Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2003 (02/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 45

PÆg. 240071 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de marzo de 2003 ciones relacionadas con el transporte, tránsito y la vialidad urbana a diversos niveles, los cuales son, a nivel regulatorio y administrativo, la Dirección Muni- cipal de Transporte Urbano (DMTU); a nivel de plani-ficación del desarrollo urbano en general, el Instituto Metropolitano de Planificación (IMP); a nivel de eje- cución de obras la Empresa Municipal Administrado-ra de Peaje de Lima S.A. (EMAPE) y el Fondo Metro- politano de Inversiones (INVERMET); a nivel del transporte no motorizado, el Proyecto Especial Me-tropolitano de Transporte No Motorizado; a nivel de operación de transporte, la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial del Sistema Eléctrico de Trans-porte Masivo de Lima y Callao (AATE); Que, es objetivo de la actual administración munici- pal contar con un sistema de transporte moderno, segu-ro y humano, para lo cual se debe establecer mecanis- mos corporativos que permitan la adecuada planifica- ción, coordinación y supervisión de las actividades inhe-rentes al transporte, tránsito y vialidad urbana en el área de la provincia de Lima; Que, para el cumplimiento de los fines propuestos es necesario crear un Comité que se constituya en la ins- tancia especializada de planificación, coordinación y supervisión del sistema integral de transporte urbanomultimodal para la provincia de Lima; Estando a lo expuesto y en concordancia con la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, Artículo45º numeral 1 y 47º numeral 6; DECRETA:Artículo 1º.- Créase el Comité "Transporte Metropo- litano de Lima - TRANSMET", como instancia de la Muni-cipalidad Metropolitana de Lima, dependiente de la Alcal- día Metropolitana de Lima. Artículo 2º.- TRANSMET tiene como funciones: a) Preparar, proponer para su aprobación e imple- mentar el Plan de Inversiones para el Transporte Metro-politano de Lima, el mismo que deberá plantear una so- lución eficaz, eficiente y sustentable para la implantación de un Sistema de Transporte Urbano, rápido e integrado,que asegure el incremento de la calidad de vida y el desarrollo humano en la metrópoli; el que estará orienta- do a reducir la brecha de servicios de transporte decalidad de la población que vive en condiciones de mar- ginalidad urbana. b) Proponer los mecanismos y coordinar con to- das las instancias de la corporación municipal sus acciones y la ejecución de proyectos en materia de transporte, tránsito y vialidad, a efectos que con-cuerden con las prioridades de intervención que se definan en el Plan de Inversiones para el Transporte Metropolitano de Lima. c) Proponer las normas y disposiciones que re- gulen o dispongan las políticas públicas y acciones municipales conducentes a la mejor gestión del Plande Inversiones para el Transporte Metropolitano de Lima. d) Evaluar y monitorear el cumplimiento de las metas y objetivos previstos en el Plan de Inversiones para el Transporte Metropolitano de Lima. Artículo 3º.- El Comité Directivo de TRANSMET se conforma de la siguiente manera: - El Director Municipal Metropolitano, quien lo presidi- rá. - El Director Ejecutivo de PROTRANSPORTE- El Director Municipal de Transporte Urbano - El Presidente Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Planificación (IMP). - El Gerente General de EMAPE - El Presidente de INVERMET - El Presidente de AATE Artículo 4º.- Encargar a las Direcciones Municipales y a los demás organismos y dependencias municipales,prestar toda la información y apoyo que les sea requeri- do por los responsables del proyecto, observando las indicaciones que resulten convenientes para la prepara-ción, desarrollo y ejecución del Plan de Inversiones para el Transporte Metropolitano de Lima.Artículo 5º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 03993 Modifican Reglamento de la Ordenan- za N” 295/MML "Sistema Metropolita-no Gestión de Residuos Sólidos" DECRETO DE ALCALDÍA Nº 093 Lima, 28 de febrero de 2003 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMACONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades en su condición de gobierno local tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, el inciso 6 del Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es competencia munici- pal, organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales; Que, conforme lo establece el Artículo 9º de la Ley General de Residuos Sólidos, las Municipalidades Pro- vinciales son responsables por la gestión de los resi-duos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aque- llas actividades que generan residuos similares a éstos, en todo el ámbito de su competencia; Que, en cumplimiento de las normas acotadas me- diante Ordenanza Nº 295/MML se estableció para la pro- vincia de Lima, las disposiciones que rigen los aspectostécnicos y administrativos del “Sistema Metropolitano de Residuos Sólidos”, y las responsabilidades de las per- sonas que generan residuos sólidos y de las que desa-rrollan actividades vinculadas a la gestión de los resi- duos sólidos; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 147/MML pu- blicado el 6 de enero del 2002, se aprobó el Reglamento de la Ordenanza Nº 295/MML “Sistema Metropolitano Gestión de Residuos Sólidos”; el mismo que para facili-tar su implementación y cumplimiento, es necesario mo- dificar y complementar; Estando a lo expuesto y con la opinión favorable de las Direcciones Municipales de Servicios a la Ciudad, Desarrollo Urbano, Transporte Urbano, Comercialización y Defensa al Consumidor y de la Oficina General deAsuntos Jurídicos; DECRETA:Artículo Primero.- Modifíquese los Artículos 36º, 37º, 38º, 39º, 51º, 52º, 79º, 89º, 99º, 100º inciso b, 101º inciso7, 109º incisos 2 y 7, 110º inciso 4, 112º incisos 4 y 12, 114º incisos 6 y 9, 115º, 116º inciso 15, 125º inciso b numerales 13, 14 y 15, 128º inciso d numerales 1, 9 y 13,139º inciso 2, 146º, 147º, 151º, 152º, 174º y 175º inciso 8 del Reglamento de la Ordenanza Nº 295/MML “Siste- ma Metropolitano Gestión de Residuos Sólidos”, con eltexto siguiente: Artículo 36º.- Objetivo.- Establecer las caracterís- ticas técnicas y mecánicas del vehículo de recolección y transporte de residuos sólidos y los procedimientos administrativos para otorgar la autorización de circula-ción en Lima Metropolitana, garantizando el uso adecua- do de las vías, la protección del medio ambiente y la salud pública. Artículo 37º.- Certificación del vehículo.- Los ve- hículos destinados a la recolección y transporte de re-siduos sólidos, deben contar con las condiciones me- cánicas y técnicas establecidas en el Reglamento y no deberán exceder los 5 años de antigüedad desde el