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PÆg. 240977 NORMAS LEGALES Lima, martes 18 de marzo de 2003 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Aprueban Plano del Sitio Arqueológico Cerro Ñaæaæique, ubicado en el distri-to de Chulucanas, provincia de Morro-pón, departamento de Piura RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 101/INC Lima, 26 de febrero de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 586, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 29,de fecha 12 de noviembre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio deEducación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservacióndel Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encargaal Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, ora-les y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 586, de fecha 12 de no- viembre de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Ar-queología recomienda a la Dirección Nacional del Insti- tuto Nacional de Cultura aprobar el Plano del Sitio Ar- queológico Cerro Ñañañique, Nº 005-INC-COFOPRI-2000, de fecha 27 de junio del 2000, a escala 1/1000,con un área de 298022.98 metros cuadrados y un pe-rímetro de 2374.68 metros lineales, ubicado en el distritode Chulucanas, provincia de Morropón, departamento de Piura, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva; Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Direc- ción General de Patrimonio Arqueológico y la GerenciaLegal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprue-ba el "Reglamento de Organización y Funciones delInstituto Nacional de Cultura" y la Resolución SupremaNº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Inves-tigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plano del Sitio Arqueoló- gico Cerro Ñañañique, Nº 005-INC-COFOPRI-2000,de fecha 27 de junio del 2000, a escala 1/1000, conun área de 298022.98 metros cuadrados y un períme-tro de 2374.68 metros lineales, ubicado en el distritode Chulucanas, provincia de Morropón, departamen- to de Piura, con su respectiva Ficha Técnica y Memo- ria Descriptiva. Artículo 2º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de losBienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición dePatrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Cerro Ñañañique mencionado en el Artículo 1º de la pre- sente Resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros oagropecuarios, obras habitacionales y otros que pu-diese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueo- lógico declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacio-nal de Cultura.Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolu- ción a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ELENA CÓRDOVA BURGA Directora EjecutivaEncargada de la Dirección Nacional 05226 OSINERG Autorizan adjudicación directa pœbli- ca para la "Adquisición de Publicacio- nes Internacionales para la determina- ción de Precios de Referencia" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 016-2003-OS/PRES Lima, 17 de marzo de 2003 VISTOS: El Memorándum Nº GART-DGN-021-2003 de fecha 14 de marzo de 2003, el Informe Técnico elaborado porla División de Gas Natural Nº GART-GAS/OSINERG 005-2003 y el Informe Legal Nº OSINERG-GART-AL-2003- 029, de la misma fecha. CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido por el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, están exoneradasde los procesos de Licitación Pública, Concurso Públicoo Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisicio-nes y contrataciones que se realicen para servicios per-sonalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, en tal sentido, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM señala que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección, los contratos de locación de servi-cios celebrados con personas naturales o jurídicas cuan-do para dicha contratación se haya tenido en cuenta ycomo requisito esencial a la persona del locador, ya seapor sus características inherentes, particulares o espe- ciales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte y oficio; Que, por medio del Artículo 1º del D.U. Nº 009- 2003, complementado con su parte considerativa, sedeclara en situación de emergencia, por un períodode noventa días, al mercado de combustibles deriva- dos del petróleo, a fin de permitir al Estado absorber la alta volatilidad de los precios de los combustiblesderivados del petróleo, como consecuencia de laafectación gradual en que se encuentran los merca-dos internacionales del petróleo crudo y de deriva-dos, desde los acontecimientos de setiembre del año 2001, y de manera más aguda desde noviembre del 2002 con motivo de la crisis política en Venezuela yel anuncio de una posible guerra en Irak; Que en la norma se señala que ello afecta tanto a los precios internacionales como las disponibilidades de cru-do y derivados, incidiendo consecuentemente en los precios internos de los combustibles derivados del pe- tróleo; Que, mediante el Artículo 1º del D.S. Nº 007-2003- EM se encargó a OSINERG la publicación semanal