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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2003 (15/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 244097 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de mayo de 2003 de Huancavelica, formula don César PAITÁN VILCAS, dán- dosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR a partir de la fecha, a don César PÁUCAR MENDOZA, como Subprefecto de la pro- vincia de Angaraes del departamento de Huancavelica, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO M. SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 09081 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0733-2003-IN-1501 Lima, 12 de mayo del 2003 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 0032-2002-IN-1501 de fecha 11.ENE.02 se designan Subprefectos de las pro- vincias de Contumazá y Jaén, respectivamente, en el de- partamento de Cajamarca; Que, es necesario dar por concluidas las referidas de- signaciones, por lo que debe emitirse el acto administrativocorrespondiente; Que, de conformidad, con el artículo 3º de la Ley Nº 27594 de fecha 13 de diciembre del 2001, se faculta al Ministro del Sector a nombrar a los funcionarios no consi-derados en el artículo 1º de la citada Ley, en concordanciacon lo dispuesto en el artículo 25º del Decreto LegislativoNº 370 - Ley Orgánica del Ministerio del Interior, e inciso "b"del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de julio de 1983; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA las designaciones de los funcionarios que a la fecha se venían desempeñan- do como Subprefectos del departamento de Cajamarca,dándoseles las gracias por los servicios prestados, cuyosnombres se detallan a continuación: Señor Ántero Felismer QUIROZ LÓPEZ Subprefecto de Contumazá Señor Robert TENORIO VILLANUEVA Subprefecto de Jaén Artículo 2º.- DESIGNAR a partir de la fecha, a los titu- lares que ocuparán los cargos de Subprefectos del depar-tamento de Cajamarca, cuyos nombres se detallan a con-tinuación: Señor Luis Alejandro SOTO CASTILLO Subprefecto de Contumazá Señor Arcelio TORO FLORES Subprefecto de Jaén Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO M. SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 09082 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0734-2003-IN-1501 Lima, 12 de mayo del 2003 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 0039-2002-IN/1501 de fecha 11.ENE.02 se designan Subprefectos de las pro- vincias de Azángaro, Huancané y Lampa, respectivamente,en el departamento de Puno; Que, es necesario dar por concluidas las referidas de- signaciones, por lo que debe emitirse el acto administrativocorrespondiente; Que, de conformidad, con el artículo 3º de la Ley Nº 27594 de fecha 13 de diciembre del 2001, se faculta alMinistro del Sector a nombrar a los funcionarios no consi-derados en el artículo 1º de la citada Ley, en concordanciacon lo dispuesto en el artículo 25º del Decreto LegislativoNº 370 - Ley Orgánica del Ministerio del Interior, e inciso "b"del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de julio de 1983; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA las designaciones de los funcionarios que a la fecha se venían desempeñan-do como Subprefectos del departamento de Puno, dándo-seles las gracias por los servicios prestados, cuyos nom- bres se detallan a continuación: Señor Alejandro Victor CCUNO MAYTA Subprefecto de Azángaro Señor Adolfo MAMANI MAMANI Subprefecto de HuancanéSeñor Gumercindo Leoncio TITO AÑASCO Subprefecto de Lampa Artículo 2º.- DESIGNAR a partir de la fecha, a los titu- lares que ocuparán los cargos de Subprefectos del depar-tamento de Puno, cuyos nombres se detallan a continua-ción: Señor Francisco Gregorio CONDORI SONCCO Subprefecto de Azángaro Señor David MAMANI LUQUE Subprefecto de HuancanéSeñor Félix David FLORES CHAYÑA Subprefecto de Lampa Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO M. SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 09083 Declaran infundadas impugnaciones contra resoluciones mediante las cua-les se aplicó sanciones a empresas deseguridad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0754/2003-IN-1703-2 Lima, 12 de mayo del 2003 VISTO: El Recurso de Apelación interpuesto por la Empresa SAMEX S.A., representada por el Sr. Jesús OR-TIZ SEVILLANOS contra la R.D. Nº 1956-2002-IN-1703-2del 6.setiembre.2002. CONSIDERANDO: Que, la Empresa SAMEX S.A., apela la R.D. Nº 1956- 2002-IN-1703-2 del 6.setiembre.2002, exponiendo que en su Recurso de Reconsideración ha aportado pruebas y argumentos razonables que desvirtúan las causales porlas cuales ha sido sancionado con multa pecuniaria; sinembargo dicho recurso fue declarado improcedente por noadjuntar pruebas y argumentos razonables que desvirtúenlos fundamentos que dieron lugar al acto administrativo; Que, del estudio y análisis de los actuados se aprecia que efectivamente la Empresa SAMEX S.A., ha presen-tado pruebas y ha expuesto sus argumentos que a sucriterio lo absuelven de responsabilidad de las infraccionespor las cuales ha sido sancionada; sin embargo estas prue-bas y argumentos han sido valoradas oportunamente con- forme es de ver en el Informe Nº 1056-2002-IN-1705 del 6.agosto.2002, analizadas y desvirtuadas en estricta apli-cación del D.S. Nº 019-71-IN, Reglamento de Control deExplosivos de Uso Civil; Que, la empresa sancionada cuestiona la facultad san- cionadora de la DICSCAMEC, lo cual resulta infundado, por cuanto dicha facultad se sustenta en el D.S. Nº 019-71- IN, norma legal de cumplimiento obligatorio de las empre-sas sujetas a autorización, control y supervisión de la DICS-CAMEC; Que, el artículo 209º de la Ley Nº 27444, Ley del Pro- cedimiento Administrativo General, establece que el Re- curso de Apelación se interpondrá cuando la impugnación se sustente en diferente interpretación de las pruebas pro-ducidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho. De conformidad con la evaluación efectuada al presente expediente y habiéndose establecido que el Recurso deApelación interpuesto por la empresa impugnante, no tiene argumentos que enerven la eficacia de la R.D. recurrida; y,