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PÆg. 240084 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de marzo de 2003 PODER EJECUTIVO DECRETO LEGISLATIVO DECRETO LEGISLATIVO N” 928 APRUEBAN CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2001 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: Que, el Congreso de la República, de conformi- dad con lo dispuesto por el Artículo 81º de la Consti- tución Política del Perú, concordante con el Artículo20º de la Ley Nº 27312 - De Gestión de la Cuenta General de la República, remite al Poder Ejecutivo el Dictamen elaborado por la Comisión Revisora de laCuenta General de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2001; Que, la Cuenta General de la República del Ejercicio Fiscal 2001, consigna información económica presu- puestal y financiera de la actividad pública y de las em- presas del Estado, la cual ha sido auditada por la Con-traloría General de la República; Que, al no haber pronunciamiento del Congreso en el plazo establecido, correspondiente al PoderEjecutivo la promulgación de un Decreto Legislativo que apruebe la Cuenta General, por mandato expre- so del citado Artículo 81º de la Constitución Politícadel Perú; De conformidad con lo establecido en el inciso 1) del Artículo 118º de la Constitución Politíca del Perú; Con el Voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Con cargo de dar cuenta al Congreso; Ha dado el Decreto Legislativo siguiente: Artículo 1º .- Objeto de la norma Apruébese la Cuenta General de la República co- rrespondiente al Ejercicio Fiscal 2001 presentada por el Poder Ejecutivo, auditada por la Contraloría General dela República y dictaminada por la Comisión Revisora de la Cuenta General de la República. Artículo 2º .- Acciones de ControlLa aprobación de la mencionada Cuenta General de la República no exime de las accciones a que se refiere la normatividad del Sistema Nacional de Control, ni pos-teriores acciones de fiscalización por parte del Poder Legislativo. Artículo 3º .- Entidades omisasEncárguese a la Contraloría General de la Repú- blica para que realice las acciones de control res- pectivas, a las entidades públicas omisas a la pre-sentación de la información presupuestaria y patri- monial para la Cuenta General de la República 2001, debiendo establecer las responsabilidades y aplicarlas sanciones de conformidad con las disposiciones legales vigentes. POR TANTO: Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Con- greso de la República Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los veintisie- te días del mes de febrero del año dos mil tres ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 04032P C M Declaran en Estado de Emergencia al distrito de Limatambo, provincia de Anta, departamento de Cusco DECRETO SUPREMO Nº 021-2003-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, las intensas precipitaciones pluviales ocurridas en el mes de diciembre del 2002 y los deslizamientos del cerro Apachiray de la Comunidad de Pampaconga del dis-trito de Limatambo, provincia de Anta, departamento de Cusco, ocasionaron el represamiento y formación de una laguna artificial, la misma que debido a las recientes y con-tinuas precipitaciones pluviales se ha desembalsado, pro- duciéndose inundaciones, deslizamientos y el incremento del caudal fluvial, lo que está ocasionando serios daños enla población, poniendo en alto riesgo la vida de los habitan- tes, la infraestructura vial, educativa, de riego y cultivos y el funcionamiento de los servicios públicos fundamentales; Que, la magnitud de la emergencia demanda la adop- ción de medidas que permitan al Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI y a los Sectores comprometidos,así como a las instancias de gobierno de nivel regional y local del mencionado distrito, ejecutar las acciones in- mediatas destinadas a la atención de la población dam-nificada, a la reducción y minimización de los riesgos existentes y a la rehabilitación de la zona afectada; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM, el Estado de Emergencia debeser declarado mediante Decreto Supremo, cuando se presenten situaciones que supongan grave peligro; Que, atención a las solicitudes del Gobierno Regio- nal del Cusco y de los Gobiernos Locales corres- pondientes; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 137º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto SupremoNº 058-2001-PCM, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Regla- mento aprobados por Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM, respectivamente; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Declárese en Estado de Emergencia, por el plazo de sesenta (60) días naturales, al distrito de Lima-tambo, provincia de Anta del departamento de Cusco. Artículo 2º.- El Ministerio de Agricultura, Ministerio de Salud, Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea-miento, Ministerio de la Producción, Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones, Ministerio de la Mujer y Desa- rrollo Social, Ministerio de Educación, Ministerio de Ener-gía y Minas, Ministerio de Defensa, el Banco de Materia- les - BANMAT, el Instituto Nacional de Desarrollo - INA- DE, el Instituto Nacional de Salud - INS, el Instituto Na-cional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, así como el Gobierno Regional y los Gobiernos Provincial de Antay Distrital de Limatambo, respectivamente, con compe- tencia en el distrito señalado en el artículo precedente, ejecutarán las acciones necesarias para la atención dela emergencia y la rehabilitación de la zona afectada. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia desde la fecha de su expedición y serárefrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Agricultura, Ministro de Salud, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ministro de laProducción, Ministro de Transportes y Comunicaciones, Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, Ministro de Educación, Ministro de Energía y Minas, Ministro deDefensa y Ministro de Economía y Finanzas.