Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2003 (15/05/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

Pag. 244080

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2003

AGRICULTURA
Absuelven a funcionarios y ex funcionaria del ministerio de cargos formulados en el Informe Nº 012-2002-0-0029
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0435-2003-AG MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Acta Nº 012-2003-CEPAD-AG emitida a merito de la Sesion realizada por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0409-2003AG de fecha 9 de MORDAZA de 2003, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a funcionarios y ex funcionaria del Ministerio de Agricultura, senores: MORDAZA Cedamanos MORDAZA, Director General de la Oficina General de Administracion; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tasayco; ex Directora de la Oficina de Contabilidad y Tesoreria, y actual Directora de la Oficina de Tesoreria; y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de la Oficina de Logistica del Ministerio de Agricultura; por haber incumplido sus obligaciones de cumplir personal y diligentemente los deberes que le impone el servicio publico, y salvaguardar los intereses del Estado, senaladas en el Articulo 21º incisos a) y b) del Decreto Legislativo Nº 276- Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, y haber incurrido en falta de caracter disciplinario como es la Negligencia en el ejercicio de sus funciones, conforme al inciso d) del articulo 28º del mismo cuerpo legal; asi mismo, por no actuar correcta y justamente cautelando la seguridad y patrimonio del Estado, conforme al articulo 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM que reglamenta la precitada Ley; en merito a los hechos expuestos en el Informe Nº 012-2002-0-0029 denominado Informe Largo de Auditoria, elaborado por la Sociedad de Auditoria F. MORDAZA Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS S.C.; Que, se notifico conforme a ley a los procesados administrativamente, los mismos que cumplieron con presentar sus descargos dentro de los plazos conferidos, siendo evaluados y analizados por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura; Que, de lo esgrimido en el Acta de Visto por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura, la evaluacion, analisis de los descargos, documentacion alcanzada por los inculpados y dispositivos legales pertinentes, que se involucran respecto de los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2001 del Ministerio de Agricultura materia del Informe Nº 012-2002-0-0029; respecto a la OBSERVACION Nº 01: en la que se senala que "EN LA SEDE CENTRAL NO SE HA CONCILIADO AL CIERRE DEL EJERCICIO 2001, LOS ACTIVOS FIJOS INVENTARIADOS POR S/. 530,642,787 CON LOS SALDOS DE CONTROL PATRIMONIAL"; en primer lugar es necesario aclarar que lo indicado por la Sociedad de Auditoria F. MORDAZA Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS S.C. en el informe de control, en el primer parrafo de la Observacion Nº 1, respecto a que la Administracion del Ministerio de Agricultura, no le proporciono el Inventario Fisico correspondiente, ha quedado desvirtuada en forma total, ya que segun se aprecia en la Carta Nº 371/2002-AG-OGA-OL de fecha 9 de MORDAZA de 2002, durante el periodo de realizacion del Examen Especial, es decir, en forma oportuna, la entonces Directora de la Oficina de Logistica , Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, alcanzo al Equipo de la Sociedad de Auditoria, la relacion de bienes patrimoniales al 31 de diciembre de 2001 de las Sub-Cuentas Maquinaria y Equipo, Unidades de Transporte, Muebles y Enseres (inventariados); MORDAZA, se ha podido verificar que

