Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2003 (03/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, viernes 3 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28082
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

tivos y metas derivadas de la aplicacion de la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los once dias del mes de setiembre de dos mil tres. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de octubre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 18163

LEY QUE DECLARA EN EMERGENCIA AMBIENTAL LA MORDAZA DEL RIO MANTARO
Articulo 1º.- Del objeto de la Ley Declarase en emergencia y de necesidad publica y de preferente interes social por el termino de 2 (dos) anos la descontaminacion del medio ambiente de la MORDAZA del rio Mantaro en los departamentos de Pasco, MORDAZA, Huancavelica y Ayacucho. Articulo 2º.- De los responsables Encargase a los Gobiernos Regionales referidos en el articulo anterior para que, en coordinacion con el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, a traves de la Comision de Ambiente Regional MORDAZA Central, y los representantes de las comunidades campesinas, implementen lo dispuesto en la presente Ley, debiendo efectuar prioritariamente, las siguientes acciones: a) Evaluar la situacion de contaminacion y erosion. b) Analizar las soluciones tecnicas viables y la propuesta de la mejor alternativa. c) Proponer y ejecutar un plan de accion de corto, mediano y largo plazo para viabilizar la aplicacion de las soluciones planteadas. d) Formular y ejecutar un Plan de Gestion Ambiental para las provincias en el ambito de la MORDAZA del rio Mantaro. e) Proponer las medidas legales y administrativas necesarias para ejecutar el plan de trabajo. f) Evaluar las inversiones realizadas por las empresas privatizadas, considerando el programa comprometido de inversiones ambientales. g) Procurar los recursos economicos y MORDAZA de financiamiento necesarios para el cumplimiento del objeto de la presente Ley. Articulo 3º.- Del apoyo interinstitucional Los Ministerios de Energia y Minas y de Salud, asi como las instituciones publicas, sin excepcion y bajo responsabilidad de quienes las dirijan, prestaran el apoyo informativo y de asesoramiento que les sea requerido por los Gobiernos Regionales a los que se refiere la presente Ley. Articulo 4º.- De las propuestas y recomendaciones Las instituciones privadas, asi como las personas naturales y juridicas interesadas en la aplicacion de lo dispuesto en la presente Ley, podran alcanzar a estas instituciones sus propuestas y recomendaciones. Articulo 5º.- De los informes Los informes emitidos conforme a la presente Ley seran puestos a disposicion de los respectivos Gobiernos Regionales, que tomaran las medidas pertinentes para mitigar los danos ambientales producidos en la MORDAZA del rio Mantaro. Articulo 6º.- De los informes Los Gobiernos Regionales informaran a la Comision de Ambiente y Ecologia del Congreso de la Republica, cada seis meses, respecto del cumplimiento de los obje-

RESOLUCION LEGISLATIVA DEL CONGRESO Nº 007-2003-CR
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION QUE DECLARA HABER LUGAR A FORMACION DE CAUSA CONTRA LOS SENORES MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI, EX PRESIDENTE DE LA REPUBLICA; MORDAZA BERGAMINO MORDAZA, EX MINISTRO DE DEFENSA; Y MORDAZA BOLONA BEHR, EX MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS
El Congreso de la Republica, de conformidad con el procedimiento previsto en el articulo 100º de la Constitucion Politica del Peru, y el inciso j) del articulo 89º de su Reglamento, ha resuelto: Declarar HABER LUGAR a formacion de causa contra los senores: 1. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI, ex Presidente de la Republica, por la presunta comision del delito de encubrimiento personal, previsto y penado por el articulo 404º del Codigo Penal. 2. MORDAZA BERGAMINO MORDAZA, ex Ministro de Defensa, por la presunta comision del delito de encubrimiento personal, previsto y penado por el articulo 404º del Codigo Penal. 3. MORDAZA BOLONA BEHR, ex Ministro de Economia y Finanzas, por la presunta comision del delito de encubrimiento personal, previsto y penado por el articulo 404º del Codigo Penal.

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