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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (17/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G33/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 17 de noviembre de 2003 Que, el INFORME Nº 076-2002-CTAR-CAJ-GRCI "CUMPLIMIENTO DE MEDIDAS DE AUSTERIDAD Y RA-CIONAMIENTO EN EL GASTO PÚBLICO"; Que, LA OBSERVACIÓN Nº 01 - VIAJES DE COMI- SIÓN DE SERVICIO, en el cual están implicados funcio-narios, ex funcionarios del ex CTAR CAJAMARCA; Que, de la revisión de la documentación, se ha deter- minado que los Directores Regionales de Agricultura, Sa-lud, Educación y Transportes y Comunicaciones, han rea-lizado viajes de comisiones de servicios dentro y fuera deldepartamento sin las correspondientes autorizaciones delTitular del pliego, tal como lo establece el numeral 6.1.2.del Rubro VI Disposiciones Específicas de la Directiva Nº004-2002-CTAR-CAJ "Norma Medida Complementaria deAusteridad y Racionalidad en el Gasto Público para el añofiscal 2002, que regirán en las Instituciones dependientesdel CTAR Cajamarca en cumplimiento con el Decreto deUrgencia Nº 030-2002", aprobado mediante ResoluciónPresidencial Regional Nº 384-2002-CTAR-CAJ/PE de fe-cha 19-Jul-02; Que, el cumplimiento de tal disposición, permitirá efec- tuar un control concurrente del cumplimiento del criterio deracionalidad, en los viajes de comisión de servicios redu-cidos a lo mínimo indispensable; Que, mediante la Directiva Nº 004-2002-CTAR-CAJ "Norma Medida Complementaria de Austeridad y Racio-nalidad en el Gasto Público para el año fiscal 2002", laEntidad ha establecido nuevas escalas de viáticos, cuyosmontos sobrepasan los S/.150.00 Nuevos Soles (Cientocincuenta y 00/100 nuevos soles) establecidos en el últimopárrafo del Art. 3º de Decreto de Urgencia Nº 030-2002; Que, LA OBSERVACIÓN Nº 02 - ASIGNACIÓN DE COMBUSTIBLES A VEHÍCULOS OFICIALES, en el cualestán implicados funcionarios, ex funcionarios del ex CTARCAJAMARCA; Que, de la verificación a las comisiones de servicios se ha determinado que en la Dirección Regional deAgricultura, Salud, Pesquería y Educación, se han otor-gado a los vehículos asignados a las Direcciones, canti-dades mayores a los 30 galones mensuales de combusti-ble, equivalentes a 224.80 galones de combustibles en eltrimestre, inobservándose en ese sentido lo establecidoen el numeral 3.3 del Art. 3º del Decreto de Urgencia Nº003-2002; Que, se ha determinado que los vehículos asignados a las Direcciones Regionales de Agricultura, Salud, Trabajoy Promoción del Empleo, Educación, Pesquería y Trans-portes, Comunicaciones, no cuentan con documentos ex-presos (Resoluciones) de autorización del Titular del Plie-go, según lo establecido en el numeral 6.2.1 de la DirectivaNº 004-2002-CTAR-CAJ, verificándose que algunos de ellosvienen siendo utilizados en día no laborables y que no cuen-tan con el pintado en lugar visible del nombre de la Enti-dad, según lo estipula la Norma Técnica de Control InternoNº 300-07 CONTROL SOBRE VEHÍCULOS OFICIALESDEL ESTADO, cuyo criterio está orientado a cautelar " ...que los vehículos de propiedad de la Entidad, sean utiliza-dos exclusivamente en actividades oficiales, salvo autoriza-ción expresa del Titular ..."; Que, los vehículos utilizados por los Directores Regio- nales de Agricultura, Pesquería y Trabajo, vienen siendointernados diariamente en ambientes particulares, ajenosa la Entidad, limitando la realización de controles en cuan-to a su registro de ingreso y salida; Que, LA OBSERVACIÓN Nº 03 - GASTOS EN MATE- RIA DE PUBLICACIONES, en el cual están implicados fun-cionarios, ex funcionarios del ex CTAR CAJAMARCA; Que, efectuada la verificación selectiva de la docu- mentación existente en las áreas administrativas, se hadeterminado que la Sede Central del CTAR, las Direccio-nes Sectoriales Regionales de Agricultura, Transportes,Comunicaciones, Vivienda y Construcción, Trabajo y Pro-moción del Empleo, Educación y Salud, así como la Ge-rencia Subregional de Chota, han realizado gastos enmateria de publicidad, por publicaciones de saludo, pu-blirreportajes y otros en medios radiales, televisivos yescritos de la localidad, por el monto de S/. 