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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (18/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

PÆg. 246162 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de junio de 2003 caza deportiva señalan los ámbitos geográficos donde se permite la caza, las características de las armas permiti-das, las especies de fauna silvestre permitidas en cadaámbito geográfico, las épocas de caza, el número de espe- címenes por sexo y clase, así como el costo de las auto- rizaciones; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Or- gánica del Ministerio de Agricultura y la Ley Nº 27308 - LeyForestal y de Fauna Silvestre; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Calendario de Caza Deportiva de Especies de Fauna Silvestre de acuerdo al anexo ad-junto que forma parte de la presente resolución, el cualtendrá vigencia de un año, contado a partir del día siguien- te de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- Para la práctica de la caza deportiva se requiere contar previamente con la licencia y autorizaciónrespectivas, otorgadas por el Instituto Nacional de Recur-sos Naturales (INRENA). Asimismo, el transporte de losespecímenes cazados deberá realizarse bajo el amparo del documento oficial correspondiente expedido por dicha institución. Artículo 3º.- Las áreas naturales protegidas, las lomas costeras, zonas reservadas de todos los sectores, islas ypuntas guaneras, así como el lago Titicaca y su zona cir-cunlacustre, no están incluidos en el ámbito geográfico establecido en el presente calendario de caza deportiva. Asimismo, no se podrá realizar dicha caza en tierras depropiedad privada, a excepción del Fundo Granja Porcón de la Cooperativa Agraria Atahualpa Jerusalén del depar-tamento de Cajamarca, en tierras otorgadas en concesión,en tierras de los pueblos indígenas, salvo el expreso con- sentimiento previo de los titulares correspondientes, ni donde la autoridad municipal lo disponga explícitamente. Artículo 4º.- El pago por los derechos de aprovecha- miento de ejemplares de fauna silvestre de las especiesincluidas en el presente calendario, deberá ser depositadoen la Cuenta Corriente Nº 0000282502 del Banco de la Nación, código de recaudación por teleproceso Nº 426 (Fau- na Silvestre), a nombre del Instituto Nacional de RecursosNaturales-INRENA. El monto recaudado será destinado ala ejecución de evaluaciones poblacionales de fauna sil-vestre y acciones de administración y control que conllevela operación del calendario de caza deportiva. Artículo 5º.- Las Administraciones Técnicas Foresta- les y de Fauna Silvestre quedan encargadas del control ysupervisión de la caza, transporte y/o exportación de losespecímenes de fauna silvestre autorizados en la presen-te resolución ministerial, en el ámbito de sus respectivascompetencias. Artículo 6º.- Transcríbase la presente resolución al IN- RENA y a la Policía de Carreteras de la Policía Nacionaldel Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura ANEXO: CALENDARIO DE CAZA DEPORTIVA 2003 Nombre común Especie Familia Época de caza Zona Cuota/cazador/ Cantidad Pago por día máxima Nº de ejemplar Español Inglés máxima ejemplares (S/.) Perdiz serrana Andean Tinamou Nothoprocta pentlandii Tinamidae Agosto-Diciembre Sierra 20 1000 3.00 Pato gargantillo White-Cheecked Pintail Anas bahamensis Anatidae Octubre-Marzo Costa 20 1000 6.00 Pato acanelado Cinammon Teal Anas cyanoptera Anatidae Octubre-Marzo Costa 20 2000 6.00 Abril-Diciembre Sierra 20 2000 6.00 Pato sutro Speckled Teal Anas flavirostris Anatidae Abril-Diciembre Sierra 20 2000 6.00 Pato jerga Y ellowbilled Teal Anas georgica Anatidae Abril-Diciembre Sierra 20 2000 6.00 Octubre-Marzo Costa 20 2000 6.00 Pato puna Silver Teal Anas versicolor Anatidae Abril-Diciembre Sierra 20 2000 6.00 Pato media luna Blue-wined Teal Anas discors Anatidae Octubre-Marzo Costa 20 2000 6.00 Pato serrano o real Crested Duck Anas specularioides Anatidae Abril-Diciembre Sierra 20 2000 6.00 Pato arrocero Comb Duck Sarkidiornis melanotos Anatidae Octubre-Marzo Costa norte 20 2000 6.00 Pato rana Andean Duck Oxyura ferruginea Anatidae Abril-Diciembre Costa/Sierra 20 2000 6.00 Huallata Andean Goose Chloephaga melanoptera Anatidae Abril-Diciembre Sierra 10 2000 6.00 Torcaza Band Tailed pigeon Columba fasciata Columbidae Enero-Diciembre Costa/Sierra 25 4000 1.00 Paloma ceniza Spot-winged pigeon Columba maculosa Columbidae Enero-Diciembre Costa/Sierra 25 4000 1.00 Cuculí Pacific dove Zenaida meloda Columbidae Enero-Diciembre Costa/Sierra 25 4000 1.00 Madrugadora Eared dove Zenaida auriculata Columbidae Enero-Diciembre Costa/Sierra 25 4000 1.00 Venado gris** White-tailed dear Odocoileus virginianus Cervidae Abril-Diciembre Costa norte 1 150 120.00 Abril-Diciembre Sierra 1 120 120.00 Julio-Noviembre Fundo Granja Porcón 2 120 120.00 Vizcacha Vizcacha Lagidium peruanum Chinchillidae Abril-Diciembre Sierra 5 1000 10.00 * Sólo se pueden cazar ejemplares adultos ** Sólo machos (+ de 4 Puntas) Áreas vedadas: *Todas las Areas Naturales Protegidas del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) *Lomas costeras.*Lago Titicaca y su zona circunlacustre.*Zonas Reservadas (de todos los sectores).*Islas y Puntas Guaneras.*Tierras de: propiedad privada, a excepción del Fundo Granja Porcón de la Cooperativa Agraria Atahualpa Jerusalen, otorgadas en concesión y pueblos indígenas, salvo el expreso consentimiento previo de los titulares correspondientes.*Donde la autoridad municipal lo disponga explícitamente. Armas vedadas: *Armas y munición de guerra (balas de carabina de punta sólida). *Calibre .22 (sólo autorizado para vizcachas). Métodos vedados: *Cacería desde vehículos. *Cacería nocturna.*Cacería con trampas Cacería con perros: *El cazador se hace responsable por eventuales daños causados por su perro 11438AVES * MAMIFEROS*