el 26 de marzo de 2001 al asumir su gestion como Director General de la Oficina General de Administracion, el Sr. MORDAZA Cedamanos MORDAZA, observo que en el Ministerio de Agricultura no existian Inventarios Fisicos de los anos anteriores a su gestion, por lo que mediante Oficio Multiple Nº 134/2001-AG-OA-Nº 014-OL/UCP de fecha 24 de agosto de 2001, solicito a las Direcciones Regionales Agrarias y Sub Direcciones Regionales Agrarias que procedan a la verificacion de los bienes patrimoniales y se elabore un listado de los mismos, senalando que ello conllevara a la realizacion del inventario a nivel nacional; debiendo resaltar que posteriormente, a manera de concretar y fortalecer la labor iniciada, el Despacho Viceministerial alcanzo por recomendacion de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura, un requerimiento de adquisicion con fecha 11 de octubre de 2001, para el Apoyo a la gestion del Ministerio de Agricultura, cuyo proposito era el de contratar el servicio de toma de inventario y tasacion de la totalidad de la maquinaria MORDAZA, agroindustrial y pesada asignada a las Direcciones Regionales Agrarias y a otras instituciones a nivel nacional; asi mismo, se aprecia del Informe Nº 012-2002-UCP/VVE de fecha 9 de MORDAZA de 2002, que con fecha 10 de MORDAZA de 2002 la Unidad de Control Patrimonial del Ministerio de Agricultura informa a la Oficina de Logistica, que se ha concluido la conciliacion del inventario de la maquinaria MORDAZA, agroindustrial y pesada propiedad del Ministerio de Agricultura a nivel nacional, la fue realizada por la empresa PKF & MORDAZA NARANJO, y fue plasmada en su Carta VNA200-2002 de fecha 20 de marzo de 2002, y que ademas se realizo la conciliacion de los bienes patrimoniales tomando en cuenta el listado que se elaboro tomando como fuente la informacion enviada por las Direcciones Regionales Agrarias entre los meses de setiembre y octubre de 2001, a solicitud de la Oficina General de Administracion mediante el mediante Oficio Multiple Nº 134/2001-AG-OA-Nº 014-OL/UCP, lo cual conllevo a que con fecha 7 de MORDAZA de 2002 la Oficina de Logistica alcanza a la Oficina General de Administracion el Oficio Nº 1081-2002-AG-OGA-OL/UCP en la que se informa de la mencionada conclusion del inventario; cabe indicar que la situacion de la falta de conciliacion de las gestiones anteriores, fue senalada y detallada en el Informe Nº 032-2002-UCP/VVE, lo cual dificulto en sobremanera el trabajo efectuado por la gestion del Sr. MORDAZA Cedamanos MORDAZA, toda vez que se tuvo que revisar documentacion de los anos 1999, 2000 y 2001; lo esgrimido exime del incumplimiento senalado por la Comision de Auditoria encargada de la accion de control, ya que ha quedado corroborado que al momento de realizacion del Examen Especial se contaba con la Conciliacion del Inventario de las Sub-Cuentas Maquinaria y Equipo, Unidades de Transporte, Muebles y Enseres, no habiendose en tal sentido originado situacion alguna de incertidumbre sobre los saldos de los Estados Financieros del Ministerio de Agricultura; producto de la Conciliacion del Ejercicio 2001 efectuada se emitieron las Resoluciones Directorales Nº 0429 y Nº 0511-2002-AG-OGA mediante la cual se da de baja de los registros patrimoniales y contables del Programa 0101-Administracion Central del Pliego 013-Ministerio de Agricultura; Que, por lo expuesto respecto de los hechos imputados en la OBSERVACION Nº 1, los senores: MORDAZA Cedamanos MORDAZA, Director General de la Oficina General de Administracion; y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tasayco; ex Directora de la Oficina de Contabilidad y Tesoreria, y actual Directora de la Oficina de Tesoreria del Ministerio de Agricultura; con su accionar no han incumplido con la MORDAZA Nº 280-03 "Conciliacion de Saldos" contenida en las Normas Tecnicas de Control Interno para el Sector Publico, aprobada mediante Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG de fecha 26 de junio de 1998, la cual senala que cada Entidad debe establecer conciliaciones de saldos, con el proposito de asegurar la concordancia de la informacion financiera preparada por el area contable, con la situacion real; ni con el Numeral 1 de la MORDAZA Tecnica de Control Interno Nº 300-03 "Toma de Inventario Fisico", el cual senala que la toma de inventario es un MORDAZA que consiste en verificar fisicamente los bienes con que cuenta cada entidad a una fecha dada, con el fin de asegurar su existencia real; consecuentemente al

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.