30,331.81Nuevos Soles, inobservándose en tal sentido lo estable-cido en el numeral 3.4 del Art. 3º del Decreto de Urgen-cia Nº 030-2002, que establece que "Se encuentra pro-hibido efectuar gastos en materia de publicaciones dememorias institucionales, revistas, documentos de tra-bajo, informes, boletines, calendarios, agendas y otrossimilar naturaleza, ..."; Que, LA OBSERVACIÓN Nº 04 - ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, en el cual están implicados fun-cionarios, ex funcionarios del ex CTAR CAJAMARCA;Que, las Unidades Ejecutoras Sede Central del CTAR, Direcciones Regionales de Salud y la Gerencia Regionalde Jaén y Dirección Subregional de Salud de Cutervo, hanrealizado procesos de Adquisiciones de Bienes y Servi-cios, por montos mayores a las tres (3) UIT, sin contar conla Resolución de Autorización del Titular del Pliego, salvotres (3) casos para los cuales se ha emitido la Resolución,en fechas posteriores a la adquisición misma; habiéndosedeterminado que de las tres (3) Resoluciones de autoriza-ción de adquisición emitidas por la Sede CTAR, solamenteuna (1) fue publicada en la Página WEB de la Entidad,inobservándose en ese sentido lo establecido en el Art. 5ºdel Decreto de Urgencia Nº 030-2002, que establece laobligatoriedad de la emisión de la Resolución de Autoriza-ción para aquellas adquisiciones cuyo monto supere las(3) UIT, las mismas que deben ser publicadas en la PáginaWEB de la Entidad; Que, se ha determinado de manera adicional, que las áreas administrativas encargadas de los procedimientosde adquisiciones, vienen incumpliendo la normatividad vi-gente al respecto, tal como la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, sus Modificatoria y su respec-tivo Reglamento, aprobados mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y D.S. Nº 013-2001-PCM, respectivamente al eviden-ciarse fraccionamientos para una adquisición o contrata-ción programada, carencia de Bases que contengan lasespecificaciones técnicas, características, cantidades y/ocalidades de los bienes o servicios a adquirirse, sustenta-ción de la evaluación favorable de las propuestas y la for-mulación de los cuadros comparativos, que permita a lasunidades de verificación y control previo y concurrente, te-ner los elementos pertinentes para el ejercicio de dichocontrol; Que, LA OBSERVACIÓN Nº 05 - DISPOSICIONES RELATIVAS AL MANEJO FINANCIERO Y PAGO DE PRO-VEEDORES, en el cual están implicados funcionarios, exfuncionarios del ex CTAR CAJAMARCA; Que, en la Sede Central del CTAR, para poder cumplir los plazos indicados, así como para no revertir calenda-rios, se ha venido utilizando la modalidad de comprometer,devengar y girar cheques a nombre del Cajero Pagador dela Entidad, por montos que luego han sido utilizados demanera similar bajo la modalidad de fondo para pagos enefectivo, inobservándose lo establecido en el último párra-fo del Art. 32º de la Directiva de Tesorería para el año fiscal2002, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 066-2001-EF/77.15 que refiere: "Está terminantemente prohi-bido el giro de cheques a nombre del personal de la institu-ción para casos diferentes a los señalados en la presenteDirectiva, bajo responsabilidad del Director General deAdministración o funcionario que haga a sus veces y elTesorero"; Que, lo manifestado líneas arriba, se presume respon- sabilidad administrativa a los diferentes funcionarios y exfuncionarios de la Sede Central del CTAR Cajamarca, Di-rectores Regionales y Subregionales, por no haber cum-plido diligentemente con sus funciones. Estando a lo actuado con la visación de la Gerencia General y la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, con-forme a lo establecido por la Ley Nº 27444, la ConstituciónPolítica del Perú, Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Ba-ses de la Carrera Administrativa y 9º de Remuneracionesdel Sector Publico, su Reglamento el D.S. Nº 005-90-PCM;las facultades que establece la Ley Nº 27783 y la Ley Nº27867; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APERTURAR PROCESO ADMI- NISTRATIVO, a los funcionarios y ex funcionarios, por losfundamentos expuestos en la parte expositiva de la pre-sente Resolución: 1. CPC Artidoro Neyra Alvarez, ex Gerente Regional de Administración. 2. Dr. Carlos E. Castillo Castillo, Director Regional de Trabajo. 3. Ing. Antero R. Sánchez Cabrera, Director Regional de Pesquería. 4. Sr. Gregorio Díaz Izquierdo, Director Regional de ITINCI. 5. Ing. Ludgerio Abanto Albarrán, ex Director de Agri- cultura. 6. Sr. Marco A. Salazar Salazar, Director de Administra- ción de la D.R. Agricultura. 7. Sr. Amadeo Marin Bolaños, ex Director de Trans- portes.