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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G34/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de octubre de 2003 Diario Oficial El Peruano por una sola vez, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición,conforme al artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República HANS FLURY ROYLE Ministro de Energía y Minas 18160 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G2C/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G4D/G69/G6E/G65/G72/G61/G20/G59/G61/G75/G6C/G69/G79/G61/G63/G75/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 408-2003-MEM/DM Lima, 19 de setiembre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31093498 organizado por Compañía Minera San Ignacio de Morococha S.A., y la solicitud de transferencia de autorización para desarro- llar la actividad de generación a favor de Empresa Mine-ra Yauliyacu S.A. presentada el 6 de febrero de 2003; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 031-2000- EM/VME de fecha 26 de enero de 2000, se otorgó afavor de Compañía Minera San Ignacio de Morococha S.A., autorización para desarrollar la actividad de gene- ración de energía eléctrica en la central hidroeléctricaMonobamba II, con una capacidad instalada de 5,33 MW, ubicada en el distrito de Vitoc, provincia de Chanchama- yo, departamento de Junín; Que, con fecha 6 de febrero de 2003, Compañía Mi- nera San Ignacio de Morococha S.A. ha solicitado tener como titular de la autorización a que se refiere el consi-derando que antecede a la Empresa Minera Yauliyacu S.A., según la Boleta de Transferencia, Arrendamiento de Activos, Prestación de Servicios Complementarios yOpción de Compra, de fecha 18 de noviembre de 2002, que obra en el expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobadopor Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Infor- me Nº 185-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y en el artículo 67º de su Reglamento; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autori- zación para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la central hidroeléctrica Monobam-ba II, que efectúa Compañía Minera San Ignacio de Mo- rococha S.A. a favor de Empresa Minera Yauliyacu S.A., por las razones y fundamentos legales expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Tener como titular de la autorización mencionada en el artículo anterior, otorgada originaria-mente mediante la Resolución Ministerial Nº 031-2000- EM/VME, de fecha 26 de enero de 2000, a Empresa Minera Yauliyacu S.A., quien asume todos los derechosy obligaciones que le corresponden de acuerdo a la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una solavez, y por cuenta del interesado, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a su expedición; y, entrará envigencia a partir del día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 17787 INTERIOR /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1744-2003-IN Lima, 2 de octubre del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1665-2001- IN de 27DIC2001, se designó al General Médico PNP Martín Fortunato Luis SOLARI DE LA FUENTE, en el cargo público de confianza de Director de Sistema Ad-ministrativo IV, Categoría F-6, Secretario General del Ministerio del Interior; Que, mediante Resolución Suprema Nº 0506-2003- IN/PNP del 9SET2003, se resolvió pasar de la Situación de Actividad a la Situación de Retiro, por límite de edad en el grado, al General Médico PNP Martín FortunatoLuis SOLARI DE LA FUENTE, con fecha 14OCT2003; Que, es necesario ratificar la designación del Gene- ral Médico PNP Martín Fortunato Luis SOLARI DE LAFUENTE, en el cargo público de confianza de Director de Sistema Administrativo IV, Categoría F-6, Secretario General del Ministerio del Interior, de acuerdo con sunueva situación policial; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 27594 - Ley que Regula la Participación delPoder Ejecutivo en el nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE:Artículo Único.- Ratificar a partir del 15 de octubre de 2003, al General Médico PNP (r) Martín Fortunato LuisSOLARI DE LA FUENTE, en el cargo público de confian- za de Director de Sistema Administrativo IV, Categoría F- 6, Secretario General del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 18095 JUSTICIA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G2D/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61 DECRETO SUPREMO Nº 018-2003-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; Que, el artículo 13º del citado Reglamento de Organi- zación y Funciones establece que el Secretario General