Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2003 (17/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en SESION ORDINARIA del 25 de MORDAZA del 2003, CON EL MORDAZA UNANIME DE LOS SENORES REGIDORES y, con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion de Acta, aprobo la siguiente Ordenanza: MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Articulo Primero.- AUTORIZAR LA REALIZACION DE UN MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO el dia 19 de MORDAZA del 2003, en el MORDAZA del Programa Celebratorio del 54º Aniversario de la Creacion del distrito de Surquillo. Articulo Segundo.- FIJAR EN S/. 35.00 (Treinta y cinco y 00/100 Nuevos Soles) EL PAGO por todo concepto que deberan realizar las parejas contrayentes que cumplan con los requisitos para participar en la ceremonia autorizada, dejandose en suspenso la tasa aprobada por el MORDAZA vigente para este caso. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Jefatura de la Unidad de Registro Civil, la expedicion gratuita de los Certificados Medicos Prenupciales, la realizacion de Consejeria Preventiva y la entrega de Partidas de Nacimiento a los contrayentes nacidos en el distrito. Encarguese al senor MORDAZA la respectiva promulgacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 09187

3. Que, la Ley de Regularizacion de Edificaciones del Procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva, Ley Nº 27157 ha sido Reglamentada mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, por lo que es necesario que la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, proponga mecanismos correspondientes para la Regularizacion de las Edificaciones sin Autorizacion Municipal. 4. Que, de conformidad con los Articulos 2º y 3º de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 es de competencia de las Municipalidades Provinciales y Distritales, segun sea el caso, la aprobacion de las Habilitaciones Urbanas que a partir de la vigencia de la Ley presenten las personas naturales o juridicas, asociaciones de vivienda y provivienda y las cooperativas de vivienda o cualquier otra forma asociativa con fines de vivienda. 5. Que, del Informe Nº 011/2003/DDUR/DT/MPCH, evacuado por la Direccion Tecnica, una propuesta de Amnistia para la Regularizacion de Licencias de Construccion y Habilitacion MORDAZA, en base a que un aproximado de 70% de construcciones que se ejecutan en el area MORDAZA y expansion MORDAZA de la MORDAZA de La MORDAZA, se realizan sin el permiso y autorizacion de la Municipalidad infringiendo de esta manera las disposiciones correspondientes, asimismo ante esta infraccion tampoco esta implementando la Division de Desarrollo MORDAZA para aplicar las notificaciones, multas y sanciones correspondientes. 6. En consecuencia, es menester del Gobierno Local dicte una Ordenanza Municipal de Amnistia para Licencia de Obra y Habilitaciones Urbanas con la finalidad de que la poblacion regularice la documentacion pertinente sobre las edificaciones y habilitaciones urbanas ejecutadas al margen de las disposiciones legales en vigor. 7. De conformidad con lo dispuesto por el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado y la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con las facultades y atribuciones de que esta investido el Despacho de Alcaldia. ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la Amnistia de Regularizacion de Licencias de Construccion y Habilitacion MORDAZA, por un periodo de 180 (ciento ochenta) dias calendario a partir de la puesta en vigencia la Ordenanza Municipal. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion de Concejo a la Direccion de Rentas y Direccion Tecnica, conforme a ley. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 09195

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO
Aprueban Amnistia de Regularizacion de Licencias de Construccion y Habilitacion MORDAZA
RESOLUCION DE CONCEJO Nº 020-2003-MPCH La MORDAZA, 27 de marzo de 2003 VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 036-2003-MPCH; y, CONSIDERANDO: 1. Que, la Constitucion Politica del Estado en su Articulo 194º, concordante con el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. 2. Que, de conformidad con los Articulos 65º y 73º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, son funciones de las Municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva, reglamentar, otorgar Licencia de Obra y controlar las construcciones, remodelaciones, demoliciones y otros, de los inmuebles ubicados en areas urbanas, correspondiendo tambien la determinacion de las limitaciones y modalidades de la propiedad privada en MORDAZA con el interes social.

Establecen destino de los recursos que percibira la municipalidad correspondiente al FONCOMUN
RESOLUCION DE CONCEJO Nº 038-2003-MPCH La MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 063-2003-MPCH; CONSIDERANDO: 1. Que, la Constitucion Politica del Estado en su Articulo 194º, en concordancia con el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. 2. Que, los Acuerdos de Concejo, son decisiones especificas sobre cualquier MORDAZA de interes publico, vecinal o institucional que expresan la opinion de la Municipalidad, su voluntad de practicar un deter-

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