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PÆg. 244313 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de mayo de 2003 Infracciones a las Normas de Comercialización Código Descripción Sanción en % Otras sanciones UIT vigente 2-185-A Expendio o Facilitación para 20 Decomiso de Autorización el consumo de bebidas Municipal y clausura alcohólicas en el frontis definitiva del establecimiento. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza será noti- ficada al local infractor, a efecto de que tome conoci- miento de que si se aplicara por una segunda inspecciónno podrá acceder a ningún tipo de licencia ni autoriza- ción alguna. Artículo Quinto.- Disponer que la Oficina de Secre- taría General habilite el Libro de Registro de Estableci- miento que expenda bebidas alcohólicas. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza regirá a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTOMando se registre, publique y cumpla. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 09234 Suspenden otorgamiento de autoriza- ción de funcionamiento para diversosgiros, en establecimientos con Ærea in- ferior a 50 m2 dedicada a la actividad económica ORDENANZA Nº 071-MDB Breña, 25 de abril de 2003EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Informe Nº 038-2003-OR/MDB de fecha 23 de abril del 2003, de la Oficina de Rentas; y, CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 191º de la Constitución Política del Estado las Municipalidades tienen autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 7 del artículo 68º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 otorga facultad a los go- biernos locales para otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de activida-des profesionales y controlar su funcionamiento de acuerdo a ellas; Que, las disposiciones municipales de carácter tempo- ral constituyen medidas de emergencia que se dictan con la finalidad de garantizar el correcto funcionamiento de los establecimientos comerciales, industriales y deservicios; Que, es necesario establecer disposiciones tem- porales que permitan regular el otorgamiento de au-torizaciones municipales de funcionamiento, para es- tablecimientos cuyos giros en la actualidad vienen ocupando indebidamente la vía pública, atentandocontra la tranquilidad y el libre tránsito del vecindario; Con las atribuciones que confiere el Inc. 3 del ar- tículo 36º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalida-des, Ley Nº 23853; por UNANIMIDAD y con dispen- sa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:ORDENANZA QUE SUSPENDE EL OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO PARA DIVERSOS GIROS CUYA ÁREA DEDICADA A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA SEA INFERIOR A 50.00 M2 Artículo Primero.- Suspender el otorgamiento de la Autorización Municipal de Funcionamiento para estable- cimientos cuyo giro comprenda los servicios siguientes: - Reparación de llantas y similares - Lubricantes y similares- Taller de planchado, pintura y mecánica automotriz - Taller de mecánica de vehículos menores (motos, triciclos, bicicletas) - Cerrajería metálica Artículo Segundo.- La prohibición a que se refiere el artículo precedente alcanza a aquellos establecimien- tos con un área dedicada a la actividad económica infe- rior a 50.00 m2. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza regirá a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 09235 Aprueban Ordenanza que declara zona rígida para el trÆnsito de vehículospesados a diversas vías del distrito ORDENANZA Nº 072-MDB Breña, 25 de abril de 2003EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Informe Nº 025-2003-DDU-MDB de fecha 24 de abril del 2003, de la Dirección de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO:Que, en los jirones Castrovirreyna, Orbegozo y Res- tauración, de la jurisdicción del distrito de Breña se ob-serva una constante circulación de vehículos pesados, tales como camiones, omnibuses interprovinciales, trai- lers y otros similares, los cuales deterioran la carpetaasfáltica, restringen el flujo de la circulación y originan contaminación ambiental, emanación de gases tóxicos y ruidos nocivos; Que, de acuerdo al Decreto de Alcaldía Nº 002 de fecha 10 de febrero de 1992, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, las vías indicadas en el con-siderando precedente están clasificadas, según el Plan Vial Metropolitano, como vías locales. Por con- siguiente el volumen de tránsito para el cual han sidodiseñadas es sólo para vehículos particulares tales como autos, camionetas y vehículos menores de transporte urbano; Que, mediante Resolución Directoral Municipal Nº 1899-96-MLM/DMTU de fecha 18 de marzo de 1996, la Dirección Municipal de Transporte Urbano de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, ha declarado a diversas vías como Corredores para la circulación de vehículos pesados y de transporte de carga engeneral, dentro de los cuales no están comprendidas las vías indicadas en el primer considerando de la presente Ordenanza;