Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2003 (07/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2003

Que, con Resoluciones Directorales Nºs. 1145-98MTC/15.13 y 1146-98-MTC/15.13 la Direccion General de Personal reconocio como credito devengado, el subsidio por Fallecimiento a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sullcahuaman, por el monto de sesentiuno y 96/100 nuevos soles (S/. 61.96), por cada uno de sus padres; Que, efectuada la fiscalizacion posterior a la documentacion presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sullcahuaman, la Unidad de Registros Civiles de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, informa con fecha 15.03.1999 senalando que las partidas de defuncion de MORDAZA MORDAZA Sullcahuaman de MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, resultan ser documentos falsos; Que, con Oficio Nº 1736-99-MTC/15.13 emitido por la Direccion General de Personal se le requieren a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sullcahuaman, presente sus descargos, habiendo presentado los mismos con escrito del 8.9.1999, senalando que las partidas de defuncion fueron proporcionadas por tercera persona, sin que MORDAZA MORDAZA conocimiento que estos eran falsificados, habiendose limitado a iniciar los tramites para percibir el subsidio por fallecimiento, toda vez que sus padres si habian fallecido; Que, el ultimo parrafo del articulo 427º del Codigo Penal tipifica el delito de Falsificacion de documentos y senala: "El que hace uso de un documento falso o falsificado, como si fuese legitimo, siempre que de su uso pueda resultar algun perjuicio, sera reprimido, en su caso, con las mismas penas"; Que, de los actuados se advierte que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sullcahuaman, con el objeto de poder cobrar el subsidio por el fallecimiento de sus senores padres MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Sullcahuaman de MORDAZA, hizo uso de partidas de defuncion adulteradas, toda vez que estos fallecieron el 20.07.1979 y el 09.11.1982, respectivamente, habiendo ocasionado un perjuicio al Ministerio, dado que legalmente no le correspondia percibir dicho subsidio, puesto que este tiene vigencia a partir del 18.1.1990 a traves del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, los hechos descritos ameritan la participacion del Procurador Publico de este Ministerio, para que ejerza las acciones judiciales que correspondan, dado que existen indicios de responsabilidad penal; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 0412002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que inicie y culmine las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 08543

nes en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 556-2003-MTC/12.04 senalando que el Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, realizara chequeos en simulador de vuelo del equipo Boeing 727 al personal aeronautico propuesto por la empresa Aerocontinente S.A., en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 8 al 14 de MORDAZA de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 556-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 8 al 14 de MORDAZA de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 1,540.00 US$ 28.00

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 08544

Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 329-2003-MTC/02 MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, debiendo publicarse dichas resolucio-

ORGANISMOS AUTONOMOS JNE
Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio presupuestal 2003, excluyendo la adjudicacion directa selectiva para la adquisicion de transparencias para fotocopiadoras
RESOLUCION Nº 042-2003-SG-ADM/JNE MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2003

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