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PÆg. 241294 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de marzo de 2003 Municipalidad Distrital de Sapillica - Ayabaca, la Co- misión Auditora ha determinado que la Administra- ción Municipal ejecutó la obra "Construcción de Pla- taforma Deportiva de Usos Múltiples La Arena Blan- ca - Sapillica", bajo la modalidad de Administración Directa, sin dar cumplimiento a las especificaciones técnicas estandarizadas constructivas mínimas, lo cual ha originado deterioro prematuro en la misma, siendo que la rehabilitación de la estructura deterio- rada cuantificada económicamente, asciende a la suma de S/. 24 057,37, que constituye un daño eco- nómico para la entidad, que debe ser resarcido de conformidad con lo establecido en el Artículo 1321º del Código Civil; Que, en atención a los hechos expuestos y habién- dose acreditado como consecuencia de la acción de control practicada, la existencia de daño económico, en los que se encuentran involucrados autoridades, funcio- narios y servidores de la Municipalidad Distrital de Sapi- llica - Ayabaca, que desempeñan o han desempeñado función pública en la misma, corresponde a la Contralo- ría General de la República, proceder conforme a sus atribuciones; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Na- cional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las accio- nes legales pertinentes en forma inmediata, por par- te del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se en- cuentre daño económico o presunción de ilícito pe- nal, correspondiendo autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsa- bles comprendidos en el Informe del Visto; De conformidad con el Artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las accio- nes legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antece- dentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 05688 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 083-2003-CG Lima, 21 de marzo de 2003VISTO, el Informe Especial Nº 084-2003-CG/ORPI, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipa- lidad Provincial de Tumbes, departamento del mismo nombre, por el período comprendido entre enero 1999 y junio 2001; y, CONSIDERANDO:Que, como resultado de la Acción de Control rea- lizada por la Contraloría General de la República a la Municipalidad Provincial de Tumbes, la Comisión Au- ditora ha determinado que el Comité Especial a cargo del Proceso de Adjudicación Nº 006-2001-MPT, fa- voreció irregularmente a una empresa, al validar pro- puestas que no se ajustaban a los requerimientos señalados en las bases del proceso, debiéndose haber declarado desierto, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado; asimismo, deri- vado de Procesos de Adjudicación efectuados entre SET.2000 y SET.2001, la Municipalidad Provincial de Tumbes recibió del mismo contratista productos de calidad inferior a la ofertada, habiendo además can- celado la prestación en forma adelantada y/o sin las garantías requeridas; estos hechos configuran la existencia de indicios razonables de la comisión del Delito de Corrupción de Funcionarios en la modali- dad de Aprovechamiento Indebido del Cargo, previs- to y penado en el artículo 397º del Código Penal; Que, en atención a los hechos expuestos y habién- dose acreditado como consecuencia de la acción de control practicada, la existencia de actos dolosos, en los que se encuentran involucrados funcionarios y servido- res de la Municipalidad Provincial de Tumbes, que des- empeñan o han desempeñado función pública en la mis- ma, así como terceros partícipes, corresponde a la Con- traloría General de la República, proceder conforme a sus atribuciones; Que, conforme lo dispuesto en la Segunda Disposi- ción Transitoria de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República Ley Nº 27785, publicada el 23 de julio del 2002, el proce- so integral de control iniciado antes de la entrada en vigor de esta Ley, se regirá por la normativa anterior hasta su conclusión; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Repúbli- ca, constituye atribución de este Organismo Supe- rior de Control, disponer el inicio de las acciones le- gales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecu- ción directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, co- rrespondiendo autorizar al Procurador Público en- cargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsa- bles comprendidos en el Informe de Vistos; De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las accio- nes legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antece- dentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 05689 S B S Autorizan viaje de funcionarios a EE.UU. para participar en la Octava Conferencia Anual Internacional sobreLavado de Dinero RESOLUCIÓN SBS Nº 357-2003 Lima, 20 de marzo de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO:Que, el Money Laundering Alert y Alerta de Lava- do de Dinero han organizado la "Octava Conferencia