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PÆg. 246782 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viajese otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sec-tor, debiendo publicarse dichas resoluciones en el DiarioOficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepciónde las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en suartículo 14º establece que los inspectores debidamenteidentificados a que refiere la Ley son competentes, según su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividadesde aeronáutica civil; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Ordende Inspección Nº 933-2003-MTC/12.04 señalando queel Inspector Javier Calmell del Solar Varisco, realizaráchequeos en simulador de vuelo del equipo Boeing 737 al personal aeronáutico propuesto por la empresa TANS PERU, en la ciudad de Denver, Estados Unidos de Amé-rica, durante los días 27 de junio al 1 de julio de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil paraque, en cumplimiento de las funciones que le asigna la LeyNº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos ensimulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspec- ción Nº 933-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Javier Calmell del Solar Varisco, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, a la ciudad de Denver, Estados Unidos de Amé-rica, durante los días 27 de junio al 1 de julio de 2003, paralos fines a que se contrae la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo alsiguiente detalle: Viáticos US$ 1,100.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artícu- lo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Ins-pector mencionado en el Artículo 1º de la presente Re- solución Ministerial, dentro de los quince (15) días ca- lendario siguientes de efectuado el viaje, deberá pre-sentar un informe detallado describiendo las accionesrealizadas y los resultados obtenidos durante el viajeautorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 12079PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Sancionan con destitución a servidor por su actuación como Secretario delPrimer Juzgado de Paz Letrado de AteVitarte, Distrito Judicial de Lima INVESTIGACIÓN OCMA Nº 429-2001-LIMA Lima, seis de junio del dos mil tresVISTO: El expediente administrativo que contiene la in- vestigación número cuatrocientos veintinueve guión dos mil uno guión Lima, por los fundamentos de la resolución de fo- jas ciento siete a ciento ocho, su fecha dos de setiembre del dos mil dos; oído el informe oral; y, CONSIDERANDO: Pri- mero: Que, mediante resolución expedida por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial de fecha dos de setiembre del dos mil dos, se propone la desti-tución de don Miguel Eduardo Moscol Delgado, por su actua- ción como Secretario del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ate Vitarte, Distrito Judicial de Lima; atribuyéndosele habersostenido conversación telefónica con una litigante en la cual conviene la entrega de la suma de doscientos nuevos soles para favorecerla en un proceso judicial de obligación de darsuma de dinero, que se tramitaba ante el Juzgado donde se desempeñaba como secretario; Segundo: Que, de fojas uno a nueve obran las transcripciones de la cinta magnetofónicaque agregada corre en los presentes actuados, en las que se pueden apreciar tres llamadas realizadas a la casa de don Henry Morales Gonzáles para Miguel Eduardo Moscol Delga-do, en las que conviene con una litigante no identificada en el pago de doscientos nuevos soles, por declarar la improceden- cia de una demanda de obligación de dar suma de dinero,haciendo referencia a que sólo había recibido la suma de veinte nuevos soles, quedando saldo de ciento ochenta nue- vos soles; Tercero: Que, de fojas ochentiocho a noventitrés aparece la declaración de don Miguel Eduardo Moscol Delga- do en la que reconoce su voz grabada en la mencionada cinta magnetofónica, argumentando como defensa que al habersido sorprendido por la llamada realizada a la casa de su amigo Henry Morales continuó la conversación con el fin de saber de que se trataba, argumento defensivo que quedadescartado al haber existido un intervalo de diez minutos entre la segunda y tercera llamada en la cual el mismo pacta los términos de la entrega del dinero; además identifica plena-mente a la litigante, concluyendo que se encontraba arrepen- tido; por lo que dada la gravedad de los hechos y habiéndose encontrado acreditada la conducta irregular del servidor in-vestigado, que menoscaba el decoro y la respetabilidad del cargo y que afecta significativamente la imagen institucional del Poder Judicial, corresponde aplicar la medida disciplinariade destitución prevista en el artículo doscientos once del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,en uso de las atribuciones conferidas por el inciso treintiuno del artículo ochentidós concordado con los artículos ciento seis y doscientos dos de la referida Ley Orgánica, de confor-midad con el informe del señor consejero Carlos E. Alva An- gulo, sin la intervención del señor consejero Wálter Vásquez Vejarano por encontrarse de licencia, en sesión ordinaria dela fecha, por unanimidad RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de DESTITUCIÓN a don Miguel Eduardo Moscol Delgado, por su actuación como Secretario del Primer Juzga- do de Paz Letrado de Ate Vitarte, Distrito Judicial de Lima. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.HUGO SIVINA HURTADOJORGE B. CALDERÓN CASTILLOCARLOS E. ALVA ANGULOBENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 12033