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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (27/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

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PÆg. 246797 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de junio de 2003 En ningún caso la suspensión del anticipo adicional surtirá efectos con anterioridad a la fecha de pago de la cuota delmes de agosto. La suspensión será aplicable para las cuotas cuyo ven- cimiento se produzca a partir del día hábil siguiente al pla-zo indicado en el primer párrafo o de la fecha de notifica- ción de la resolución mediante la cual SUNAT declara la procedencia de la solicitud. La suspensión no será aplica-ble a las cuotas correspondientes a periodos tributariosvencidos. Artículo 9º.- Reinicio de pago de las cuotas suspen- didas Los contribuyentes a los que se les hubiere autorizado la Suspensión del pago de las cuotas del Anticipo podránreiniciar el pago de las cuotas suspendidas a través de laBoleta de Pago 1252, 1052, 1062 ó a través del Sistemade Pago Fácil - F. 1662, consignando el período tributario correspondiente al mes del reinicio. Artículo 10º.- De los Registros Contables Los Estados Financieros que sustenten la suspensión deberán ser anotados en el Libro de Inventarios y Balan-ces a valores históricos. Las actualizaciones por efecto de la inflación se efectuarán extra contablemente. Dentro del concepto de ingresos netos gravables no deberá incluirse el saldo de la cuenta "Resultado por Ex-posición a la Inflación" - REI. Artículo 11º.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia el 1 de julio de 2003. DISPOSICIÓN FINAL Única.- Aprúebase el Formulario Virtual Nº 647, a ser utilizado para solicitar la suspensión del pago de las cuo-tas del Anticipo. 12031 SUNARP Ratifican designación de representan- tes de la SUNARP ante el Consejo Consultivo de la Zona Registral N” XI - Sede Ica RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 306-2003-SUNARP/SN Lima, 25 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26366 se creó el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la SuperintendenciaNacional de los Registros Públicos - SUNARP, como unorganismo descentralizado autónomo y ente rector del Sis-tema; Que, por Resolución Nº 063-2002-SUNARP/SN, de fe- cha 19 de febrero de 2002, se constituyó el Consejo Con-sultivo de la Oficina Registral Los Libertadores Wari, hoyZona Registral Nº XI- Sede Ica, disponiéndose que el man-dato de sus miembros será de un año, pudiendo ser reno-vado por un período similar; Que, mediante Resolución Nº 233-2002-SUNARP/SN, de fecha 11 de junio de 2002, se designó como represen-tantes de la SUNARP ante el referido Consejo Consultivo,al señor doctor Armando Buendía Navea y, al señor arqui-tecto Wilfredo Andrade Yp; Que, habiendo transcurrido el plazo de vigencia del mandato de los miembros del Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº XI - Sede Ica, es conveniente ratificar ladesignación de los representantes de la SUNARP ante él; De conformidad con lo dispuesto en el literal v) del Ar- tículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolu-ción Suprema Nº 135-2002-JUS;SE RESUELVE: Artículo Único.- Ratificar la designación del señor doc- tor Armando Buendía Navea y, del señor arquitecto Wilfre-do Andrade Yp, como representantes de la SUNARP anteel Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº XI - Sede Ica por el período de un año. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos 12019 Designan representante de la SUNARP ante la Comisión Provincial de Formali-zación de la Propiedad Informal de laMunicipalidad Provincial de Chiclayo RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 309-2003-SUNARP/SN Lima, 25 de junio de 2003 VISTO: Mediante Oficio Nº 899-2003/Z.R Nº II-JEF, la Jefatura de la Zona Registral Nº II- Sede Chiclayo, propone la de-signación del señor abogado Luis Noya Rivero, como Re- presentante de la Superintendencia Nacional de los Regis- tros Públicos ante la Comisión Provincial de Formaliza-ción de la Propiedad Informal de la Municipalidad Provincialde Chiclayo; CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley Nº 27755, se creó el Registro de Predios a cargo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, incorporándose el Registro Predial Ur- bano a la SUNARP como órgano desconcentrado de com-petencia nacional, con autonomía registral, económica yadministrativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-JUS, se crearon las Comisiones Provinciales de Formaliza-ción de la Propiedad Informal, encargadas de planificar,organizar, coordinar y ejecutar las labores propias delproceso de Formalización de la Propiedad Informal a ni- vel nacional; Que, conforme al artículo 3º del Decreto Supremo se- ñalado en el párrafo precedente, las Comisiones Provin- ciales de Formalización de la Propiedad Informal, estarán integradas por representantes de la Municipalidad Provin-cial, de la Comisión de Formalización de la Propiedad In-formal - COFOPRI, de la Superintendencia Nacional de losRegistros Públicos - SUNARP y del Registro Predial Urba-no - RPU, entre otros; Que, mediante Resolución del Superintendente Nacio- nal de los Registros Públicos Nº 242-2001-SUNARP/SN,de fecha 19 de setiembre del 2001, se designó como re- presentante de la SUNARP ante la Comisión Provincial de Formalización de la Propiedad Informal de la Municipali-dad Provincial de Chiclayo, al señor abogado Alfredo San-ta Cruz Vera; Que, a la fecha se ha considerado conveniente cam- biar de representante ante la Comisión en mención; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 005-2001- JUS, que crea las Comisiones Provinciales de Formaliza-ción de la Propiedad Informal y el literal v) del artículo 7ºdel Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Su-prema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al señor abogado Luis Noya Rivero, Jefe de la Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo