Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2003 (09/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 9 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, en la precitada donacion, se comprendio indebidamente un area de 265.00 m2, ocupada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA SARO; por lo que la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, mediante Acuerdo de Concejo Nº 322-2001-MPCH de fecha 23 Oct. 2001, declaro procedente la exclusion de la referida area y por consiguiente la rectificacion del area y los linderos del terreno donado al Ejercito, reduciendose este a 1,172.325 m2, de acuerdo al plano y Memoria Descriptiva correspondiente; Que, la referida Municipalidad, con Oficio Legal Nº 00412002-OAJ-MPCH del 18 de marzo del 2002, ha solicitado al Ministerio de Defensa, la designacion de un representante legal, para la formalizacion de la rectificacion del area y los linderos; por lo que es pertinente autorizar al Comandante del Batallon de Ingenieria y Construccion Ollantaytambo Nº 3, para que suscriba la Minuta y la Escritura Publica y demas actos juridicos relacionados a la donacion del mencionado Inmueble, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 1625º del Codigo Civil; y, Estando a lo recomendado por el Servicio de Ingenieria del Ejercito, con la opinion favorable de la Direccion de Logistica del Ejercito, a lo dictaminado por la Oficina de Asuntos Juridicos del Ejercito y a lo propuesto por la Comandancia General del Ejercito; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la donacion efectuada por la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, del predio denominado "Maracana", con un area de 1,437.25 m2, ubicado con frente a la MORDAZA los Paiches y las Corvinas de la MORDAZA La Merced-Chanchamayo, distrito y provincia del mismo nombre, departamento de MORDAZA, a favor del Ministerio de Defensa - Ejercito-Batallon de Ingenieria y Construccion "Ollantaytambo Nº 3", inscrito en el Asiento 2, de la Ficha 9667 de la Oficina Registral Regional-Region MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA Central. Articulo 2º.- Autorizar al Comandante del Batallon de Ingenieria y Construccion " Ollantaytambo" Nº 3, para que en nombre y representacion del Ministerio de Defensa-Ejercito, suscriba la Minuta y Escritura Publica de rectificacion del area y linderos del terreno donado por la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, ubicado en el predio denominado "Maracana", con frente a la MORDAZA los Paiches y las Corvinas de la MORDAZA La MORDAZA - Chanchamayo, distrito y provincia del mismo nombre, departamento de Junin. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 04434

Estando a lo recomendado por el senor General de Ejercito Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en Comision del Servicio en el Extranjero a los Oficiales Superiores, para que participen en la Reunion del Grupo de Trabajo Peruano - Ecuatoriano preparatoria para la VIII Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Peru y Ecuador, a realizarse del 10 al 14 de marzo 2003, en la MORDAZA de MORDAZA - Ecuador: - MORDAZA EP MORDAZA MURGUEYTIO MORDAZA, Secretario Permanente de la Ronda de Conversaciones. - MORDAZA EP MORDAZA NOBLECILLA MORDAZA, Representante del Ejercito del Peru. - Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. - MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante de la Fuerza Aerea del Peru. - Capitan de Fragata MORDAZA OTAROLA BAWDEN, Secretario de Actas. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue la presente Resolucion, seran sufragados por las respectivas Instituciones Armadas, de acuerdo a los conceptos siguientes: PASAJES MORDAZA - MORDAZA (ECUADOR) - MORDAZA US$ 263.00 x 5 personas (ida y vuelta) VIATICOS US$ 100.00 x 5 personas x 6 dias IMPUESTO DE AEROPUERTO US$ 28.00 Peru US$ 27.00 Ecuador Articulo 3º.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio o termino del nombramiento, sin exceder el plazo total establecido. Articulo 4º.- Los citados Oficiales deberan cumplir con lo senalado en los articulos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Nombran a oficiales superiores en comision del servicio en el extranjero
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 470 DE/CCFFAA MORDAZA, 5 de marzo de 2003 Visto, la Carta del senor General de Division MORDAZA JARRIN MORDAZA, Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Ecuador, de fecha 18 febrero 2003, mediante la cual cursa la invitacion para que la Delegacion del Peru participe en la Reunion del Grupo de Trabajo Peruano-Ecuatoriano preparatoria para la VII Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Peru y Ecuador, a realizarse del 10 al 14 de marzo del 2003 en la MORDAZA de MORDAZA - Ecuador; CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje de los senores Oficiales Superiores, integrantes de la Delegacion del Peru en Comision de Servicio en el Extranjero, para participar en el indicado evento, por ser interes del Estado asegurar la permanencia y continuidad de las Rondas de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Peru y Ecuador, como un mecanismo generador de amistad y confianza mutua; Que, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 5 junio 2002, regulan la autorizacion del viaje al exterior de servidores y funcionarios publicos; y,

MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 04435

Aprueban directrices para el otorgamiento de titulos, libretas de embarco y carnes para el personal mercante fluvial y el MORDAZA de regularizacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 076-2003/DCG 21 de febrero de 2003 Visto el Oficio T.1000-1336 de fecha 3 octubre 2002, del Capitan de Puerto de Iquitos, mediante la cual expone la situacion presentada por el personal de la MORDAZA Mercante Fluvial que ostentan libretas de embarco de la MORDAZA Mercante Nacional sin contar con Titulo y Resolucion Directoral correspondiente. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 028-DE/ MGP, de fecha 25 de MORDAZA del 2001, faculta a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas para que mediante Resolucion Directoral expida las normas complementarias que requiera la aplicacion de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres;

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