Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2003 (17/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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regional y la promocion de empleo productivo en todos los niveles. Y el inciso "h".- Considerar la participacion ciudadana, alentando la concertacion entre los intereses publicos y privados en todos los niveles; Que, el Art. 19º inciso l), de la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, el gobierno nacional y los gobiernos regionales mantienen relaciones de coordinacion, cooperacion y apoyo mutuo, en forma permanente y continua dentro del ejercicio de su autonomia y competencias propias, articulando el interes nacional con los de las regiones y localidades; Que, el Articulo 1º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, establece las competencias y funciones de los gobiernos regionales, como organizaciones democraticas descentralizadas y desconcentradas cuya mision, conforme los Articulos 5º y 9º inciso g) de la citada Ley, es organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, de conformidad con el Inc. h) del Articulo 53º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, que dispone en cuanto a funciones en materia ambiental, "Controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdiccion, imponer sanciones ante la infraccion de normas ambientales regionales"; Que, la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902, establece en el Art. 21º inciso d) como atribuciones del Presidente Regional el de dictar "Decretos...", en asuntos de orden general y de interes ciudadano, en concordancia con el Articulo 40º de la citada ley; con las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- SUSPENDASE todo procedimiento administrativo en el estado en que se encuentre, sobre el otorgamiento de areas de Bosque de Produccion Permanente para el MORDAZA Concurso Publico de Concesiones Forestales en MORDAZA de MORDAZA, llevado a cabo por el Gobierno Nacional (Agricultura e INRENA), hasta que se definan los principios especificos de la descentralizacion fiscal, los objetivos politicos y ambientales con fiscalizacion, coordinacion, concertacion interinstitucional y participacion ciudadana en la gestion de los asuntos publicos, con todos los niveles del sistema de gestion ambiental, hasta que se realice las coordinaciones con el Gobierno Regional, las organizaciones de base, y las fuerzas vivas. Articulo Segundo.- PONGASE A CONOCIMIENTO del Tribunal Constitucional, el conflicto generado por el Gobierno Nacional (Agricultura e INRENA), al asumir competencias exclusivas en materia ambiental en apoyo al II Concurso Publico de Concesiones Forestales en MORDAZA de MORDAZA, obviando las relaciones de coordinacion y cooperacion dentro del ejercicio de la autonomia y competencias propias sin articular el interes nacional con el Gobierno Regional de MORDAZA de Dios; a efectos de que resuelva el conflicto de competencias. Articulo Tercero.- PONGASE a conocimiento; del Consejo Nacional de Descentralizacion (CND), para que defina en los niveles del Gobierno Nacional; la accion vinculante de las competencias compartidas a no asumirlas como exclusivas y centralistas, DEBIENDO considerarse el MORDAZA de subsidiaridad, como eje fundamental en el desarrollo armonico y sostenible del MORDAZA, mediante la separacion de competencias y funciones equilibrando el ejercicio del poder en beneficio de la poblacion. Articulo Cuarto.- PUBLIQUESE el presente Decreto Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de publicaciones judiciales de la capital de la Region MORDAZA de Dios. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA EDWI MORDAZA MORDAZA Presidente 09333

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Excluyen numeral del Articulo 1º del Acuerdo de Concejo Nº 351, en el tema de Semaforizacion y Trafico en la provincia de MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 059 MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2003 Visto en Sesion Ordinaria de fecha 9 de MORDAZA de 2003 los Dictamenes en Conjunto de las Comisiones de Transporte MORDAZA Nº 001-2003-MML-CTU, de Asuntos Legales Nº 064-2003-MML/CAL y de Economia, Planificacion y Presupuesto Nº 030-2003-MML/CEPP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 351 de fecha 17 de octubre del 2001, se aprobo el financiamiento a traves de la promocion de la inversion privada, bajo la modalidad de concesion a personas juridicas para la construccion, reparacion, conservacion y explotacion de los proyectos de inversion de interes metropolitano y en sus prioridades se tiene la Semaforizacion y Gestion de Trafico en Lima; Que, asimismo en su articulo 2º se acordo, facultar al MORDAZA Metropolitano de MORDAZA, a suscribir el respectivo Convenio con la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 674 de fecha 27 de septiembre de 1991 que aprueba la Ley de Promocion de la Inversion Privada de las Empresas del Estado, en la modalidad de Asesoria Tecnica con financiamiento y lo previsto en la Directiva Nº 005-2001 de COPRI "Lineamientos para el apoyo a las Municipalidades, Sociedades de Beneficiencia y demas entidades del Estado" para realizar los procesos de concesion de los proyectos mencionados en el Articulo 1º del presente Acuerdo y el Decreto de Urgencia Nº 054; Que, habiendo transcurrido mas de quince (15) meses desde lo MORDAZA acordado sin haberse obtenido resultados favorables sobre el mencionado tema en beneficio de la MORDAZA de Lima; Que, la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades, en sus articulos 53º, 54º y 55º, faculta a las Municipalidades a otorgar en concesion los servicios publicos locales que aseguren el interes de los usuarios, la eficiencia del servicio y el adecuado control municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 098 de fecha 30 de septiembre de 1996, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobo el Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras de Infraestructura y de Servicios Publicos Locales para la provincia de Lima; ACORDO: Articulo Unico.- Excluir el numeral g. del articulo 1º del Acuerdo de Concejo Nº 351, en el tema de Semaforizacion y Trafico en la provincia de MORDAZA, quedando facultada la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para proceder de acuerdo a lo previsto en los articulos 53º, 54º, y 55º, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y la Ordenanza Nº 098 del 30 de setiembre del ano 1996 y el "Texto Unico Ordenado del Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras Publicas de Infraestructura y de Servicios Publicos Locales para la provincia de Lima", aprobado mediante Decreto de Alcaldia Nº 166 de fecha 16 de diciembre del 2002. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 09200

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