Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2003 (25/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 25 de junio de 2003

nismo que permitiese estabilizar las fluctuaciones de los precios internacionales de algunos productos agropecuarios incluidos en este Sistema, mediante la aplicacion de derechos variables adicionales y rebajas arancelarias determinados en funcion de Tablas Aduaneras; Que, por Decreto Supremo N° 153-2002-EF de fecha 26 de setiembre del 2002, se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF y la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 1532002-EF tendrian vigencia hasta el 30 de junio del 2003; Que, dada la dificil coyuntura nacional por la que atraviesa la produccion de los bienes agricolas bajo el Sistema de Franjas de Precios es necesario prorrogar la vigencia de las Tablas Aduaneras hasta el 30 de junio del 2004; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25896; DECRETA: Articulo 1º.- Las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos, aprobadas por el Decreto Supremo N° 001-2002EF y la Tabla Aduanera del Azucar a que se refiere el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 153-2002-EF tendran vigencia hasta el 30 de junio del 2004. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de junio del ano dos mil tres MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 11900

sos que hayan recibido al 30 de junio del ano fiscal 2003, bajo responsabilidad del titular de la entidad u organo de control correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 27881. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General de Credito Publico (e)
CRONOGRAMA DE CONCILIACIONES DE LOS INGRESOS POR ENDEUDAMIENTO INTERNO Y EXTERNO CON GARANTIA DEL GOBIERNO CENTRAL AL 30-6-2003
DIAS
11-07-2003 11-07-2003 11-07-2003 11-07-2003 14-07-2003 14-07-2003 15-07-2003 15-07-2003 16-07-2003 16-07-2003 17-07-2003 18-07-2003 21-07-2003 22-07-2003 23-07-2003 23-07-2003 24-07-2003 25-07-2003 PODER JUDICIAL MINISTERIO DE JUSTICIA MINISTERIO DE SALUD MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES MINISTERIO DE EDUCACION MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS PODER LEGISLATIVO MINISTERIO DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL GOBIERNO REGIONAL (PLAN MERISS) MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

SECTORES

11881

Convocan a entidades que manejan operaciones de Endeudamiento para conciliar desembolsos recibidos al 30 de junio de 2003
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 08-2003-EF/75.01 MORDAZA, 23 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27881 de fecha 13 de diciembre de 2002, se aprobo la Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el ano fiscal 2003; Que, el Articulo 8º de la Ley Nº 27881, establece que las entidades u organos que administran operaciones de endeudamiento estan obligadas a conciliar semestralmente con la Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, los desembolsos que reciban al 30 de junio del ano fiscal 2003, estableciendose como MORDAZA el 31 de MORDAZA del ano fiscal 2003, bajo responsabilidad del Titular de la entidad u organo correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27881; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Convocar, segun cronograma que forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral, a las entidades que manejan operaciones de Endeudamiento, para conciliar con la Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, los desembol-

Establecen terminos y condiciones de la MORDAZA emision de Letras del Tesoro Publico en el MORDAZA del D.U. Nº 010-2003
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 032-2003-EF/77.17 MORDAZA, 24 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2003 se autorizo al Ministerio de Economia y Finanzas para que a traves de la Direccion General del Tesoro Publico emita Letras del Tesoro Publico, como instrumentos de inversion de corto plazo, con plazos de vencimiento menores o iguales a un ano; Que, conforme a lo dispuesto por el Articulo 3º del citado Decreto de Urgencia las condiciones generales de la emision y el monto de las mismas, seran aprobados por Resolucion Directoral de la Direccion General del Tesoro Publico; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2003; SE RESUELVE: Articulo Unico.- La MORDAZA emision de Letras del Tesoro Publico en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 010-2003 sera en los terminos y condiciones siguientes:
Emisor Denominacion Moneda de emision Valor nominal : La Republica del Peru : Letras del Tesoro Publico : Nuevos Soles : S/. 100 000,00 (Cien mil nuevos soles)

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