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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (03/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 19

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G34/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de octubre de 2003 nes de la Dirección Regional de Educación Callao hasta que concluya dicho Concurso, conforme el Artículo 7ºde la Ley Nº 27594; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los DecretosSupremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la renuncia de don Mauro Cór- dova Rúa al cargo de Director Regional de EducaciónCallao, a partir del 28 de agosto de 2003, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar en vía de regularización a partir del 28 de agosto de 2003, a don Raúl Jaramillo Castillo las funciones de Director Regional de Educación Callao, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación 18105 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0962-2003-ED Lima, 1 de octubre de 2003 CONSIDERANDO:Que, el artículo 42º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, señala que la Alta Dirección delos Ministerios podrá contar con Asesores especial- izados para el análisis de la política y actividades le com- pete al respectivo Viceministerio; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a don Miguel AZCUETA GOROSTIZA, como Asesor del Viceministerio de Ges- tión Institucional del Ministerio de Educación, cargo consi-derado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación 18138 ENERGÍA Y MINAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G66/G72/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G43/G65/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G79/G20/G6D/G6F/G2D/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G33/G30/G2D/G32/G30/G30/G31/G2D/G45/G4D RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 036-2003-EM Lima, 2 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la titular ha quedado obligada a garantizar el cumplimiento de su compromiso de inversión mediantela oportuna presentación de la respectiva Carta Fianza, siendo procedente aprobar la modificación al Contrato de Concesión en los términos y condiciones que apare-cen en la Minuta de modificación del Contrato de Conce- sión Nº 192-2001 y en el Contrato de Concesión Nº 192- 2001-A, actos que, respectivamente, serán elevados aEscritura Pública, incorporando en ellas el texto de la presente Resolución, siendo inscritas en el Registro deConcesiones para la Explotación de los Servicios Públi- cos; Estando a lo dispuesto en los artículos 1354º y 1413º del Código Civil, en el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, en el segundo párrafo del artículo 53º y en el artículo 54º delReglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, en el primer párrafo del artículo 13º del Reglamento de la Ley General de Minería aplicable por analogía; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el fraccionamiento de la conce- sión definitiva de generación eléctrica otorgada a Ce- mentos Lima S.A. por Resolución Suprema Nº 130-2001- EM, en dos concesiones de generación eléctrica in-dependientes, en los términos y condiciones de la presente Resolución y en los que se detallan en los respectivos Contratos de Concesión a que se refiere lapresente Resolución. Los derechos adquiridos por Cementos Lima S.A., respecto de la concesión de generación eléctrica, otorga-da por Resolución Suprema Nº 130-2001-EM, se mantie- nen vigentes y son de aplicación para las concesiones a que dé origen el fraccionamiento. Artículo 2º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 130-2001-EM por el texto siguiente: "Artículo 1º.- Otorgar a Cementos Lima S.A. conce- sión definitiva para desarrollar la actividad de genera-ción de energía eléctrica, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2ºde la presente Resolución. La concesión de generación otorgada operará en las instalaciones de la Central Hi- droeléctrica G-1 El Platanal, de propiedad de la solicitan-te, con Expediente Nº 11091298, con una capacidad instalada de 220,0 MW." Artículo 3º.- Aprobar la modificación de los numera- les 1.1, 1.2 y 1.3 de la Cláusula Primera, el numeral 6.2.12 de la Cláusula Sexta, el numeral 9.5 de la Cláusu-la Novena y la Cláusula Décimo Primera del Contrato de Concesión Nº 192-2001; introducir el nuevo numeral 6.1.11 en la Cláusula Sexta del mismo Contrato y agre-gar el Anexo 4 y el Anexo 5 a la Cláusula Décimo Quinta del referido Contrato de Concesión, aprobado por la Resolución Suprema Nº 130-2001-EM. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electri- cidad para que, en nombre del Estado, suscriba la Minu- ta de Modificación al Contrato de Concesión Nº 192-2001 a que se refiere el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5º.- Otorgar a Cementos Lima S.A. conce- sión definitiva para desarrollar la actividad de genera- ción de energía eléctrica, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en elContrato de Concesión que se aprueba en el artículo 6º de la presente Resolución. La concesión de generación otorgada operará en las instalaciones de la Central Hi-droeléctrica G-2 Morro de Arica con una capacidad ins- talada de 50,0 MW, de propiedad de la titular, con Expe- diente Nº 11091298-A. Artículo 6º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 192-2001-A a suscribirse con Cementos Lima S.A., el que consta de 17 Cláusulas y 5 Anexos. Artículo 7º.- Autorizar al Director General de Electri- cidad para que, en nombre del Estado, suscriba el Con- trato de Concesión Nº 192-2001-A, así como la Escritu-ra Pública correspondiente. Artículo 8º.- El texto de la presente Resolución Su- prema deberá ser incorporado en las correspondientesEscrituras Públicas referidas en los artículos 4º y 7º de la presente Resolución. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será notificada al concesionario en cumplimiento de lo dis- puesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, y deberá ser publicada en el