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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2003 (03/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 6

PÆg. 240088 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de marzo de 2003 Plazo / Vencimiento : 6 de febrero del 2015 Pago de Cupón : Semestral con base de 30/360 días. Listado : Luxembourg Stock Exchange. Negociabilidad : Sujeto a las restricciones de la jurisdicción en que se negocien. Pago Principal : Al vencimiento. Ley Aplicable : Leyes del Estado de Nueva York de los Estados Unidos de Améri- ca. Artículo 2º. - El Prospecto Suplementario de la Emi- sión Internacional de Bonos Soberanos y los Contratos que formalicen dicha emisión serán aprobados por Re-solución Ministerial de Economía y Finanzas; estando autorizado el Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir, en repre-sentación de la República del Perú, todos los documen- tos que se requieran para implementar lo dispuesto en este dispositivo legal. Artículo 3º. - El servicio de amortización, intereses y demás gastos que ocasione la operación de endeuda- miento externo que se autoriza en esta norma legal,serán atendidos por el Ministerio de Economía y Finan- zas, con cargo a los recursos que en función de las prioridades intersectoriales y metas del sector, le co-rrespondan en cada ejercicio presupuestal para el ser- vicio de la deuda pública. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo es re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas y entrará en vigencia el día de su publicación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de marzo del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 4034 Delegan representación del ministerio para celebrar contratos con estudiosde abogados de EE.UU. y Perœ RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 085-2003-EF/75 Lima, 28 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Undécima Disposición Complementaria y Tran- sitoria de la Ley Nº 27881, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2003, establece que, a fin de facilitar la contratación de los servicios vincula-dos a los procesos necesarios para efectuar emisiones de obligaciones externas, entre otras operaciones, se exonera al Ministerio de Economía y Finanzas de lo es-tablecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Ad- quisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, au- torizándolo a contratar dichos servicios de manera di- recta; Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 27881, se ha programado una emisión de obligaciones de la República del Perú en el mercado de capitales interna-cional; Que, para tal efecto se requiere contratar los servi- cios de abogados que ejerzan en la jurisdicción del Esta-do de Nueva York, de los Estados Unidos de América, así como los servicios de abogados que ejerzan en el Perú, los cuales brindarán servicios especializados enla próxima emisión internacional de obligaciones que efec-tuará la República del Perú, siendo imprescindible que los mismos posean amplia experiencia en emisionesinternacionales de bonos soberanos en la plaza finan- ciera de Nueva York; Que, el Estudio Cleary Gotliebb Steen & Hamilton de Nueva York y el Estudio Rodrigo Elías & Medrano Abo- gados de Perú, además de tener amplia experiencia en emisiones internacionales, prestaron servicios altamen-te especializados en favor de la República del Perú en las tres últimas emisiones internacionales de bonos so- beranos, autorizadas por los Decretos Supremos Nºs.021-2002-EF, 182-2002-EF y 007-2003-EF, por lo que su contratación resulta conveniente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Legis- lativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Delegar en el Director General de Crédito Público la representación del Ministerio de Eco- nomía y Finanzas para que celebren los contratos asuscribirse con el Estudio Cleary Gotliebb, Steen & Ha- milton de Nueva York y el Estudio Rodrigo Elías & Medra- no Abogados de Perú para que presten servicios deasesoría legal en la próxima emisión de bonos sobera- nos en el mercado internacional. Dichas contrataciones serán pagadas por Deutsche Bank Securities Inc., asesores financieros de la República del Perú en la próxima emisión de bonos soberanos en el mercado internacional. Regístrese y comuníquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 4040 Aprueban contrato suscrito con Deutsche Bank Securities Inc referido aformalización de emisión internacionalde bonos soberanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 086-2003-EF/75 Lima, 2 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2003-EF se autorizó la Emisión Internacional de Bonos Soberanos hasta por US$ 250 000 000,00 (DOSCIENTOS CIN- CUENTA MILLONES y 00/100 DÓLARES AMERICA-NOS), los que serán destinados a apoyar la Balanza de Pagos; Que, el artículo 2º del referido Decreto Supremo dis- puso que el Prospecto Suplementario de la Emisión In- ternacional de Bonos Soberanos y los Contratos que formalicen la misma, sean aprobados por ResoluciónMinisterial de Economía y Finanzas; estando autorizado el Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir todos los documentos,en representación de la República del Perú, así como los demás documentos que se requieran para implementar lo dispuesto en ese dispositivo legal; Que, en la implementación de la referida emisión in- ternacional de Bonos Soberanos, se requiere aprobar el texto del contrato denominado "Underwritting Agree-ment", a ser suscrito entre la República del Perú, de una parte y Deutsche Bank Securities Inc., de la otra parte, en su calidad de asesor financiero de la República delPerú en la emisión a la que se refiere el primer conside- rando de la presente Resolución Ministerial; Que, en atención a que la próxima Emisión Interna- cional de Bonos Soberanos constituye una reapertura de los denominados Bonos Globales 2015, emitidos al amparo del Decreto Supremo Nº 007-2003-EF, en la im-plementación de aquella se utilizará el Fiscal Agency