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PÆg. 244849 NORMAS LEGALES Lima, domingo 25 de mayo de 2003 ORDENANZA Nº 502 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de fecha 15 de mayo de 2003, el Documento Simple Nº 18997-03 (Expediente Nº 10660-02) seguido por la Urbanizadora Granja Azul S.A, quien solicita el cambio de zonificación de Equipamiento Educativo - E1 a Residencial de Densidad Media - R4, del terreno de 20,683.48 m2 de propiedad de la recurren- te, ubicado en el Paraje San Antonio - Caserío Santa Clara, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, para ejecutar una habilitación urbana con fines de vi- vienda, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los Artícu- los 65º inciso 2), 70º inciso 1) y 134º inciso de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y el Artículo 3º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desa- rrollo Urbano y Medio Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-85-VC, corresponde a las Municipali- dades Provinciales a través de sus Concejos Municipa- les, aprobar mediante Ordenanza los Planes Urbanos, que en el caso de la provincia de Lima se denomina Plan de Desarrollo Metropolitano; Que, el cambio de zonificación solicitado correspon- de a un predio de propiedad privada de la recurrente, tal como se advierte en la Copia Literal de Dominio inscrita a fojas 453 del tomo 1253 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima a favor del Estado según Resolución Directoral Nº 050-89-VC-5600-DMAR, y que posterior- mente, mediante un proceso judicial, el terreno revertió a favor de la Urbanizadora; Que, en ejercicio de su competencia constitucional en materia de Planificación Urbana, la Municipalidad Me- tropolitana de Lima aprobó la Ordenanza Nº 134 del 19 de diciembre de 1997, Reglamentaria de Actualización y Reajuste del Plano de Zonificación General de Lima Me- tropolitana, que tiene por finalidad normar el proceso de evaluación y reajuste del Plano de Zonificación General de Usos del Suelo de Lima Metropolitana; Que, el distrito de Ate está comprendido dentro del ámbito territorial de la provincia de Lima; consecuen- temente, es de aplicación la ordenanza antes señalada, la misma que refiere en su Artículo 13º sobre el procedi- miento y aprobación para el reajuste de la Zonificación determinando las exigencias que deban cumplirse para tal fin; Que, al amparo de la Ordenanza Nº 134-MML, la Municipalidad Distrital de Ate solicitó que la Municipali- dad Metropolitana de Lima, considere el citado cambio de zonificación dentro del proceso de Actualización y Reajuste del Plano de Zonificación General de Lima Metropolitana del 2002, considerándolo procedente toda vez que el terreno se encuentra en proceso de consolida- ción con viviendas de tipo R4, característica del entor- no, además que el Ministerio de Educación ha desarro- llado infraestructura educativa en los alrededores, tanto en Manilsa como en Santa Clara, según Informe Nº 031- 02-APU-SDPUOPyC-DGU/MDA del 20 de junio de 2002; Que, está acreditado que el cambio de zonificación solicitado cuenta con opinión favorable de los vecinos; Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, me- diante Informe Técnico de Zonificación Nº 02-2002/MML- IMP de agosto de 2002, opina por la procedencia del cambio de E1 a R4, tomando en consideración que la zona cuenta con equipamientos educativos suficientes para cubrir la demanda del área, asimismo, consideran- do que en el año 2001 se aprobó la habilitación urbana con fines de vivienda de un área de 290,722.50 m2 tam- bién de propiedad de la Urbanizadora y vecina al predio del recurso;Que, asimismo, el Instituto Metropolitano de Planifi- cación mediante Oficio Nº 1559-2002-MML-IMP del 04 de diciembre de 2002, remitió el Estudio de Actualización y Reajuste del Plano de Zonificación General de Lima Metropolitana al 2010, la misma que, vista en Sesión Nº 04 del 18 de febrero de 2003 de la Comisión de Desa- rrollo Urbano y Nomenclatura y mediante Acuerdo Nº 022-2003-MML-CDU, se solicitó la remisión de los ex- pedientes correspondiente al Proceso de Cambio de Zo- nificación 2002 para su evaluación y pronunciamiento; De conformidad con la opinión de la Comisión Perma- nente de Desarrollo Urbano y Nomenclatura mediante Dictamen Nº 028-2003-MML-CDU del 01 de abril de 2003; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE ATE Artículo Único.- Modificar el Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo correspondiente al distrito de Ate, provin- cia y departamento de Lima, de Equipamiento Educativo - E1 a Residencial de Densidad Media - R4, del terreno de 20,683.48 m2 de propiedad privada, ubicado en el Paraje San Antonio - Caserío Santa Clara, para ejecutar una habilitación urbana con fines de vivienda, debiendo respetar estrictamente las áreas de aportes en equipa- miento educativo, áreas verdes y otros usos que le co- rresponden dentro del proceso de Habilitación Urbana del citado predio. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.En Lima a los quince días del mes de mayo de dos mil tres. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 09821 Ratifican resolución de la Municipali- dad de Santiago de Surco que aprobóproyectos correspondientes a habili-tación urbana nueva de lote œnico de terreno RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 813 Lima, 10 de abril de 2003 VISTO, el Codificado Nº 27951-2002, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, solicita la ratificación de la Resolución Nº 172-2002-RASS, de fe- cha 25 de febrero de 2002, promovida por la empresa INGICA S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 172-2002-RASS, de fecha 25 de febrero de 2002, promovida por la empresa INGICA S.A.; la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, aprueba, de conformidad con los Planos signa- dos con el Nº 007.01-2002-SDOPRIV-DDU-MSS al 007.05-2002-SDOPRIV-DDU-MSS, los Proyectos refe- rentes a trazado, lotización, pavimentación de calzadas y aceras correspondiente a la Habilitación Urbana Nue- va de Lote Único de 460.00 m2, para Uso Residencial de Baja Densidad "R-1", constituido por el sublote Nº 4-3 del lote Nº 4, Mz. "B" de la parcelación semirrústica "El