Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2003 (12/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de marzo de 2003

Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso g) del articulo 19º del D.S. Nº 012- 2001-PCM, "Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el articulo 111º del D.S. Nº 013-2001-PCM, "Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, conforme lo establece el inciso c) del articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, las contrataciones no sujetas al procedimiento de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa se aprobaran por Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales; Que, el articulo 116º del D.S. Nº 013-2001-PCM, Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Concejo Municipal determinara que organo se encargara de la contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; En uso de las facultades conferidas por los articulos 10º y 36º, de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853, y por el articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, el Concejo Pleno del Concejo Municipal aprobo por Mayoria el siguiente; ACUERDO: Articulo Primero.- APROBAR la contratacion de la Empresa de Gestiones y Servicios de Integracion Avanzada MILACRON S.R.Ltda. la que brindara el servicio de Fiscalizacion a los MORDAZA Contribuyentes, y la cual se realizara bajo la modalidad de Servicios Personalisimos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- ENCARGAR la realizacion de los procedimientos de contratacion asi como la ejecucion del contrato al Titular del Pliego. Articulo Tercero.- El Gasto que genere dicho contrato, sera cargado a la Partida 5.3.11.39 Otros Servicios de Terceros, Financiado con Recursos Directamente Recaudados. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Planificacion y Presupuesto, a que realice las Modificaciones Presupuestarias a que hubiera lugar por la contratacion de la Empresa de Servicios. Articulo Quinto.- ENCARGAR al Titular del Pliego remitir MORDAZA del presente Acuerdo a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, de conformidad con las disposiciones sobre la materia Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04763

expedidos por la Sociedad Auditora MORDAZA MORDAZA MORDAZA & Asociados S.C., la Hoja Informativa Nº 029-2003-OAI/ SNC/ML y el Informe de Gestion emitidos por el Organo de Control Institucional de este Gobierno Local; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Contraloria Nº 2762002-CG del 3 de diciembre de 2002 se designo a la Sociedad Auditora MORDAZA MORDAZA MORDAZA & Asociados para examinar los estados financieros y situacion operativa de esta entidad por el ejercicio comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2002, con corte al 30 de setiembre, asimismo con fecha 17 de diciembre de 2002 se aprobo mediante Resolucion de Alcaldia Nº 540-2002ALC/ML el contrato de locacion de servicios profesionales con la referida Sociedad; Del resultado de la referida accion de control con corte al 30 de setiembre de 2002 se aprecian, en dichos informes, recomendaciones tendentes a mejorar la gestion administrativa y operativa, asi como fortalecer el funcionamiento y efectividad del sistema de control interno que aseguren a la entidad el cumplimiento de sus metas y objetivos; Que conforme al literal f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General, los informes resultantes de acciones de control emitidos por los Organos del Sistema, constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes; Que, asimismo en Hoja Informativa de Vistos el Jefe del Organo de Control Institucional hace de conocimiento que mediante Directiva Nº 014-2000-CG/B 150 aprobada con Resolucion de Contraloria Nº 279-2000-CG del 29 de diciembre de 2000, el Organo Superior de Control ha dispuesto se le comunique las acciones dispuestas con precision de plazos y de los funcionarios responsables de implementar las Recomendaciones formuladas, adjuntando el formato Nº 4: "Acciones Adoptadas por el Titular"; Que, de conformidad al Informe de Gestion Presentado por el Organo de Control Institucional con motivo del MORDAZA de Transferencia de la Administracion Municipal, presentado en cumplimiento del Comunicado Nº 010-2002-CG de Contraloria, se hace de conocimiento a la nueva gestion, entre otros, el numero significativo de procesos administrativos-disciplinarios generados por acciones de control anteriores e irresueltos por la gestion precedente; Que, finalmente el literal l) del articulo 32º de la Ley Nº 27785 prescribe que las Resoluciones de Contraloria constituyen precedente de observancia obligatoria y de cumplimiento inexcusable; Que estando al merito de lo expuesto y a las facultades conferidas en el inciso 6) del Art. 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades y con la visacion de la Direccion de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la implementacion de las Recomendaciones resultantes de los Informes Largo y Presupuestal de Auditoria Financiero-Operativa al 30 de setiembre de 2002, emitidos por la Sociedad de Auditoria MORDAZA MORDAZA MORDAZA & Asociados S.C., encargando a la senora Directora Municipal, Director de Administracion General y senora Contadora General como responsables de tales acciones, otorgandoseles para tales efectos un plazo de cuarenta y cinco (45) dias utiles. Articulo Segundo.- Trasladar a las Comisiones Especial y Permanente de Procesos Administrativos los casos referentes a los procesos administrativo-disciplinarios emergentes de las acciones de control emitidos por los Organos del Sistema Nacional de Control a la fecha, para su respectiva evaluacion y resolucion, otorgandoseles tambien para su cometido un plazo de cuarenta y cinco (45) dias utiles. Articulo Tercero.- Transcribir la presente disposicion a la Contraloria General de la Republica. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- Trasladar MORDAZA de esta disposicion a la Direccion Municipal, Direccion de Administra-

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Disponen implementar reco mendaciones resultantes de informes de auditoria financiero-operativa, tendentes a mejorar la gestion administrativa y operativa
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 072-2003-ALC/ML Lurin, 11 de febrero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN VISTOS: Los Informes Corto, Largo y Presupuestal de Auditoria Financiero-Operativa al 30 de setiembre de 2002

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