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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G33/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 17 de noviembre de 2003 branza de los costos y gastos que éstos irroguen es com- petencia del órgano de Fiscalización y Control; Que, en tal sentido, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 404, resulta necesario apro-bar el lugar de pago de los montos obtenidos de las liqui-daciones de las costas y gastos, derivados del procedi-miento de Ejecución Coactiva de sanciones no pecunia-rias; Estando a lo dispuesto por el artículo 111º de la Ley Nº 23853 y de conformidad con las facultades otorgadas porla Constitución Política del Estado; DECRETA:Artículo Primero.- Apruébese que los pagos por con- cepto de costas y gastos procesales derivados del proce-dimiento de Ejecución Coactiva de sanciones no pecunia-rias, se efectúe en cualquiera de las oficinas del Serviciode Administración Tributaria de la Municipalidad Metropoli-tana de Lima, o mediante depósito en las cuentas que éstedesigne. Artículo Segundo.- Precísese que los pagos efectua- dos en virtud del presente Decreto no constituyen recur-sos del SAT, a que hace referencia el literal d) del artículo5º del Edicto Nº 225 y literal d) del Artículo 16º del EdictoNº 227. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase.MANUEL CASTAGNOLA PINILLOS Regidor de la MunicipalidadMetropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 21315 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA /G43/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20 /G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G63/G65/G70/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G65/G78/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G6F/G6D/G69/G63/G69/G6C/G69/G61/G2D /G72/G69/G61/G73 ORDENANZA Nº 057-2003-MDI Independencia, 11 de noviembre del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Vistos; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha once de noviembre del año dos mil tres, el Informe Nº144-03-GDU/MDI de 11 de noviembre del 2003, expe-dido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; Informe Nº208-2003-SGPPR/GG/MDI de 10 de noviembre del2003, expedido por la Sub Gerencia de Planificación,Presupuesto y Racionalización y Dictamen Nº 07-CDUT-MDI de 11 de noviembre del 2003, expedido porla Comisión de Desarrollo Urbano y Transportes, por elque se recomienda al Pleno del Concejo la aprobacióndel Proyecto de Ordenanza que concede el Beneficiode reducción del monto del derecho de trámite para laobtención de la Autorización Municipal para la Ejecu-ción de Conexiones domiciliarias propuesta por la Ge-rencia de Desarrollo Urbano; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Cons-titucional, señala que las municipalidades tienen autono-mía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, correspondiendo al Concejo Municipal lasfunciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldía, las funciones ejecutivas; Que, de conformidad con el artículo 195º de la Consti- tución Política del Perú, las municipalidades tienen entre sus competencias administrar sus bienes y rentas así comocrear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales. Que, el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece en la Norma IVde su Titulo Preliminar que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contri- buciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos,dentro de su jurisdicción y con los limites que señala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 030-2002-MDI de 19 de agosto del 2002, la Municipalidad Distrital de Independenciaaprobó su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, en cuyo punto 20 del rubro referido a la Sub Ge- rencia de Proyectos y Obras de la Gerencia de DesarrolloUrbano se ha regulado el procedimiento administrativo de- nominado Ejecución de Obras Públicas - Conexiones do- miciliarias, encontrándose establecido como uno de susrequisitos el pago del derecho de trámite ascendente a la suma de ciento cincuenta y 00/100 nuevos soles (S/. 150.00); Que, es de conocimiento de este concejo municipal que los administrados que solicitan la autorización municipal para conexiones domiciliarias de agua, des- agüe y electrificación pertenecen a asentamientos hu-manos y urbanizaciones populares, de escasos recur- sos económicos y que carecen de dichos servicios bá- sicos, por lo que resulta necesaria la aprobación delbeneficio extraordinario propuesto, a efectos de promo- ver el desarrollo de la población, mejorando su calidad de vida al dársele facilidades para el acceso a los servi-cios básicos; Que, mediante Dictamen Nº 07-CDUT-MDI de 11 de noviembre del 2003 la Comisión de Desarrollo Urbano y Transportes recomienda al Pleno del Concejo la aproba-ción del proyecto de ordenanza propuesto por la Gerencia de Desarrollo Urbano; Con el voto aprobatorio de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, el ConcejoMunicipal de la Municipalidad Distrital de Independencia, en ejercicio de las facultades conferidas por la Constitu- ción Política del Estado; la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades y estando a las consideraciones expues- tas; APROBÓ LA SIGUIENTE: ORDENANZA CONCEDEN BENEFICIO DE REDUCCIÓN DEL MONTO DEL DERECHO DE TRÁMITE PARA OBTENCIÓN DE AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE CONEXIONES DOMICILIARIAS Artículo Primero.- CONCEDER el beneficio de re- ducción del monto del derecho de trámite por conceptode Autorización Municipal para la Ejecución de Conexio- nes domiciliarias - Obras en Áreas de Dominio Público- consignado en el Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Inde- pendencia, estableciéndose la suma ascendente a sesen- ta y 00/100 nuevos soles (S/. 60.00). Artículo Segundo.- ESTABLECER que el beneficio señalado en el punto anterior tendrá una duración de cien- to veinte (120) días calendario contados a partir del díasiguiente de la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Local Municipal, a los once días del mes de noviembre del año dos mil tres. YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 21333