Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2003 (18/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 18 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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Visto la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA SANTAMATO, al cargo de Asesor I de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; De conformidad con lo previsto en el articulo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, Articulo 185º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Articulo 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA SANTAMATO, al cargo de Asesor I de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, Nivel F-4, del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 05200

Designan Director General de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 288-2003-SA/DM MORDAZA, 17 de marzo del 2003 De conformidad con lo previsto en el Articulo 3º de la Ley Nº 17594 y el Articulo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA SANTAMATO, en el cargo de Director General de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, Nivel F-5, del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 05201

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran nulo concurso publico convocado para seleccionar empresa consultora encargada de elaborar estudio de factibilidad para el mejoramiento del Aeropuerto Internacional de Iquitos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 187-2003-MTC/02 MORDAZA, 13 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 2882002-MTC/02 se autorizo el Concurso Publico Internacional para seleccionar al consultor que elaborara el Estudio de Factibilidad para el mejoramiento del Aero-

puerto Internacional de Iquitos y se designo al Comite Especial encargado de llevarlo a cabo; Que, mediante Aviso de Convocatoria publicado con fecha 4 de enero de 2003, se convoco el Concurso Publico Internacional Nº 0001-2003-MTC/12 para seleccionar a la empresa consultora o consorcio que se encargara de la elaboracion del Estudio de Factibilidad para el mejoramiento del Aeropuerto Internacional de Iquitos; Que, mediante Oficios Nº A-38 y 121-2003(GTN/ MON), de fechas 9 y 20 de enero de 2003, respectivamente, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, -CONSUCODE-, senala que de acuerdo a lo previsto por el penultimo parrafo del Articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el ultimo parrafo del numeral 2 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE, las Entidades solo pueden convocar y efectuar las licitaciones publicas, concurso publicos y adjudicaciones directas publicas y selectivas que se encuentren programadas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al Ejercicio Fiscal 2003 y senala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones no ha cumplido con remitir el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para la ejecucion Presupuestal 2003, donde se incluya el Estudio materia del Concurso Internacional Nº 001-2003MTC/12; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 081-2003MTC/01, de fecha 28 de enero de 2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de febrero de 2003, se ha aprobado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 008-Pro Vias Departamental, donde se contempla la realizacion del Estudio de Factibilidad para el mejoramiento del Aeropuerto Internacional de Iquitos; Que, el Articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que con el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado se efectuaran los procesos de seleccion previstos para el periodo; Que, asimismo mediante Comunicado Nº 032002(PRE) del CONSUCODE, publicado con fecha 20 de marzo de 2002, se establece que la convocatoria y/o realizacion de las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas publicas y selectivas que no esten programadas e incluidas en el Plan Anual careceran de validez legal y seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, en aplicacion de lo dispuesto por el inciso f) del Articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de acuerdo a lo senalado por el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por contravencion de las normas legales, debiendo expresar en la resolucion que se expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, en consecuencia, habiendose verificado la infraccion del Articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y del Comunicado Nº 03-2002(PRE), por haberse convocado el Concurso Publico Internacional Nº 0001-2003MTC/12, sin estar previamente aprobado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 008 - Pro Vias Departamental, donde se esta contemplando la realizacion del Estudio de Factibilidad para el mejoramiento del Aeropuerto Internacional de Iquitos, corresponde declarar nulo el Concurso Publico Internacional Nº 0001-2003-MTC/12, debiendo retrotraerse el MORDAZA hasta MORDAZA de la etapa de la Convocatoria; De conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado

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