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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (17/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G33/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 17 de noviembre de 2003 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G22/G43/G75/G6D/G70/G6C/G65/G20/G6D/GE1/G73/G20/G79 /G70/G61/G67/G61/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G73/G22/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G6F/G70/G6F/G72/G74/G75/G2D /G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 283-MSB San Borja, 13 de noviembre de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA VISTO, en la XXI-2003 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13.11.2003 el Dictamen Nº 102-2003-MSB-CALYSGy Dictamen Nº 030-2003-MSB-CER, de la Comisión deAsuntos Legales y Secretaría General y Comisión de Eco-nomía y Rentas respectivamente. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 74º, 194º y 195° de la Constitución Política del Perú, las municipalidadestienen competencia para administrar sus bienes y rentasasí como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas,arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, constituye política de la actual Gestión Municipal incen- tivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias yno tributarias por parte de los contribuyentes del distrito; siendonecesario conceder beneficios a los contribuyentes que cumplancon pagar las obligaciones tributarias corrientes; Que, asimismo resulta necesario condonar las multas tribu- tarias a fin de actualizar los padrones de registro de predios; Estando a lo expuesto y con el voto unánime del pleno del Concejo Municipal, de conformidad con lo dispuestoen el inciso 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgá-nica de Municipalidades Nº 27972, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROGRAMA “CUMPLE MÁS Y PAGA MENOS” POR CUMPLIMIENTO OPORTUNO DE OBLIGACIONES DISPOSICIONES GENERALES Artículo Primero.- OBJETIVOS La presente Ordenanza tiene como objetivo: 1. Incentivar la regularización de las obligaciones tribu- tarias que se encuentren pendientes de pago a la fecha. 2. Promover y estimular el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias generadas en el ejercicio 2003. Artículo Segundo.- ALCANCE Los beneficios otorgados por la presente norma, com- prenden las deudas correspondientes a la tasa de arbi-trios, impuesto predial y multas administrativas generadasa la fecha de publicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- SUJETOS Podrán acogerse a la presente Ordenanza las personas naturales y jurídicas que cumplan con el pago oportuno de lacuarta cuota de Arbitrios e Impuesto Predial del ejercicio 2003. Capítulo I BENEFICIOS Artículo Cuarto.- BENEFICIO POR PAGO OPORTUNO Los contribuyentes que paguen dentro de la fecha de venci- miento la cuarta cuota correspondiente al Impuesto Predial y Ar-bitrios del ejercicio 2003, gozarán de los siguientes descuentos: 1. Contribuyentes sin deuda tributaria a la fecha: Tributo Descuento por amortización Arbitrios Municipales - 10% de descuento sobre el monto correspondientes al cuarto insoluto. trimestre del 2003. 2. Contribuyentes con deuda tributaria a la fecha: Tributo Descuento por amortización Arbitrios Municipales - 10% del monto insoluto. correspondientes hasta - 100% intereses moratorios y el 31 de diciembre del 2002. costas coactivas. Arbitrios Municipales - 50% intereses moratorios y costas correspondientes al período coactivas. 2003 (1er., 2do., y 3er.,trimestre). Impuesto Predial - 100% intereses moratorios y costas coactivas .Artículo Quinto.- DEL ACOGIMIENTO El acogimiento se realizará mediante el pago al conta- do realizado directamente en las agencias bancarias auto- rizadas y/o en la Tesorería de la Municipalidad. Artículo Sexto.- PLAZO DE ACOGIMIENTO El pago de la deuda con el beneficio señalado podrá realizarse a partir del día hábil siguiente de la fecha de vencimiento hasta el 30 de diciembre del 2003. Artículo Sétimo.- RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA El acogimiento a las facilidades para el pago de la deu- da implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributa- ria. Artículo Octavo.- SUSPENSIÓN DE PROCEDIMIEN- TOS DE EJECUCIÓN COACTIVA Con el acogimiento a la presente Ordenanza, se sus- penderán los procedimientos de ejecución coactiva que se hubieran iniciado hasta la fecha de publicación de la pre- sente ordenanza. Artículo Noveno.- DESISTIMIENTO Cuando el deudor haya iniciado procedimientos con- tenciosos o no contenciosos ante la Municipalidad u otras instancias administrativas o judiciales por las deu-das materia de acogimiento, deberá desistirse del pro- cedimiento o presentar copia autenticada del desisti- miento presentado ante otras instancias administrati-vas o judiciales. Artículo Décimo.- FRACCIONAMIENTOS Los contribuyentes que a la fecha tengan fracciona- mientos sobre deuda tributaria materia del beneficio y hubieran pagado puntualmente su cuarta cuota de Ar-bitrios y Predial podrán cancelar la cuota del fracciona- miento sin los intereses correspondientes a la cuota. Artículo Décimo Primero.- MULTAS ADMINISTRA- TIVAS Hasta el 30 de diciembre del presente año las multas administrativas impuestas hasta la fecha de publicación de la presente Ordenanza, tendrán un descuento del 50% sea el estado en que se encuentren. Artículo Décimo Segundo.- MULTAS TRIBUTARIAS Hasta el 30 de diciembre del presente año se condona- rán las multas tributarias correspondientes a descargos e inscripciones no efectuados de predios. Capítulo II CONTROL Y COBRANZA COACTIVA Artículo Décimo Tercero.- ACCIONES DE CONTROL Y COBRANZA COACTIVA Se iniciarán o continuarán con las acciones de control y cobranza coactiva a aquellos contribuyentes que no cum- plan con regularizar el pago de sus obligaciones, adoptan- do las acciones que sean necesarias para recuperar loadeudado. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Informática y Gerencia de Economía el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia de Imagen Insti-tucional su adecuada difusión. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 21248