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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2003 (12/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 82

PÆg. 240684 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de marzo de 2003 Fijan remuneraciones mensuales del Presidente y Vicepresidente Regional ACUERDO Nº 006-2003-CRP Piura, 11 de enero de 2003El Consejo Regional de la Región Piura, en sesión Extraord. Nº 01 celebrada el día 10 de enero del 2003, yen uso de sus facultades y atribuciones conferidas por los artículos 11º, 13º y 15º de la Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales Nº 27867; ACUERDA: Artículo Primero.- Fijar en S/. 13,000.00 (Trece Mil Nuevos Soles) la remuneración mensual del PresidenteRegional dado el nivel de responsabilidad y la investidu- ra que ostenta. Artículo Segundo.- Fijar en S/. 10,000.00 (Diez Mil Nuevos Soles) la remuneración mensual del Vicepresi- dente Regional. POR TANTO: Mando se registre, publíquese y cúmplase.CÉSAR TRELLES LARA Presidente de la Región Piura 04808 Fijan dieta mensual de Consejeros Re- gionales ACUERDO Nº 014-2003-CRP Piura, 7 de febrero de 2003 El Consejo Regional de la Región Piura, en sesión Ordinaria Nº 03 celebrada el día 6 de febrero del 2003, en uso de sus facultades conferidas por el inciso f) delartículo 15º, e inciso a) del artículo 19º de la Ley Orgáni- ca de Gobiernos Regionales Nº 27867; ACUERDA: Artículo Primero.- Fijar la dieta mensual de los se- ñores Consejeros Regionales de la Región Piura en un equivalente a una y media (1.5) Unidad Impositiva Tribu-taria vigente de acuerdo a Ley y a lo establecido en el Reglamento Interno del Consejo Regional. Artículo Segundo.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de aprobación del Acta. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase. CÉSAR TRELLES LARA Presidente de la Región Piura 04809 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCÓN FE DE ERRATAS ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2003/MDA Mediante Oficio Nº 061-2003-SG/MDA, la Municipali- dad Distrital de Ancón solicita se publique una Fe de Erratas de la Ordenanza Municipal Nº 003-2003/MDApublicada en nuestro Diario Oficial el día 7 de marzo del 2003 en la página 240318. - En la Séptima línea del Artículo Primero de la Orde- nanzaDICE: "de Ancón, vencidas al año 2001..." DEBE DECIR: "de Ancón, vencidas al año 2002..."- En la Sexta línea del Artículo Tercero de la Ordenan- za DICE: "2001, en caso de incumplimiento..." DEBE DECIR:"2002, en caso de incumplimiento..." 04825 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Autorizan contratar servicios de recolec- ción de residuos sólidos, de barrido de calles y de poda de Æreas verdes me- diante adjudicación de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2003-DA/MDB Breña, 7 de marzo del 2003EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 7 de marzo del 2003, en atención a la propuesta formulada por el señor Alcalde, en relación al Informe Legal Nº 252-2003-OAJ/MDB y el Informe Nº 014-2003-OA/MDB, que en su con- junto constituyen el Informe Técnico Legal que dispone el Art. 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en virtud del cual se solicita la expedición del Acuerdo de Concejo que autorice la exoneración del proceso de selección co-rrespondiente para la Contratación del Servicio de Reco- lección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sóli- dos, Servicio de Barrido de Calles y Servicio de Poda de lasÁreas Verdes del distrito de Breña; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso "c" del Art. 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonera- dos de los procesos de Licitación Pública, ConcursoPúblico o Adjudicación Directa las adquisiciones que se realicen en Situación de Urgencia declarada de confor- midad con la normatividad vigente en materia de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Art. 108º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro-bado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, determina que la Situación de Urgencia debe entenderse como un hecho de excepción que determina una acción rápida de adqui-sición o contratación como medida temporal sin perjuicio de que se realice en proceso de selección correspon- diente para las adquisiciones y contrataciones definiti-vas; Que, el Art. 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, establece que por Situación de Urgencia se con- sidera aquella en la que la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinados bienes o servicios com-prometa en forma directa la prestación de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la En- tidad tiene a su cargo, facultando a la Entidad a la adqui-sición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo necesario para llevar a cabo el proce- so de selección que corresponda;