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PÆg. 241299 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de marzo de 2003 Que el Artículo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado estableceque la resolución cancelatoria deberá estar debidamentemotivada, comunicarse dentro del día siguiente y por escrito al Comité Especial y este a su vez deberá comuni- car dicha decisión a todos los adquirentes de las baseso a quienes hayan sido invitados y publicarse, por unasola vez, en el Diario Oficial El Peruano; Que, por Resolución Jefatural Nº 007-2003/SIS de fecha 4 de marzo del 2003, se aprobaron las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de los di- versos procesos de selección para la adquisición debienes de capital requeridos por el Seguro Integral deSalud para su operatividad, los cuales se encuentran enla etapa de apertura de sobres; Que, por Oficio Nº 545-2003-SIS/OPD de fecha 5 de marzo del 2003, se solicita a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Fi-nanzas la Ampliación de Calendario de Compromisospara el mes de marzo del 2003, para la genérica deGasto 67 Otros Gastos de Capital del Pliego Presu-puestal 135 - Seguro Integral de Salud; reiterando dicho pedido mediante Oficio Nº 582-2003-SIS/OPD con fe- cha 10 de marzo del 2003; ampliación que no ha sidoatendida; Que, mediante Memorando Nº 057-2003-SIS/OPD de fecha 20 de marzo del 2003, la Oficina de Planeamientoy Desarrollo del Seguro Integral Salud, comunica a la Oficina de Administración que la Ampliación del Calen- dario de Compromisos para el mes de marzo del 2003 afavor del SIS no ha sido aprobada por tener que desti-narse a otros propósitos de emergencia, de acuerdo alas coordinaciones realizadas con la Dirección Nacionalde Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, motivo por el cual se deben cancelar algunos de los procesos aprobados por la Resolución Jefaturalreferida en el tercer considerando de la presente; De conformidad con lo establecido en el inciso i) del Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancelar, por razones de fuerza mayor, los procesos de selección aprobados por Resolución JefaturalNº 007-2003, que a continuación se indica: - Adjudicación Directa Pública Nº 001-2003-SIS, Adquisición de Equipos de Cómputo. - Adjudicación Directa Selectiva Nº 002-2003-SIS, Compra de Equipos de Fotografía, Fonotecnia y otros. - Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0023-2003-SIS, Compra de Muebles y Enseres. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Administración del Seguro Integral de Salud realizar comunicacionesque, como consecuencia de la cancelación, asigna a laEntidad la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado y su Reglamento. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de loscinco (5) días siguientes de la adopción de la presentedecisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOISÉS ACUÑA DÍAZ Jefe del Seguro Integral de Salud 05645 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban Reglamento Interno del Consejo Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2003-CR/GRM 26 de febrero de 2003LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moque- gua, de conformidad con lo previsto en los Artículos197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993,modificado por la Ley de Reforma Constitucional delCapítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización -Ley Nº 27680-, Ley de Bases de la Descentralización -Ley Nº 27783-, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867-, su modificatoria -Ley Nº 27902-, y de-más normas complementarias; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional;El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moque- gua; CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece el inciso a) del artículo 9º el inciso c) del artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales concordante con el inciso e) del artículo 15º del mismo cuerpo normativo, es de competencia delConsejo Regional, aprobar su Reglamento Interno; Que, la Primera Disposición Transitoria, Complemen- taria y Final de la Ley Orgánica de Gobiernos Regiona-les, Ley Nº 27867, son atribuciones del Consejo Regio- nal dictar Ordenanzas Regionales; En Sesión Ordinaria de fecha 26 de febrero del 2003, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Moque-gua, ha visto por conveniente normar sus funciones,obligaciones, derechos y atribuciones y demás aspec-tos aportados, tratados y debatidos oportunamente, en su reglamento interno; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento Inter- no del Consejo Regional de Moquegua que consta de seis (6) Títulos y noventa y siete (97) Artículos, incluido seis (6) Disposiciones Generales y una (1) DisposiciónTransitoria, cuyo documento anexo forma parte de lapresente Ordenanza. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entra- rá en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 05663 Aprueban el Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Gobierno Regional CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2003-CR/GRM 26 de febrero de 2003 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moque- gua, de conformidad con lo previsto en los Artículos197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993,modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680 - Ley de Bases de la Descentralización -LeyNº 27783-, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867-, su modificatoria -Ley Nº 27902-, y de-más normas complementarias; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moque- gua;