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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2003 (17/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

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PÆg. 244325 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de mayo de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante carta remitida por "Segundo Alberto Vásquez Rodríguez - Consultores Asociados S. Civil de R.L." de fecha 17 de marzo de 2003, propone un Plan Estratégico de Recaudación Tributaria para principales contribuyentes, cuyo objetivo es incrementar la Recau- dación Tributaria de la Corporación Edilicia, en base a la aplicación de estrategias orientadas a principales contri- buyentes, que el señor Alcalde pone en conocimiento de la Oficina de Rentas. Que, el Informe Técnico Nº 034-2003-DRG-MDVLH de fecha 7 de abril de 2003 emitido por la Oficina de Rentas, señala que al revisar el currículum de la Empre- sa Segundo Alberto Vásquez Rodríguez - Consultores Asociados S. Civil de R.L., con respecto, a los requeri- mientos para su contratación, se aprecia que reúne sa- tisfactoriamente las características particulares o espe- ciales para desarrollar y ejecutar Servicios de Asesoría y Soporte en la verificación del hecho generador de la deuda tributaria, identificación del deudor tributario, de- terminación de la base imponible y la cuantía del tributo, así como la gestión de Recaudación Tributaria, también opina que la consultora reúne una trayectoria y expe- riencia singular y con un alto grado de especialización. Que, el Informe Legal Nº 276-2003-AL-MDVLH de fecha 8 de abril de 2003, señala que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con Personería Jurídi- ca de Derecho Público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia, de conformidad con lo establecido en el artícu- lo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; concordante con el artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, es de opinión que se tome un Acuerdo de Concejo Municipal de Exonerar del Proceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adju- dicación Directa, para contratación de una persona na- tural o jurídica que ejecute un Plan Estratégico de Recaudación Tributaria para Principales Contribuyentes y a la vez se deberá autorizar al señor Alcalde la Contra- tación de la Empresa "SEGUNDO ALBERTO VÁSQUEZ RODRÍGUEZ - CONSULTORES ASOCIADOS S. CIVIL DE R.L.", bajo la causal de Servicios Personalísimos. Que, el inciso h) del Art. 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, precisa que están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Di- recta, según sea el caso, las adquisiciones y contrata- ciones que se realicen para Servicios Personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la Ley antes acotada. Que, el Art. 111º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median- te Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece, "De conformidad con el inciso h) del Art. 19º de la Ley se encuentran exonerados del respectivo Proceso de selec- ción los contratos de Locación de Servicios celebrados con personas naturales o jurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracte- rísticas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio. La evaluación de las características o habilidades del loca- dor deberá ser objetiva y se efectuará en función a la naturaleza de las prestaciones a su cargo". Que, el Art. 113º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado. Aprobado con De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece "Las Re- soluciones o Acuerdos que aprueben la exoneración de los procesos de selección, al amparo de las causales contenidas en el Art. 19º del Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, requieren obligatoriamente informe técnico - legal previo emitido por las áreas técnica y de Asesoría Jurídica de la entidad, agregando que dicho informe con- tendrá la justificación técnica y legal de la adquisición o contratación y de la necesidad de la exoneración; y con- tendrá criterios de economía, tales como los costos y la oportunidad". Que, el Art. 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba- do con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concor- dante con lo dispuesto por los artículos 115º y 116º delReglamento de la citada Ley, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2002-PCM, establece "... Todas las exoneraciones se aprobarán, c) mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Loca- les". De acuerdo con los Informes Nº 034-2003-DRG- MDVLH de la Oficina de Rentas, y Nº 276-2003-AL-MD- VLH, de la Asesoría Legal Interna y habiéndose aproba- do en Sesión de Concejo de fecha 15 de abril de 2003. SE ACORDÓ:Artículo Primero.- EXONERAR, del proceso de Li- citación Pública, Concurso Público o Adjudicación Di- recta, para la contratación de una Empresa de servicios que ejecute un Plan Estratégico de Recaudación Tribu- taria para Principales Contribuyentes, por los fundamen- tos expuestos en la parte considerativa del presente acuerdo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Abastecimiento, bajo la causal de Servicios Personalísi- mos, la contratación de la Empresa "SEGUNDO ALBER- TO VÁSQUEZ RODRÍGUEZ - CONSULTORES ASO- CIADOS S. CIVIL DE R.L." para la prestación de los servicios descritos en la parte considerativa del presen- te, en un plazo de Un Año renovable, cuyo valor es de 20% más I.G.V. del monto que se recaude, el que será financiado con la misma fuente de financiamiento: ocho y nueve que corresponden a Impuestos Directamente Recaudados y Otros Tributos Recaudados, debiendo realizarse mediante la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Tercero.- DISPONER, que a través de la Secretaría General se remita copia del presente acuer- do a la Contraloría General de la República. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría Ge- neral la publicación del presente acuerdo dentro del pla- zo de Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MOISÉS ARIAS QUEZADA Alcalde 09197 Aprueban incremento de remuneración mensual del alcalde y dietas de losregidores RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 025-003-MDVL Víctor Larco, 25 de marzo del 2003 Visto: El Libro de Actas de la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 25 de marzo del 2003, rela- cionado con la propuesta de Actualización de Remu- neración para el Alcalde y Dietas para los Regidores; CONSIDERANDO: Que, la Remuneración del Alcalde y las Dietas en esta entidad edilicia, son financiadas con las Fuentes deFinanciamiento de Recursos Directamente Recaudados y Otros Impuestos Municipales, no distrayendo recur- sos de Transferencias del Gobierno Central; Que, en virtud del Art. 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 26317, el Alcalde y de Regidores son rentados confor-me lo permite el presupuesto y la disponibilidad de re- cursos propios de cada Municipalidad y previo Acuerdo de Concejo; Que, la percepción de las Dietas está condicionada a la asistencia efectiva de cada miembro del Concejo a la correspondiente Sesión, abonándose proporcionalmen-te hasta un máximo de cuatro sesiones al mes; Que, teniendo en consideración lo vertido en el con- siderando precedente y considerando que para el pre-sente año, se tiene proyectado recaudar por Ingresos Propios el monto de S/. 5'000,000.00, que representa el crecimiento del 55%, se ha previsto realizar un incre-