Instituto Nacional de Investigación Agraria -INIA; CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Sacramento, California, Estados Unidos de América se desarrollará del 23 al 25 de junio de2003, la "Conferencia Ministerial y Exposición sobre Cien-cia y Tecnología Agrícola", en la cual participará el Direc-tor Ejecutivo del Instituto Nacional de Investigación Agra-ria - INIA, de acuerdo al Oficio Nº 445-2003-INIA-DE del 13 de junio de 2003; Que, asimismo, a fin de realizar coordinaciones de co- operación con la Universidad de Colorado, el Director Eje- cutivo del INIA se trasladará de California a la ciudad de Colorado del 26 al 27 de junio de 2003; Que, en consecuencia debe autorizarse el viaje del Dr. Carlos Antonio Salas Vinatea, Director Ejecutivo del INIA,para participar en la conferencia precitada y llevar a cabolas coordinaciones mencionadas en el considerando pre- cedente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 047-2002-PCM, Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Dr. Carlos Antonio Salas Vinatea, Director Ejecutivo del Instituto Nacional deInvestigación Agraria - INIA, del 21 al 28 de junio de 2003,para que participe en la "Conferencia Ministerial y Exposi- ción sobre Ciencia y Tecnología Agrícola", a realizarse en la ciudad Sacramento, California; y su traslado a la ciudadde Colorado, Estados Unidos de América, para la reali-zación de las coordinaciones mencionadas en la parte con-siderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande la presente Re- solución, serán cubiertos de la siguiente manera: · El Pliego 163: Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA, Recursos Ordinarios del Ejercicio Presu-puestal 2003, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 1,228.42 - Viáticos (4 días) US$ 880.00 - Tarifa Corpac US$ 28.00 · Los viáticos del 26 al 28 de junio y los pasajes al interior de la ciudad de Colorado serán cubiertos por la Universidad de Colorado. Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros cualquierafuera su clase o denominación. Artículo 4º.- El Director Ejecutivo del INIA dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país, debe- rá presentar al Despacho Ministerial un informe sobre elresultado de su participación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 11431 Aprueban Calendario de Caza Deportiva de Especies de Fauna Silvestre RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0533-2003-AG Lima, 17 de junio de 2003 VISTO:El Informe Nº 005A-2003-IFFS-DCB, de fecha 12 de enero del 2003, sobre el Calendario de Caza Deportiva de Especies de Fauna Silvestre; CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.4 del artículo 3º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece que el Insti-tuto Nacional de Recursos Naturales - INRENA es el órga- no encargado de la gestión y administración de los recur- sos forestales y de fauna silvestre a nivel nacional; Que, el numeral 3 del artículo 21º de la mencionada ley, establece que los calendarios de caza deportiva sonaprobados por resolución ministerial del Ministerio de Agri-cultura; Que, el artículo 250º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº014-2001-AG, establece que los calendarios regionales de