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PÆg. 240082 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de marzo de 2003 VISTO: El pedido Miguel Ángel Testino Coz y cónyu- ge Itala Luna Flores de Testino, sobre Aprobación de Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, del terreno de su propiedad con 503.01 m², constituido por el Sublote9-A que formó parte del Lote 9-C, de la Mz. “A” de la Parcelación Semirrústica “El Derby de Monterrico”, ubi- cado con frente a la Av. El Derby, esquina con la calleLos Aymaras, distrito de Santiago de Surco; y; CONSIDERANDO:Que, la Subdirección de Obras Privadas emite el Informe N° 548-2002-SDOPRIV-DDU (fs.61 a 63) se-ñalando que los administrados han cumplido con acom- pañar los documentos establecidos para el presente procedimiento en el TUPA, que el terreno de 503.01 m².calificado para Uso Residencial de Media Densidad R- 4 en el Plano de Zonificación Distrital N° PZD 001-98- MSS y como consta en el Certificado de Zonificación yVías N° 071-2002-DDU/MSS de fecha 28.10.2002 (fs. 16 a 18) y respecto a los aportes reglamentarios en atención a que las áreas de aportes están por debajode las áreas normativas mínimas correspondientes a tales equipamientos, los administrados solicitan su re- dención en dinero. Efectuada la inspección ocular seha verificado que es un predio de topografía plana don- de existe una vivienda construida, la misma que de acuerdo a la copia certificada de la Partida N° 44785250del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima ya exis- tía en el año 1981 (folio 29). En cuanto a la vialidad, el predio está ubicado en la esquina formada por la Av. ElDerby y la calle Los Aymaras. La Av. El Derby tiene actualmente una sección transversal de 25.83 m. y tomando la medida desde el eje del separador centralhasta el límite de propiedad se tiene 12.65 m. La sec- ción normativa del Certificado de Zonificación y Vías es de 27.00 m., por consiguiente faltan 0.85 m. que es ladistancia que debe ceder el predio del recurso para obtener la sección normativa de esta vía colectora del Sistema Vial Metropolitano, aprobado por OrdenanzaN° 341-MML del 13.8.2001. La calle Los Aymaras tiene en la actualidad sección que varía entre 12.25. m. y 12.05 m. que es mayor que la sección normativa de12.00 que obra en el Certificado de Zonificación y Vías. Finalmente agrega que los recurrentes deben ejecutar las veredas de 2.40 m. de ancho en la Av. El Derby y de1.20 m. en la calle Los Aymaras, además deberán acon- dicionar las bermas de estacionamiento en ambas vías; Que, la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas emite Dictamen Favorable, de fecha 10.12.2002, acor- dando que los Aportes Reglamentarios se redimirán en dinero (fs. 64 a 66); Estando a la normatividad contenida en la Ordenan- za N° 09-99-MSS, Ley N° 26878, Decreto Supremo N° 011-98-MTC y Ley N° 27444 de Procedimiento Adminis-trativo General; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR de conformidad con los Planos signados con el N° 133.01-2002-SDO-PRIV-DDU-MSS y N° 133.02-2002-SDOPRIV-DDU- MSS los Proyectos referentes a Trazado y Lotiza- ción, pavimentación de calzadas y aceras corres-pondientes a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único para Uso Residencial de Media Densidad R- 4, en el terreno de 503.01 m² de propiedad de MiguelÁngel Testino Coz y cónyuge Ítala Luna Flores de Testino, constituido por el Sublote 9-A que formó par- te del Lote 9-C, de la Mz. “A” de la Parcelación Semi-rrústica “El Derby de Monterrico”, ubicado con fren- te a la Av. El Derby, esquina con la calle Los Ayma- ras, distrito de Santiago de Surco, provincia y depar-tamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a Miguel Ángel Tes- tino Coz y cónyuge Ítala Luna Flores de Testino paraejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses las obras de Habilitación Urbana cuyos Proyectos se aprueban y las que corresponden a los proyectos de redes deservicios, debiendo sujetarse los trabajos a los planos firmados y sellados por los entes oficiales, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO.- El Cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente:Área Bruta Total 503.01 m² Área de Vías 14.87 m² Área Útil de Vivienda 488.14 m² Aportes Reglamentarios.- La Ordenanza N° 292- MML de fecha17.12.2000 establece los aportes regla- mentarios que deben ceder las Habilitaciones con fines de Vivienda, Tipo 4: APORTE ORDENANZA TOTAL REGLAMENTARIO N° 292 % M2 Recreación Pública 10 50.30 Parques Zonales 2 10.06 Ministerio de Educación 2 10.06 Otros Fines --- --- TOTAL 14 70.42 En atención a que las áreas de aportes están por debajo de las áreas normativas mínimas correspondien-tes a tales equipamientos, los administrados deberán redimirlos en dinero. PAVIMENTOS.- Las características de las obras de Pavimentación serán las siguientes: Aceras.- Serán de concreto de calidad de f’c=175 kg/ cm² de 0.10 m. de espesor y construidas sobre un terraplén de material seleccionado de buena calidad y debidamentenivelado y compactado. El acabado será con una mezcla de cemento y arena fina, preparado en proporción 1:2 y de un centímetro de espesor, bruñado cada 1.00 metro y con jun-tas cada cinco metros. El desnivel de la acera con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. X 0.45 m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal manera que cuando se ejecu- ten reparaciones no se comprometa al sardinel; la cali-dad de concreto será de f’c=175 kg/cm². Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra chacra, compactada y nivelada, con árboles cada 12.00m. en pozas de concreto. Rampas en bermas para personas con Discapa- cidad.- En los lugares señalados en el Plano de Replan- teo de Lotización, se construirán rampas en las bermas que conectarán los niveles superiores de las aceras de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la NormaTécnica NTE-U.190 “Adecuación Urbanística para las personas con Discapacidad”, aprobada por Resolución Ministerial N° 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7.2.2001. Artículo Tercero.- DISPONER quede como carga ins- crita en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima laobligación de los propietarios de cancelar los déficit de aportes reglamentarios, que serán redimidos en dinero, antes de la Recepción de Obras y en consecuencia quedaen garantía el Lote Único. Los déficit de Aporte para Re- creación Pública y para Otros Fines deben ser valorizados y cancelados en la Municipalidad de Santiago de Surco;para Parques Zonales en el SERPAR – LIMA y para el Ministerio de Educación en dicho Ministerio. Artículo Cuarto.- DISPONER que Miguel Ángel Tes- tino Coz y cónyuge Ítala Luna Flores de Testino, efec- túen la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de cinco días útiles contados apartir del día siguiente de notificados; sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Quinto.- REMITIR los presentes actuados administrativos en copia simple a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su verificación de acuerdo a ley. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección de De- sarrollo Urbano, a través de la Subdirección de Obras Privadas, el cumplimiento de los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE MARTINELLI FREUNDT Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldía 04000