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PÆg. 246598 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de junio de 2003 - Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. - Decreto de Urgencia Nº 088-2001 - Establecen dispo- siciones aplicables a los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo de las entidades públi-cas. - Decreto Supremo Nº 022-2002-PCM - Establecen que los Estados Financieros de los CAFAE podrán ser audita-dos por los Órganos de Control de las Entidades Estatales a las que correspondan. - Normas de Auditoría Gubernamental – NAGU, apro- badas por Resolución de Contraloría Nº 162-95-CG y sus modificatorias. - Manual de Auditoría Gubernamental, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 152-98-CG y sus modificato- rias. - Normas Técnicas de Control Interno, aprobadas por Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG y sus modificato- rias. - Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140- 2003-CG. - Directiva Nº 002-2002-EF/93.10 - Lineamientos para la preparación y presentación de Información Financiera por los Comités de Administración de los Fondos de Asis- tencia y Estímulo – CAFAE, aprobada por Resolución deContaduría Nº 155-2002-EF/93.10. - Directivas emitidas por los entes rectores de los Sis- temas de Administración Pública, que regulen o limiten elmanejo presupuestario de las entidades del Sector. IV. DISPOSICIONES GENERALES 4.1 Obligatoriedad de la Auditoría a la Información Financiera. La Contraloría General de la República, los Órganos de Control Institucional y/o las Sociedades de Auditoría de-signadas, deberán efectuar anualmente la Auditoría a la Información Financiera, conforme a los objetivos estable- cidos en esta Directiva y según lo dispuesto por las Nor-mas de Auditoría Gubernamental. 4.2 Objetivo. Opinar sobre la razonabilidad de la información finan- ciera preparada por el Comité de Administración de losFondos de Asistencia y Estímulo – CAFAE, para ser reve- lada en la Cuenta General de la República. 4.3 Objetivos Específicos. 1. Determinar si los estados financieros preparados por el Comité de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo – CAFAE, presentan razonablemente su situa- ción financiera. 2. Determinar si las transferencias de recursos públi- cos efectuadas al Comité de Administración de los Fon- dos de Asistencia y Estímulo – CAFAE, así como lospagos realizados a los trabajadores por concepto de in- centivos y estímulos, se han realizado de acuerdo a la normativa vigente, la cual se indicará en una nota a losestados financieros denominada “Transferencias y Des- embolsos a Trabajadores”. 4.4 Criterios Técnicos. 1. El enfoque de la Auditoría a la Información Financie- ra, se realizará siguiendo los lineamientos establecidos en las Normas de Auditoría Gubernamental (NAGU), el Ma- nual de Auditoría Gubernamental y demás disposicionesde control gubernamental. 2. Los informes de Auditoría a la Información Financie- ra, serán presentados a la Contraloría General de la Repú-blica y a la Contaduría Pública de la Nación por los Órga- nos de Control Institucional o Sociedades de Auditoría de- signadas hasta el 15 de julio del ejercicio siguiente al añofiscal auditado.4.5 Responsabilidad Los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades que tienen Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo – CAFAE, que recibanrecursos públicos, así como las Sociedades de Auditoría designadas, son responsables de la correcta aplicación de la presente directiva, así como de la remisión oportuna delos respectivos Informes de Auditoría a la Información Fi- nanciera a este Organismo Superior de Control y a la Con- taduría Pública de la Nación, en el plazo señalado. V. DISPOSICIONES FINALES 1. La Contraloría General de la República dispondrá las acciones y sanciones administrativas que resulten aplicables a los Órganos de Control Institucional y Sociedades de Audi-toría, omisas a la presentación del indicado informe. 2. El proceso de la auditoría financiera se encuentra establecido en el Manual de Auditoría Gubernamental enla Parte II “Auditoría Financiera” en los Capítulos IV, V, VI, y VII. 3. Las respectivas unidades orgánicas de línea de la Contraloría General de la República, revisarán la consis- tencia, así como evaluarán e ingresarán al Sistema de Auditoría Gubernamental – SAGU los citados Informes deAuditoría. 11864 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 183-2003-CG Mediante Oficio Nº 331-2003-CG/SG, la Contraloría General de la República solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución de Contraloría Nº 183-2003-CG, publica- da en nuestra edición del 15 de junio de 2003, en la página 246047: DICE: "... Nakasome Arroyo ..." DEBE DECIR:"... Nakasone Arroyo ..." Parte Resolutiva DICE:"... separación definitiva del señor CPC Nicolás Naka- some Arroyo, ..." DEBE DECIR: "... separación definitiva, por renuncia, del señor CPC Nicolás Nakasone Arroyo, ..." 11780 J N E Acreditan a la Asociación Civil Transpa- rencia como institución facultada parapresentar observadores en el proceso deElecciones Municipales Complementariasdel aæo 2003 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCIÓN Nº 135-2003-JNE Expediente Nº 731-2003